dijous, 27 de maig del 2021

Impuesto sobre Bienes Inmuebles - Ayuntamiento de les Coves de Vinromà


La siguiente tabla ha sido elaborada con los datos facilitados por la Agencia Tributaria.
Variacion anual IBI en les Coves de Vinromà
AñoRev. CatastralT. Urbana%T. Rustica%Carat. Esp.%
202119900.70.00%0.350.00%0.60.00%
202019900.70.00%0.350.00%0.60.00%
201919900.70.00%0.350.00%0.60.00%
201819900.70.00%0.350.00%0.60.00%
201719900.70.00%0.350.00%0.60.00%
201619900.70.00%0.350.00%0.60.00%
201519900.7-9.09%0.35-12.50%0.60.00%
201419920.770.00%0.40.00%0.60.00%
201319920.7710.00%0.40.00%0.60.00%
201219920.70.00%0.40.00%0.60.00%
201119920.7-6.67%0.40.00%0.60.00%
201019920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200919920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200819920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200719920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200619920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200519920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200419920.750.00%0.40.00%0.60.00%
200319920.750.00%0.40.00%00.00%
200219920.750.00%0.40.00%00.00%
200119920.750.00%0.40.00%00.00%
200019920.750.00%0.40.00%00.00%
Rev. Catastral: Año de entrada en vigor de valores catastrales de urbana, resultantes de procedimientos de valoracion colectiva de caracter general.
T. Urbana: Tipo de gravamen urbana (uso residencial).
T. Rustica: Tipo de gravamen rustica.
Carat. Esp: Tipo de gravamen de caracteristicas especiales.

COEFICIENTS APLICABLES EN 2021 AL VALOR CADASTRAL DEL MUNICIPI DE LES COVES

 



Conselleria d’Hisenda i Model Econòmic 

ORDRE 5/2021, de 20 de maig, de la Conselleria d’Hisenda i Model Econòmic, per la qual s’estableixen els coeficients aplicables en 2021 al valor cadastral a l’efecte dels impostos sobre transmisions patrimonials i actes jurídics documentats i sobre successions i donacions, així com la metodologia emprada per a l’elaboració i determinades regles per a l’aplicació. [2021/5743]

MUNICIPI COVES DE VINROMÀ, LES 

Any d’entrada en vigor de la ponència de valors 1990 

Coeficient d’actualització dels valors cadastrals previst per a 2021 1,00 

Coeficient de municipi 1,65 

Coeficient de districte 1,00 

Coeficient d’ús garatge o traster 0,65

Text íntegre a l´enllaç

https://dogv.gva.es/datos/2021/05/27/pdf/2021_5743.pdf

  

"ESTIU SEGUR 2021":EN MARXA LA CONTRACTACIÓ DE 1.000 AUXILIARS QUE CONTRIBUIRAN A UN ESPAI DE MÀXIMA SEGURETAT A LES PLATGES



Ximo Puig anuncia la puesta en marcha del programa 'Estiu Segur 2021' con la contratación de 1.000 auxiliares que contribuirán a generar un 'espacio de máxima seguridad' en las playas

26/05/2021

- El president de la Generalitat ha presidido la reunión sobre el dispositivo de seguridad y salud pública para los próximos meses de verano

- La Generalitat invertirá 4,5 millones de euros en un programa que impulsará la creación de empleo entre los jóvenes

- 'Estiu Segur' tiene el triple objetivo de velar por el cumplimiento de la normativa sanitaria para prevenir la COVID-19, ofrecer información turística y evitar ahogamientos

València. El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado la renovación del programa 'Estiu Segur' que contempla la contratación de 1.000 auxiliares de información que velarán por el cumplimiento de la normativa sanitaria en prevención de la COVID-19, tanto en las playas de la Comunitat Valenciana como en los lugares de mayor concurrencia.

Así lo ha manifestado el president tras mantener una reunión sobre el dispositivo de seguridad y salud pública para los próximos meses de verano, en la que también han participado la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, Gabriela Bravo; la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló; el conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Rafa Climent; el secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer; y el secretario autonómico de Seguridad y Emergencias, José María Ángel.

Según ha explicado el president, el objetivo de la campaña consiste en "generar un espacio de máxima seguridad en las playas de la Comunitat Valenciana", lo que contribuirá a reforzar la imagen de la Comunitat Valenciana como lugar y destino vacacional seguro, y a reactivar el turismo en una temporada estival que va a dar comienzo con una buena situación epidemiológica.

Asimismo, Puig ha asegurado que el programa impulsará la creación de empleo entre los jóvenes, uno de los colectivos más vulnerables en el ámbito laboral.

El president también ha incidido en la importancia de la actuación de los jóvenes auxiliares puesto que "no solo darán indicaciones para el cumplimiento de la normativa sanitaria en las playas más concurridas sino que además ofrecerán información turística y ayudarán en la prevención de ahogamientos", ha explicado.

Subvención de 4,5 millones de euros

Como principal novedad, este año serán los ayuntamientos los que contraten directamente a los auxiliares y su selección será realizada por Labora. Para ello la Generalitat otorgará una subvención directa de 4,5 millones de euros para los 71 municipios que tienen playa litoral o continental, de los cuales 32 se encuentran en la provincia de València, 19 en Castellón y 20 en la de Alicante.

Esta cantidad es susceptible de ser financiada mediante fondos europeos a cargo de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), mediante el Objetivo Específico REACT-UE 2, dirigido a "apoyar el acceso al mercado de trabajo de las personas en situación de vulnerabilidad, el acceso a los sistemas sociales y las medidas de inclusión social y erradicación de la pobreza".

Respecto de la distribución del número de auxiliares por municipio será establecida mediante criterios objetivos, como los kilómetros de playa, el número de plazas hoteleras o los servicios con los que cuentan las playas, entre otros, con un número mínimo de 2 auxiliares por municipio.

Requisitos y funciones de los auxiliares

Las personas auxiliares deberán ser mayores de 18 años y menores de 30 y encontrarse en situación de desempleo, y sus contratos se formalizarán por un período de 3 meses, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre.

Con carácter general el equipo de auxiliares realizará labores de información sobre normativa COVID-19, en especial sobre el control de acceso y aforo de las playas, velando por el cumplimiento de las medidas contenidas en la normativa de Sanidad, así como de las disposiciones recogidas en los planes de Seguridad y Salvamento, y planes de contingencia.

Dentro de sus funciones se encuentra también la de informar y orientar a las personas usuarias que accedan a la playa de los avisos y comunicados que se puedan dictar en materia de emergencias y protección civil desde el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat (AVSRE), así como proponer a través del 1.1.2 Comunitat Valenciana, en el caso de que se produjera una emergencia que no pueda ser cubierta con los recursos presentes, la activación y movilización de recursos extraordinarios.

También pondrán en conocimiento del Cuerpo de Policía Local del municipio las incidencias o actuaciones realizadas durante la jornada laboral; ejecutarán tareas auxiliares de ayuda o colaboraciones con la dirección del Cuerpo de Policía Local o, en su caso, de los servicios de Turismo de los ayuntamientos, colaborando en todo momento y a su requerimiento, con los servicios de socorro, vigilancia y seguridad presentes en el espacio, todo ello siempre con respeto a sus capacidades y formación. En ningún caso harán labores de seguridad, socorrismo, limpieza o similares.

Para poder llevar a cabo estas funciones, las personas contratadas recibirán un curso que se impartirá a través del IVASPE y en el cual participarán Emergencias, Sanidad y Turismo, que será obligatorio y ofrecerá las herramientas necesarias para dar la mejor atención e información a los usuarios de las playas.

Cabe destacar que el programa cuenta con la implicación de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, dependiente de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, que se ocupará de coordinar a los 1.000 jóvenes; de Labora, dependiente de la Conselleria de Economía Sostenible y Sectores Productivos, que se ocupará de coordinar la contratación; de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, encargada de elaborar la normativa sanitaria y el protocolo sanitario contra la COVID-19 en playas y, por último, de Turismo que colabora con la formación de las personas contratadas.


dimarts, 25 de maig del 2021

CALENDARI D´ADMISSIÓ I MATRICULACIÓ CURS 2021-2022


 

LES COMARQUES DE CASTELLÓ COMPTARAN AMB 36 NOVES AULES GRATUÏTES DE XIQUETS/ES DE 2 ANYS

 


Educació crea 99 aules noves de 2 anys gratuïtes per al pròxim curs

36 noves aules gratuïtes de 2 anys a les comarques de Castelló

Foto: Ajuntament de Cabanes

A les comarques de Castelló s'obriran 36 noves aules gratuïtes de 2 anys en 35 municipis, 28 dels quals tenen menys de mil habitants. La ciutat de Castelló de la Plana suma dues noves aules, una al CEIP Bernat Artola i l'altra al CEIP Illes Columbretes. La resta de la Plana Alta guanya quatre aules de dos anys, una al CEIP La Mediterrània d'Orpesa, i les altres tres a les escoles de Cabanes, Sierra Engarcerán i Vilanova d'Alcolea.

A la Plana Baixa s'obriran set aules d'Infantil 2 anys: una al CEIP Pascual Nácher de Vila-real i una altra al CEIP Recaredo Centelles de la Vall d'Uixó. Les altres cinc se situaran a les escoles d'Alfondeguilla, Eslida, la Llosa, Suera i Tales.

A la comarca de l'Alt Palància es creen 7 noves aules de dos anys que es trobaran a les escoles d'Azuébar, Barracas, Bejís, Caudiel, Torás, El Toro i Viver, mentre que a l'Alt Millars se n'obrin dues, una a Montán i l'altra a Montanejos.

Els Ports disposarà de tres noves aules d'Infantil 2 anys, que s'obriran als aularis de Cinctorres, Forcall i Portell de Morella. L'Alcalatén suma dues noves aules, una a l'escola de les Useres i l'altra a Vistabella del Maestrat. A la comarca de l'Alt Maestrat es creen tres noves aules de 2 anys situades a Culla, Tírig i Vilar de Canes.

A la comarca del Baix Maestrat s'obrin cinc noves aules d'Infantil 2 anys. Una se situarà al CEIP Jaume I de Vinaròs, i les altres quatre, a les escoles de la Pobla de Benifassà, Rossell, la Salzadella i Xert.

Aquestes 36 noves aules, que sumen 648 places escolars, s'afegeixen a les que Educació ha estat dotant els cursos passats de gratuïtat a les comarques de Castelló en CEIP, escoletes de la Generalitat i escoletes municipals. Per tant, el pròxim curs hi haurà més de 140 aules gratuïtes de 2 anys amb més de 2.600 places gratuïtes a les comarques de Castelló.

- S'oferiran 1.782 noves places gratuïtes, dues de cada tres en l'àmbit rural, per a xiquetes i xiquets nascuts en 2019 - En total, el pròxim curs l'oferta de places gratuïtes en Infantil 2 anys superarà les 18.000 places en més de 900 aules

La Conselleria d'Educació, Cultura i Esport ha creat 99 noves aules gratuïtes d'Infantil de 2 anys en CEIP de 89 poblacions per al pròxim curs. Aquestes 99 aules sumen 1.782 noves places per a xiquets i xiquetes nascuts en 2019, i les famílies podran iniciar el procés d'admissió des de demà dimarts 25 de maig fins al 2 de juny en l'espai web telematricula.es.

El conseller d'Educació, Cultura i Esport, Vicent Marzà, ha destacat que "una novetat d'enguany és que hem aconseguit triplicar l'obertura d'aules de 2 anys gratuïtes en escoles respecte a cursos anteriors. És una prioritat garantir la igualtat d'oportunitats de les famílies i que els seus fills i filles puguen accedir a aquest tram d'educació no obligatòria independentment de la seua situació socioeconòmica", i ha continuat: "l'altra novetat és que la meitat de les noves aules de 2 anys gratuïtes les hem creades en escoles rurals, perquè considerem que són fonamentals per a lluitar contra el despoblament, ja que amb més facilitats educatives, la gent opta per quedar-se a viure en els seus pobles".

Les noves aules gratuïtes de 2 anys se sumen a les ja implantades en altres centres d'Infantil i Primària, les de les escoletes municipals i les de les escoletes de la Generalitat. En total, el pròxim curs s'oferiran més de 18.000 places en 900 aules d'aquestes característiques.

29 noves aules gratuïtes de 2 anys a les comarques d'Alacant

A les comarques d'Alacant s'obriran 29 noves aules gratuïtes de 2 anys en 22 municipis, la meitat dels quals tenen menys de mil habitants. A la ciutat d'Alacant s'ofereixen dues noves aules, una al CEIP Isla de Tabarca i una altra al CEIP San Roque, mentre que a la resta de la comarca de l'Alacantí se'n creen dues més, una a l'escola d'Aigües i altra al CEIP Raspeig de Sant Vicent.

A l'Alcoià s'obri una nova aula d'Infantil de 2 anys al CEIP El Romeral d'Alcoi i 7 més al Comtat: una al CEIP Real Blanc de Cocentaina i la resta a les escoles d'Agres, Alfafara, l'Alqueria d'Asnar, Benilloba, Gaianes i Planes.

L'Alt Vinalopó disposarà de tres aules d'Infantil 2 anys més i totes se situaran a Villena, concretament als CEIP El Grec, Joaquín María López i Santa Teresa. Al Vinalopó Mitjà s'obrirà una aula a l'escola d'Algueña i el Baix Vinalopó suma quatre aules més, tres a Elx (CEIP Candalix, Casablanca i Julio López Orozco) i l'altra al CEIP Cervantes de Santa Pola.

A la Marina Baixa es creen quatre aules de 2 anys a les escoles de Beniardà, Benimantell, Confrides i Sella, mentre que a la Marina Alta se n'obriran dues més al CEIP Cap d'Or de Teulada i al CEIP L'Arenal de Xàbia.

El Baix Segura disposarà de tres noves aules d'Infantil 2 anys, totes a Orihuela. Concretament s'obriran als CEIP Nuestra Señora del Pilar, Rincón de Bonanza i Virgen de Monserrate.

Aquestes 29 noves aules, que sumen 522 places escolars, s'afegeixen a les que Educació ha estat dotant els cursos passats de gratuïtat a les comarques d'Alacant en CEIP, escoletes de la Generalitat i escoletes municipals. Per tant, el pròxim curs hi haurà més de 300 aules gratuïtes de 2 anys amb unes 5.800 places gratuïtes a les comarques d'Alacant.


34 noves aules gratuïtes de 2 anys a les comarques de València

A les comarques de València s'obrin 34 noves aules gratuïtes de 2 anys en 32 municipis, 12 dels quals tenen menys de mil habitants. L'Horta Sud disposarà de 8 aules noves: n'hi haurà tres a Paiporta (CEIP Jaume I, CEIP L'Horta i CEIP Rosa Serrano), mentre que les altres cinc es trobaran al CEIP Vil·la Romana de Catarroja, el CEIP L'Almassil de Mislata, el CEIP La Constitución de Quart de Poblet, el CEIP Juan XXIII de Torrent i el CEIP Antonio Machado de Xirivella.

A l'Horta Nord s'obriran tres noves aules, una al CEIP Cervantes d'Alboraia, les altres al CEIP Rei en Jaume de Foios i al CEIP Clara Campoamor de Paterna. A la comarca del Camp de Túria es crea també una nova aula de 2 anys que es trobarà al CEIP Lluís Vives de Benaguasil.

El Camp de Morvedre comptarà amb quatre noves aules 2 anys situades a les escoles d'Albalat dels Tarongers, Estivella, Petrés i Quart de les Valls.

A la Serrania s'obrin dues aules noves a les escoles d'Alcublas i de Sot de Chera. El Racó d'Ademús disposarà també d'una nova aula a l'escola d'Ademuz, a la Vall de Cofrents-Aiora s'obrirà una unitat de 2 anys a l'escola de Jarafuel i a la comarca de la Plana d'Utiel-Requena dues més, una a l'escola de Camporrobles i l'altra al col·legi de Venta del Moro.

La Ribera Alta tindrà dues noves aules d'Infantil 2 anys, una a l'escola de Llombai i l'altra al CEIP José María Boquera de Carcaixent. La Safor també suma dues noves aules a les escoles d'Alfauir i Almiserà.

A la Costera s'obrin tres aules d'Infantil 2 anys, una al CEIP Martínez Bellver de Xàtiva, i les altres dues a les escoles de la Granja de la Costera i la Llosa de Ranes. La Vall d'Albaida tindrà tres noves aules de 2 anys a les escoles de Bellús, Bufali i Montixelvo, mentre que a la Canal de Navarrés se'n creen dues a les escoles d'Anna i Bicorp.

Aquestes 34 noves aules, que sumen 612 places escolars, s'afegeixen a les que Educació ha estat dotant els cursos passats de gratuïtat a les comarques de València en CEIP, escoletes de la Generalitat i escoletes municipals. Per tant, el pròxim curs hi haurà més de 480 aules gratuïtes de 2 anys amb unes 9.400 places gratuïtes a les comarques de València.

L´AJUNTAMENT DE LES COVES DE VINROMÀ ANUL.LA LA SELECCIÓ DE PERSONAL



BOP Ajuntaments / 

02523-2021-U

LES COVES VINROMÀ

La Sra. Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinroma, mediante Decreto núm. 2021-0183, de fecha 20/05/2021, con estimación de la alegación presentada, ha resuelto: Anular y dejar sin efecto el proceso de selección de personal de un/una auxiliar administrativo, funcionario/a interino/a por exceso o acumulación de tareas en éste Ayuntamiento en el procedimiento de constitución de bolsa de trabajo, por no ajustarse el examen tipo test a las bases de la convocatoria.

En les Coves de Vinromà a 20 de mayo de 2021

La Alcaldesa-Presidenta, Dª Mónica Nos Orient.

dissabte, 22 de maig del 2021

NOVES MESURES COVID-19 DES DEL 24 DE MAIG ( vigents durant 14 dies)

  


-El toc de queda es retarda a la 1 de la matinada. Estarà vigent fins a les 6 hores.

-S'amplia l'horari d'obertura de l'hostaleria fins a les 00.30 hores. El màxim de persones per taula serà de 10.  La capacitat en interiors serà del 50%.

-Es manté la limitació de 10 persones en reunions en espais públics i privats.

-Vigents durant 14 dies

ENTREGA DELS PREMIS RAMON RÀMIA 2021


 Ajuntament de Les Coves de Vinromà

➡️ Els regidors Joan Vilaplana i Rosa Boira han entregat els premis del Certamen Literari  Ramon Ràmia ✏️ 😄 Enhorabona als guanyadors i guanyadores 😄

👏 Infantil 3 anys: Arnau Roca Salvador

👏 Infantil 4 anys: Fernando Nos Garcia

👏 Infantil 5 anys: Bruno Pastor Muñoz

👏 1r de primària: Àurea Sales Villaplana

👏 2n de primària: Sandra Alarcón Villalonga

👏 3r de primària: Kael Marzà Roda

👏 4t de primària: Pere Villalonga Folch

👏 5é de primària: Aitana Díaz Algueró

👏 6é de primària: Leire Alarcón Villalonga

https://www.facebook.com/AjuntamentLesCovesdeVinroma/photos/a.178670539212225/1117877308624872/

ANULADA LA SELECCIÓN DE PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE LES COVES

 Viernes, 21 de Mayo de 2021



Tras la alegación presentada por una de las personas participantes, el Ayuntamiento de les Coves de Vinromà informa que queda anulada la prueba de selección de personal auxiliar administrativo celebrada el pasado 14 de mayo para la constitución de una bolsa de trabajo.

La alegación ha sido motivada porque las preguntas de la prueba test realizada con fecha 14 de mayo de 2021 no se ajustaron a lo establecido en las Bases de selección publicadas, se valoraron 30 preguntas y no 50, ya que las 20 anuladas no cumplían con el temario

http://el7set.es/art/38873/anulada-la-seleccion-de-personal-administrativo-del-ayuntamiento-de-les-coves

divendres, 21 de maig del 2021

EL CERTIFICAT DIGITAL VERD, EL "PASSAPORT COVID"

 


Un Certificado Digital Verde es una acreditación digital de que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, se ha recuperado de la COVID-19 o se ha realizado una prueba con resultado negativo. 



No supondrá costes y podrá ser en papel o digital, con un código QR.

El certificado: 

-Será accesible y seguro para todos 

-No discriminatorio

-Tendrá solo información esencial

https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_1181


CONCURS DE TRASLLAT DEL COS DE MESTRES DEL CEIP LA MORERIA



Conselleria d’Educació, Cultura i Esport 

 RESOLUCIÓ de 18 de maig de 2021, de la Direcció General de Personal Docent, per la qual s’aprova l’adjudicació definitiva de destinacions del concurs de trasllats de funcionaris i funcionàries docents del cos de mestres, convocat per la Resolució de 28 d’octubre de 2020. [2021/5541]

CONCURS DE TRASLLATS DEL COS DE MESTRES 2020 - 2021  

RESOLUCIÓ DEFINITIVA - RELACIÓ DE PARTICIPANTS QUE HAN OBTINGUT DESTÍ / 

 -ALBIOL PRUÑONOSA, JOAQUIN 

Origen CEIP MARQUÉS DE BENICARLÓ / BENICARLÓ - CASTELLÓ EDUCACIÓ PRIMÀRIA. 

Destí CEIP LA MORERIA / LES COVES DE VINROMÀ - CASTELLÓN

-JURADO GALLEGO, SONIA

Origen CEIP LA MORERIA / LES COVES DE VINROMÀ - CASTELLÓN

Destí CEIP L'HORTA / PAIPORTA - VALENCIA

Text íntegre a les pàgines 82 i 89 de l´enllaç 

https://dogv.gva.es/datos/2021/05/21/pdf/2021_5541.pdf


dijous, 20 de maig del 2021

S´IMPUGNA EL PROCÉS DE SELECCIÓ D´UNA PLAÇA TEMPORAL D´AUXILIAR ADMINISTRATIU/VA DE L´AJUNTAMENT DE LES COVES




i en conseqüència s´anul·la el procés de selecció subsiguent.

Expediente n.º: 410/2021

 Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento:

 Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos Fecha de iniciación: 09/04/2021 DECRETO DE ALCALDÍA A la vista de los antecedentes en el proceso selectivo para la selección de un/una auxiliar administrativo, funcionario/a interino/a por exceso o acumulación de tareas en éste Ayuntamiento en el procedimiento para constituir una bolsa de trabajo, 

CONSIDERANDO que presentado por Doña Belen Edo Benlliure escrito de alegaciones en el procedimiento con registro de entrada de fecha 19 de mayo de 2021 y en la que manifiesta en su primer punto que “(…) el examen no se ha ajustado a lo dispuesto: 

1.- En la BASE SÉPTIMA, párrafo dedicado a la prueba teórica (…)”.

 CONSIDERANDO que el Tribunal atendiendo a las reclamaciones efectuadas por distintos opositores no decidió anular la primera prueba, prueba tipo test, decidiendo la eliminación de las primeras veinte preguntas del formulario tipo test por no estar contempladas en el temario de las Bases Reguladoras del proceso de selección y así como que las preguntas números treinta, treinta y uno, y treinta y dos, del examen tipo test teniendo cuatro opciones de respuesta alternativa, y considerando que las Bases Reguladoras del proceso selectivo en su apartado concreto de “Prueba Teórica”, primer apartado, establece “... tres respuestas alternativas ...” decidiendo, el Tribunal que, al momento de corrección sólo se tendrá en cuenta para su calificación si la respuesta ha sido contestada correctamente, y para en el caso de que no fuera correcta su contestación NO se tendría en cuenta como contestación errónea, y por consiguiente, no computara para la penalización para los aspirantes. 

RESULTANDO 

que las preguntas de la prueba test realizada con fecha 14 de mayo de 2021 no se ajustó a lo establecido en las Bases de selección publicadas, con valoración de 30 preguntas y no 50, a la vez de que no cumplía con la propuesta de pregunta por tema, y es por cuanto que, estimando parcialmente las alegaciones presentadas y atendida la reclamación por la Sra. Edo en los términos manifestados, procede resolver lo siguiente, 

RESUELVO PRIMERO. Que en estimación de la alegación presentada, vengo en anular y dejar sin efecto el proceso de selección de personal de un/una auxiliar administrativo, funcionario/a interino/a por exceso o acumulación de tareas en éste Ayuntamiento en el procedimiento de constitución de bolsa de trabajo, por no ajustarse el examen tipo test a las bases de la convocatoria.

 SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de la página web Municipal y la Sede Electrónica de este Ayuntamiento http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es. En les Coves de Vinromà en la fecha de la firma que consta al margen La Alcaldesa (documento firmado electrónicamente) Fdo.: Doña Mónica Nos Orient

https://lescovesdevinroma.sedelectronica.es/info.0

PROGRAMA D´AJUDES AL LLOGUER D´HABITATGES I AL LLOGUER PER A JOVES


Vicepresidència Segona i Conselleria d’Habitatge i Arquitectura Bioclimàtica 
ORDRE 3/2021, de 13 de maig, de la Vicepresidència Segona i Conselleria d’Habitatge i Arquitectura Bioclimàtica, per la qual s’aproven les bases reguladores per a la concessió d’ajudes del Programa d’ajudes al lloguer d’habitatges i del Programa d’ajudes al lloguer per a joves, corresponents al Pla estatal d’habitatge 2018-2021. [2021/5479]
ORDENE Article 1. Aprovació i objecte de les bases reguladores 1. S’aproven les bases reguladores de Programa d’Ajudes al Lloguer d’Habitatge i del Programa d’Ajudes a Joves en la seua modalitat de lloguer d’habitatge habitual i permanent, el contingut dels quals consta en l’annex I i annex II a la present ordre. 2. És objecte d’aquesta Ordre facilitar l’accés, el gaudi i la permanència en un habitatge en règim de lloguer, en l’àmbit de la Comunitat Valenciana, a les persones físiques pertanyents a sectors de població amb escassos mitjans econòmics, en els termes que s’estableixen en el Decret 106/2018, de 9 de març, pel qual es regula el Pla Estatal d’Habitatge 2018-2021.

Text íntegre a l´enllaç 



 

2º PLA REACTIVEM: LA DIPUTACIÓ DE CASTELLÓ HA APROVAT LES BASES DE REACTIVEM EMPRESES, DOTAT AMB UN MILIÓ D´€



Castelló, 18 de maig de 2021. El ple de la Diputació de Castelló ha aprovat les bases de #ReactivemEmpreses, dotat amb 5 milions d'euros, un programa de concessió de subvencions als ajuntaments de la província perquè, al seu torn puguen, procedir a l'activació d'ajudes municipals per a les pimes i microempreses dels sectors més afectats per la pandèmia. En les bases s'inclou un llistat dels sectors als quals poden orientar-se aquestes ajudes, no obstant això, cada municipi, atés el criteri d'autonomia municipal que reconeix la Diputació, pot destinar-les a aquells que, a partir de l'anàlisi de la seua realitat local, consideren oportú. En el llistat que proposa la institució provincial s'inclou, entre altres empreses, a les agències de viatges, empreses de turisme actiu, indumentaristes, artistes fallers, farmàcies rurals, empreses de transport discrecional, floristeries, lloguer d'articles d'oci o esportius, orquestres, ceramistes o productors de formatges o vins.

El president Martí considera que l'aprovació de les bases del #ReactivemEmpreses suposa una gran notícia per a la província de Castelló perquè "estem al maig i ja hem aprovat transferències directes per valor de quasi 37 milions d'euros a través de diferents fons perquè els ajuntaments puguen generar activitat econòmica, ajudar a les seues empreses i crear llocs de treball". Els fons referits són el Pla Resistir, el Pla 135 d'Obres i Serveis, el Fons de Cooperació Municipal, #ReactivemObres i #ReactivemEmpreses. A ells cal sumar les ajudes a l'oci nocturn en les quals treballa el Patronat Provincial de Turisme.

Sobre aquest tema ha assenyalat que "quan presentem els pressupostos de #ReactivemCastelló de 2021 vam dir que eren uns comptes públics excepcionals i històriques per a un moment excepcional i històric, i gràcies a la implicació dels treballadors de la casa, estem actuant amb la major celeritat possible, malgrat els condicionants administratius que imposa l'arquitectura legal per la qual es regeixen les administracions públiques".

En idèntic sentit s'ha manifestat el diputat de Cooperació amb els Ajuntaments, Ximo Huguet, qui ha destacat que "amb la suma d'aquests fons, més el pla d'ocupació per a contractacions temporals i les ajudes socials, els ajuntaments rebran enguany al voltant de 45 milions d'euros".

Sobre l'aprovació de #ReactivemEmpreses, Huguet ha assenyalat que és un programa que "naix de les taules de diàleg impulsades pel president Martí i respon a la voluntat de l'equip de govern de reactivar la província minimitzant l'impacte de la crisi originada per la pandèmia".

https://www.dipcas.es/va/actualidad/la-diputaci-aprova-les-bases-del-pla-reactivemempreses-d-ajuda-als-sectors-m-s-afectats-per-la-pand-mia-dotat-amb-5-milions-d-euros

dimecres, 19 de maig del 2021

PLA REACTIVEM CASTELLÓ: LES COVES DE VINROMÀ SOL.LICITA UNA SUBVENCIÓ PER A MILLORAR L´ACCESSIBILITAT I SOSTENIBILITAT DE L´ESCOLA DE MÚSICA




ELPERIODIC.COM - 19/05/2021

Les Coves de Vinromà solicita una subvención para mejorar la accesibilidad y sostenibilidad de la Escuela de Música

La concesión de esta ayuda enmarcada en el Plan Reactivem Castelló posibilitaría la accesibilidad de estas dependencias y la instalación de paneles solares

El Ayuntamiento de les Coves de Vinromà ha solicitado una subvención orientada a mejorar la accesibilidad y sostenibilidad de la Escuela de Música, cuyas dependencias se encuentran en el edificio rehabilitado del matadero municipal convertido en Casa de la Música.

La concesión de esta ayuda de 46.360 euros con cargo al Plan Reactivem Castelló de la Diputación Provincial posibilitaría la realización de diferentes actuaciones de adecuación según la normativa de accesibilidad, así como la instalación de paneles solares.

La alcaldesa de la población, Mònica Nos, ha explicado que “estas mejoras son necesarias para dotar a la Escuela de Música de un espacio adaptado a la normativa vigente y nos van a permitir culminar las actuaciones en este edificio, además de seguir ampliando el paquete de medidas de eficiencia energética que estamos impulsando”

https://www.elperiodic.com/pcastellon/coves-vinroma-solicita-subvencion-para-mejorar-accesibilidad-sostenibilidad-escuela-musica_748265

EDUCACIÓ: EL CURS ARRENCARÀ A PRESENCIAL EL 8 DE SETEMBRE SI LA COVID HO PERMET

 




Marzà, padres y sindicatos apoyan las clases físicas al 100% si la incidencia es baja

Carmen Tomás

19·05·21 | 06:00

El calendario que propone la Conselleria de Educación para el próximo curso

El conseller de Educación, Vicent Marzà, anunció este martes que el próximo curso dará inicio el 8 de septiembre desde Infantil a FP. Si se mantienen los datos epidemiológicos actuales, avanzó, los alumnos podrán tener clases presenciales al 100%, algo en lo que la federación de asociaciones de padres y los sindicatos mayoritarios están de acuerdo, si bien el STEPV pidió un calendario más pedagógico, con tiempos de descanso cada trimestre.

Este año académico comenzó el 7 de septiembre de 2020 y finalizará el 23 de junio. El próximo terminará el 21 de junio del 2022 para Infantil y Primaria y el 17 para ESO, Bachiller y FP.

Festivos

La propuesta incluye festivo el martes 12 de octubre (el 9, Dia de la Comunitat, cae en sábado). También recoge Tots Sants, el lunes 1 de noviembre. En diciembre el lunes 6 Día de la Constitución y el miércoles 8 la Inmaculada también serán fiesta, igual que el 24 de junio San Juan. Para entonces ya habrán finalizado las clases en colegios e institutos, aunque esto garantiza que no se ponga ningún examen esa fecha. En la Escuela Oficial de Idiomas las clases se iniciarán el lunes 27 de septiembre y finalizarán el lunes 27 de junio.

Vacaciones

Las vacaciones de Navidad serán del jueves 23 de diciembre al viernes 7 de enero, inclusive, por lo que el retorno no será hasta el lunes 10. Mientras, en Semana Santa discurrirán del jueves 14 al lunes 25 de abril, incluidos.

Acabarán de perfilar el calendario los 3 días no lectivos locales y los festivos locales, en caso de que uno o dos días de cada municipio se celebren en jornada lectiva, competencia de los consejos escolares o los municipios. Estos pueden solicitar un cuarto día no recuperable, previa autorización de la dirección de centros.

Festivo en Castelló

El pleno del Ayuntamiento de Castelló aprobó que el viernes 10 de septiembre sea fiesta local, al acordar cambiar el lunes de Magdalena por esa fecha, ya que esa semana se celebra el aniversario de la fundación de la ciudad. 

¿Cómo será el próximo curso?

Marzà recordó que «ahora mismo estamos en las mejores condiciones, que nos permitirían volver a la presencialidad al 100% en esos cursos que están alternando la asistencia por falta de espacio para garantizar la seguridad, fundamentalmente 3º y 4º de la ESO y en algunos casos también 2º». No obstante, matizó, si los datos cambian hay otros escenarios preparados. «El curso que viene se iniciará con la máxima presencialidad posible y en estos momentos volverían todos al 100%», señaló.

¿Qué piden padres y profesores?

El presidente de FAMPA Penyagolosa Pep Albiol defendió: «No podemos hablar de semipresencialidad el curso que viene, estamos a tiempo de evitarla y buscar las soluciones oportunas. Pidió consolidar los desdobles que han permitido bajar ratios del 25 a 15-16 alumnos en Infantil y de 35 a la mitad en ESO y Bachillerato.

Por su parte, Marc Candela, del STEPV, propuso recuperar clases físicas al 100% y que no vuelvan las ratios anteriores al covid. El sindicato de la concertada, FSIE, también defendió la vuelta a la presencialidad, si bien solicitó que se mantengan las ayudas por el covid igual que CSIF, que pidió mantener el refuerzo de docentes y reducir las ratios. 

La decisión, este miércoles

La reunión extraordinaria conjunta de la Conferencia Sectorial de Educación y la Interterritorial de Sanidad abordará este miércoles el dispositivo general del próximo curso escolar. Administración central y comunidades autónomas abordarán en ella la hoja de ruta que avalan ambos ministerios. 

El conseller Vicent Marzà avanzó que la propuesta que se pondrá sobre la mesa hay una graduación en la que, según como esté un territorio, puede hacer una cosa u otra. No obstante, señaló que el plan del Gobierno contempla que la vuelta al cole se haga todavía con mascarilla, así como con un protocolo de ventilación y purificación de aire como el que ha desarrollado este curso la Comunitat, lo cual «refrenda el trabajo de Generalitat», apostilló.

La propuesta 1,2 metros Y 1,5

En el documento que recoge las propuestas del Ministerio para el próximo curso escolar, al que ha tenido acceso Europa Press, se propone que sea presencial en todas las etapas educativas y que se mantengan las medidas de seguridad e higiene para frenar contagios de covid-19, como es el uso obligatorio de mascarillas a partir de los 6 años, los ‘grupos burbuja’ y la distancia de seguridad.

El documento introducía novedades con respecto al presente curso, como la posibilidad de reducir la distancia de seguridad entre alumnos a 1,2 metros en la ESO, FP Básica, Bachillerato y Enseñanzas Oficiales de Idiomas para «garantizar la presencialidad».

 Si bien, para 3º y 4º de ESO y FP Básica, la distancia se mantendría en 1,5 metros en nivel de alerta 3 y 4 y se podrá abogar por la semipresencialidad, priorizando la asistencia de alumnado con dificultades sociales o académicas.

Ratios máximas

En cuanto a las ratios máximas de los grupos burbuja la propuesta inicial fijaba 20 en Infantil de 3 a 6 años y de 25 alumnos en el caso de Primaria. Sin embargo, el documento remitido el lunes las suprimió  para los grupos, si bien en un pie de página se establece que «el tamaño máximo de las clases será acorde a las establecidas en la normativa aplicable», 25 alumnos en Infantil y Primaria, 30 en la ESO y 35 en Bachillerato.

https://www.elperiodicomediterraneo.com/castello-provincia/2021/05/19/curso-arrancara-presencial-8-septiembre-51981522.html

dimarts, 18 de maig del 2021

EDUCACIÓ PROPOSA QUE EL PRÒXIM CURS ARRANQUE EL 8 DE SETEMBRE PER A L´ALUMNAT



18/05/2021

La Conselleria d'Educació, Cultura i Esport proposa a la comunitat educativa que el dimecres 8 de setembre s'inicie el curs escolar 2021-2022 per a l'alumnat d'Educació Infantil, Primària, ESO, Batxillerat, i Formació Professional Bàsica i cicles de grau mitjà i superior d'FP.

En aquesta proposta, les classes del curs 2021-2022 finalitzaran el divendres 17 de juny de 2022 en ESO, Batxillerat i FP; i el dimarts 21 de juny en el cas d'Infantil i Primària.

Pel que fa al calendari de la resta d'ensenyaments, tant l'alumnat dels programes formatius de qualificació bàsica com també el de Formació Professional Bàsica de segona oportunitat començaran les classes el dimecres 15 de setembre. En el primer cas, acabaran el curs el 17 de juny i en el segon cas, el dimecres 22 de juny.

En Formació de Persones Adultes es proposa l'inici de curs el 20 de setembre i la finalització el 17 de juny. En ensenyaments esportius i artístics de règim especial es proposa l'inici de les classes el dimecres 22 de setembre i la finalització el 16 de juny. En les Escoles Oficials d'Idiomes les classes arrancaran el dilluns 27 de setembre i finalitzaran el dilluns 27 de juny.

Dies festius

Les vacances de Nadal per al professorat i l'alumnat s'estableixen del dijous 23 de desembre fins al divendres 7 de gener, ambdós dies inclosos; i les de Pasqua, del dijous 14 al dilluns 25 d'abril, també els dos inclosos.

El pròxim curs 2021-2022 tindrà aquests dies festius autonòmics: el dimarts 12 d'octubre, el dilluns 1 de novembre, el dilluns 6 i el dimecres 8 de desembre, i també el divendres 24 de juny.

Cal tindre present que aquest és el calendari escolar comú per a tot el territori en l'àmbit autonòmic. A partir d'aquest, cada ajuntament incorpora tres dies no lectius locals, així com els festius locals en el cas que, un o els dos dies que els pertoca a cada municipi, se celebren en jornada lectiva.

Per tant, una vegada es publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el calendari escolar del curs 2021-2022, els consells escolars municipals (CEM), que són el màxim òrgan de participació de la comunitat educativa d'un municipi, o els ajuntaments pel que fa als pobles menuts que no disposen de CEM, acabaran de definir el calendari amb els festius i dies no lectius locals en cada poble o ciutat.

A més, els CEM poden sol·licitar un quart dia no lectiu de caràcter recuperable, però en aquest últim cas es tracta d'una modificació del calendari escolar que ha d'autoritzar la direcció general de Centres Docents. Aquest dia recuperable de classes, en cas que se sol·licite, sol establir-se allargant un dia més el final del curs o bé acurtant un dia les vacances de Nadal o Pasqua.

CORRECCIÓN DE ERRORES EN EL RESULTADO DEL ACTO DEL TRIBUNAL DE CALIFICACIÓN DE LA FASE OPOSICIÓN (PRUEBA TEÓRICA Y PRÁCTICA) DEL PROCESO SELECTIVO DE SELECCIÓN DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE COVES DE VINROMÀ.

 ANUNCIO




A continuación este Tribunal procede a corregir y rectificar el error observado en la lista de la corrección de los exámenes del proceso selectivo correspondiente a la Fase de oposición de la aspirante con el número ocho (8) de orden de la lista de resultados provista con D.N.I núm. ***9190** e identidad de la aspirante “CASTELL ROCA, VIRGINIA” en la que se hace constar un resultado en la columna de “PUNTOS TEÓRICA” en un total de “2,26” y un total en la columna de “CALIFICACIÓN” de “7,51”.

Con subsanación del error la aspirante núm. 8 de orden de la lista de resultados provista con D.N.I núm. ***9190** e identidad de la aspirante “CASTELL ROCA, VIRGINIA” debe procede rectificar y corregir el error debiendo decir lo siguiente:

El resultado en la columna de “PUNTOS TEÓRICA” obtenidos es de un total de “7,26” y un total en la columna de “CALIFICACIÓN” de “12,51”.

Consecuencia de ello, la aspirante provista con D.N.I núm. ***9190** e identidad de la aspirante “CASTELL ROCA, VIRGINIA” figura correctamente inscrita como apta en el “LISTADO DE APROBADOS” con el número de orden número dos (2) y convocada de forma correcta para comparecer, habiendo superado la fase de oposición, para realizar la siguiente fase de concurso del proceso selectivo convocado para proveer una plaza de auxiliar administrativo de Empleo Temporal de personal del Excmo. Ayuntamiento de Coves de Vinromà, en la Casa Consistorial del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, sita en la Plaza Mayor, núm. 19 de éste Municipio, para proceder a la realización del acto de entrevista de conformidad a lo establecido en las Bases reguladoras del proceso selectivo que tendrá lugar el viernes día 21 de mayo de 2.021, y para la que está citada de acuerdo a su número de orden de la lista de aprobados a las 9:00 horas del referido día.

Asimismo, y a los efectos de público conocimiento se expone la corrección anteriormente indicada para constancia de la subsanación del error ocurrido en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es y, en el Tablón de Anuncios.

https://lescovesdevinroma.sedelectronica.es/info.0

dilluns, 17 de maig del 2021

LA PISCINA MUNICIPAL DE LES COVES PRECISA QUATRE SOCORRISTES

 



Ajuntament de les Coves de Vinromà

ANUNCIO

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2021-0181 de fecha dieciséis de mayo de dos mil veintiuno, la contratación de cuatro (4) plazas denominadas “Socorristas para las piscinas Municipales, en régimen laboral temporal, por el sistema de concurso de méritos, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de

DIEZ (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

“”” BASES DE LA CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE CUATRO SOCORRISTAS PARA LAS PISCINAS MUNICIPALES DE LES COVES DE VINROMÀ MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DURANTE LA CAMPAÑA ESTIVAL 2021.

PRIMERA.- Objeto

Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para la contratación de cuatro socorristas mediante el sistema de concurso de méritos, según lo previsto en el artículo 15 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo

2/2015 de 23 de octubre y el Real Decreto 2720/98 de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

Las personas contratadas, en régimen laboral temporal, no adquirirán, en ningún caso, la condición de funcionarios ni la de empleados laborales fijos de este Ayuntamiento.

El período de contratación comprenderá el período de apertura de las piscinas municipales. Este sera de tres meses máximo y estará distribuido de la siguiente forma, y todo ello con dependencia a las circunstancias y condiciones COVID19:

 De principios de junio a principios de septiembre de 2021. La jornada diaria sera de 5 horas en régimen de mañana y tarde, estipulándose los siguientes horarios:

◦ Horario de mañana: de 11:00 horas a 16:00 horas.

◦ Horario de tarde: de 16:00 horas a 21:00 horas.

Cada persona contratada deberá aceptar los turnos que en forma de alternancia establezca el Ayuntamiento, de modo que ninguna persona se sienta perjudicada.

Tal régimen de turnos podrá ser sustituido por el mutuo acuerdo entre ellos mismos.

Para poder garantizar el correcto control y supervisión de los vasos (zonas de baño) y las personas usuarias, se fijaran dos turnos diarios, preferentemente mañanas y tardes. En cada turno de trabajo habrá dos socorristas, quienes deberán obligatoriamente revisar y supervisar cada uno de los vasos de piscina, y lo harán de forma que, cada uno de ellos resise y supervise cada uno de los vasos, a elección individual de cada uno, y para en el caso contrario de que no se pusieran de acuerdo, sería el jefe de personal, el jefe del servicio, o incluso la Alcaldesa

–Presidenta del Excmo. Ayuntamiento quien, o quienes, establecerán y decidirán el vaso que tiene que revisar cada trabajador.

SEGUNDA.- Características del contrato.

El inicio del contrato se llevará a cabo sujeto a las indicaciones de las autoridades sanitarias y a las condiciones que las mismas se especifiquen. La duración del contrato se mantendrá mientras el recinto de piscinas municipales y los usos de los vasos estén abiertos al público, y en todo caso, estará determinado por las consideraciones que el Excmo. Ayuntamiento estime precisas y convenientes, en

cuanto a las garantías del cumplimiento de los requisitos sanitarios, y de la seguridad y la salud de las personas usuarias, y siempre al momento de la COVID19, a lo que otros Órganos superiores de la Comunidad Autónoma o del Estado, tuvieran por dictar de conformidad a las situaciones necesarias o urgentes que se precisaran de actuación y así se ordenara debidamente y por los cauces institucionales.

La finalización del contrato será como máximo el 20/09/2021.

Las funciones que deberán ejercer las personas que resulten seleccionadas de la Bolsa de Trabajo serán las propias de la categoría laboral y especialidad convocada, donde se destacan:

 Permanecer en la zona de baño durante el horario de funcionamiento, debiendo ser identificado de forma fácil por los usuarios de la piscina.

 Garantizar el cumplimiento de las medidas de aforo, distancia social, normas de higiene y control de accesos que se entregarán al personal socorrista de manera periódica y actualizada.

 Vigilar permanentemente los vasos de la piscina y sus cercanías para prevenir accidentes.

 Aplicar técnicas de primeros auxilios.

 Colaborar en el traslado de personas accidentadas, en caso de ser necesario y no existir otras posibilidades.

 Supervisar el correcto estado de los vasos, y demás elementos que afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, para el correcto desarrollo de la actividad.

 Supervisar el correcto uso por parte de las personas usuarias de las instalaciones.

 Velar permanentemente para cumplir de manera rigurosa las normas de seguridad y de comportamiento dictadas para el uso de los distintos vasos.

 Informar a quien corresponda de todas aquellas incidencias que afecten a la actividad.

 Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones que se deriven del total cumplimiento de la legislación que en todo momento sea vigente respecto a las piscinas de uso público, y que se relacionen directamente con el cometido de su servicio.

 Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico o funcional.

 Observar en todo momento el necesario decoro personal, la corrección y respeto debido a los usuarios.

 Responsabilidad del botiquín y estricto control del inventario del mismo.

 Gestionar el tratamiento y controles diarios de cloro.

 Cuantas otras funciones relacionadas con su puesto de trabajo, le sean encomendadas por el Órgano Municipal y en todo caso, por las personas responsables y competentes para ello.

Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas y las de cumplimiento de las normas internas de uso de las piscinas, y demás previsiones contempladas en el

Decreto 85/2018, de 22 de junio, del Consell, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios aplicables a las piscinas de uso público.

TERCERO.- Consignación

Los gastos derivados de la contratación de cuatro socorristas para el periodo estival comprendido entre los meses de junio a septiembre se financiará con la consignación presupuestaria en la partida 920.131 del presupuesto municipal para el ejercicio de 2021.

CUARTO.- Requisitos de las personas aspirantes

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

 Tener la nacionalidad española sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre.

 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

 Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleado público.

 No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

 No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por

resolución judicial, para el acceso al cuerpo escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal  laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

 Estar en posesión del la Titulación de graduado en ESO o equivalente y del Título de Socorrista Acuático, o equivalente siempre que sea expedido por la autoridad competente y vigente en la legislación correspondiente. También se deberá poseer la titulación exigida para realizar el tratamiento de aguas de piscina expedido por la Conselleria de Sanidad.

 Tener la capacidad de ser contratado, conforme al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

QUINTO.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.

El anuncio de la convocatoria se publicará junto con las bases, en la Sede Electrónica de la web Municipal y en el Tablón de Anuncios del Excmo.

Ayuntamiento previa aprobación de las mismas por resolución de Alcaldía.

Las personas físicas o sus representantes, previamente acreditados de acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar preferentemente la solicitud de participación en el proceso de selección, junto con la documentación requerida, por medio del procedimiento de Instancia General disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de les Coves de Vinromà. Sin perjuicio de poder presentarla en la oficina de asistencia en materia de registros del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinromà y resto de lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , hasta el 14 de mayo de 2021.

Asimismo deberán adjuntar la siguiente documentación:

 Fotocopia del DNI.

 Fotocopia simple de la titulación exigida para el puesto de trabajo.

 Documentación acreditativa de las condiciones a valorar para el concurso de méritos.

En este sentido, por lo que se refiere a los méritos que, en su caso, pudieran sera alegados por los aspirantes para su valoración en el presente proceso de selección, deberán acreditarse documentalmente:

 Por lo que respecta a la experiencia, habrá dos métodos alternativos:

1- Mediante los correspondientes contratos laborales e informes de vida laboral (en el informe de vida laboral se deberán subrayar los contratos relacionados con el puesto de trabajo).

2- Mediante certificación emitida por la empresa o Administración contratante en la que se especifique la identificación del contratante, del contratado, y el puesto desempeñado.

 Por lo que respecta a la formación y otros:

1- Aportando fotocopia simple o documentos originales.

Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Excmo.

Ayuntamiento durante el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de las presentes Bases en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es, y en el

Tablón de Anuncios.

SEXTA.- Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación, la Alcaldía – Presidencia dictará resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos, y se publicará en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, concediendo un plazo de dos días hábiles para que puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan

motivado la exclusión.

SÉPTIMA.- Comisión de selección

La comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: La secretaría de la Corporación, o funcionario en quien se delegue.

- Vocales: Un empleado al servicio del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinromà.

- Secretario: Un empleado al servicio del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinromà.

Las personas integrantes de la Comisión son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción de los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las pases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por la Comisión, por mayoría.

OCTAVA.- Sistema de selección

El procedimiento de selección es el de concurso de méritos, que consiste en valorar, de acuerdo con el baremo incluido en la convocatoria, determinadas condiciones de formación, méritos o niveles de experiencia, relacionados con las características de la plaza que se cubre.

La comisión de selección aplicará a todas las personas aspirantes los siguientes criterios de baremación:

 1.- Ingresos de la unidad familiar: se tendrá en cuenta la renta per cápita de la unidad familiar según la última declaración del IRPF, de acuerdo con la siguiente escala referenciada al salario mínimo interprofesional (pagas extras incluidas):

DESDE HASTA PUNTOS



Se entenderá por unidad familiar la integrada por la persona candidata, el cónyuge, los descendientes en primer grado menores de 26 años, menores en acogida y las personas con una discapacidad reconocida de al menos el 33 % siempre que se acredite la convivencia.

 2. Protección por desempleo: personas candidatas que no resulten beneficiarias de prestaciones o subsidios por desempleo o de rentas vinculadas a procesos de inserción laboral: 10 puntos.

 3. Existencia de responsabilidades familiares: personas candidatas que tengan a su cargo al cónyuge, descendientes en primer grado menores de 26 años, menores en acogida y personas con una discapacidad reconocida de al menos el 33 %, siempre que se acredite la convivencia: 10 puntos por cada familiar a cargo, con el límite de 30 puntos. En el caso de descendientes en primer grado con una discapacidad reconocida de al menos el 33 %, la puntuación se incrementará en 10 puntos. Se entenderán a cargo cuando no perciban ingresos de cualquier naturaleza que superen el salario

mínimo interprofesional (pagas extras incluidas). En el caso de progenitores no custodios, se considerará que está a su cargo si se acredita la obligación del pago de alimentos mediante sentencia firme o convenio regulador.


 4. Diversidad funcional: personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %: 3 puntos; si es superior al 50 %: 5 puntos.

 5. Acción positiva a favor de la mujer: mujer: 3 puntos; mujer víctima de la violencia de género o doméstica, acreditada mediante resolución judicial o informe de los servicios sociales públicos: 10 puntos.

 6. Situación de paro de larga duración: personas candidatas que haya figurado inscritas como desempleadas demandantes de empleo durante al menos 12 meses en un periodo de 18 meses: 20 puntos.

 7. Situación o riesgo de exclusión social: personas candidatas que acrediten mediante certificado de los servicios sociales públicos una situación o riesgo de exclusión social (incluida la situación o riesgo de exclusión social por riesgo de desahucio): 5 puntos.

 8. Adecuación al puesto de trabajo: hasta 32 puntos, considerando los siguientes aspectos: 8.1. Experiencia laboral previa en el mismo tipo de ocupación, de acuerdo

con la siguiente escala en meses completos:

DESDE HASTA PUNTOS



8.2. Formación complementaria o prácticas formativas relacionadas con el proyecto: hasta 5 puntos, a razón de 0,1 puntos por cada 25 horas de formación o prácticas acreditadas, excluyendo las prácticas formativas incluidas en su titulación así como las asignaturas de libre elección. A estos efectos se valorará la formación homologada por la Administración pública, los colegios profesionales o la universidad, siempre que esté relacionada con el proyecto.

8.3. A) Valenciano: máximo 6 puntos.

El conocimiento del valenciano se valorará hasta un máximo de 6 puntos, previa acreditación de estar en posesión del correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià, con arreglo a la siguiente escala:

- Certificado de nivel A1 de conocimientos de valenciano: 0,5 puntos

- Certificado de nivel A2 de conocimientos de valenciano: 1 punto.

- Certificado de nivel B1 de conocimientos de valenciano: 1,5 puntos.

- Certificado de nivel B2 de conocimientos de valenciano: 2 puntos.

- Certificado de nivel C1 de conocimientos de valenciano: 4 puntos.

- Certificado de nivel C2 de conocimientos de valenciano: 6 puntos.

La valoración del conocimiento del valenciano se efectuará puntuando exclusivamente

el nivel más alto obtenido.

8.3. B) Idiomas comunitarios: máximo de 6 puntos.

Se valorará el conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea, diferentes de la lengua española según los niveles especificados, acreditándose documentalmente mediante títulos, diplomas y certificados expedidos por las escuelas oficiales de idiomas, por las universidades españolas que sigan el modelo de acreditación de exámenes de la Asociación de Centros de Lenguas de Educación Superior (ACLES), así como todos aquellos indicados en el anexo del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del

Consell, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana, teniendo en cuenta sus modificaciones posteriores por orden de la Conselleria competente en materia de educación.

El conocimiento de cada idioma comunitario se valorará hasta un máximo de 3 puntos, puntuando por curso o su equivalencia si se trata de ciclos de la escuela oficial de idiomas, o de niveles o certificados según el Marco común europeo de referencia (nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado).

La valoración del conocimiento del idioma comunitario se efectuará puntuando exclusivamente el nivel más alto obtenido en cada uno de los idiomas comunitarios.





8.4. Formación relacionada con el área de igualdad entre mujeres y hombres. Deacuerdo con lo establecido en el I Plan de Igualdad Interno del Ayuntamiento de les Coves de Vinromà 2019-2020, en su Acción 1.1, se valorará positivamente la formación y experiencia en materia de igualdad de oportunidades y género en los procesos de selección. Hasta un máximo de 3 puntos, a razón de 0,1 puntos por cada 10 horas de formación o prácticas acreditadas, excluyendo las prácticas formativas incluidas en su titulación así como las asignaturas de libre elección. A estos efectos se valorará la

formación homologada por la Administración pública, los colegios profesionales o la universidad, siempre que esté relacionada con el proyecto.

La puntuación se atenderá a los topes máximos establecidos en cada apartado del concurso de méritos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 4 puntos.

NOVENA.- Resultado del proceso selectivo, acreditación de requisitos exigidos y formalización del contrato.

La Comisión de selección formulará a la Alcadesa-Presidenta, propuesta de contratación a favor de los cuatro aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación y por orden de la misma.

La resolución de nombramiento será adoptada por Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por la Comisión, quienes deberán suscribir el correspondiente contrato.

En caso de no formalizarse el contrato por el seleccionado perderá todos los derechos derivados de esta convocatoria, en dicho caso se avisará al siguiente aspirante que se corresponda con el orden de la lista resultado por orden de puntuación obtenida.

Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

DÉCIMA. Constitución de bolsa de empleo

Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso deselección y no resulten contratadas, a fin de que pueda ser utilizada durante el periodo de apertura de las Piscinas Municipales, llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc.

La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.

El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por: Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista y así, seguidamente.

DECIMOPRIMERA.- Publicidad

Las presentes bases se publicarán íntegras en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es, y en el Tablón de Anuncios, a fin de darle la necesaria publicidad para general conocimiento de los interesados. Los sucesivos actos que requieran de publicidad, se anunciarán igualmente en la página web Municipal y en el Tablón de anuncios de la sede electrónica.

DECIMOSEGUNDA.- Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, será de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de

7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración

Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen

Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. “””

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es y, en el Tablón de Anuncios.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Castellón de la Plana o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

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