SERVICIO PROVINCIAL DE
GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN
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DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN
ANUNCIO DE ENAJENACIÓN MEDIANTE SUBASTA
D. Vicente Benedicto Calpe, Jefe de Oficina Ejecutiva del Servicio Provincial de Gestión, Inspección
y Recaudación de la Diputación de Castellón, Zona Centro:
HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 101 del Reglamento General
de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005, de 29 de julio, se dispone la venta de los bienes que
se detallarán más adelante, por cumplimiento del acuerdo de subasta que constan en el
expediente de embargo, mediante subasta que se celebrará en el lugar, día y hora señalados
posteriormente.
En cumplimiento de los artículos 101, 104 y 104 bis del citado Reglamento, se publica el
presente anuncio y se advierte a las personas que deseen tomar parte en la subasta que la misma
se regirá por las siguientes:
CONDICIONES GENERALES
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado. https://subastas.boe.es
PERÍODO DE CELEBRACIÓN: La subasta se abrirá transcurridas al menos 24 horas desde
la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Una vez abierta la subasta se podrán realizar pujas electrónicas durante un plazo de veinte
días naturales desde su apertura. Las pujas se enviarán electrónicamente a través de sistemas
seguros de comunicaciones al Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, que devolverá un acuse técnico garantizado con sello electrónico del momento exacto
de recepción de la puja y de su cuantía. En ese instante se publicará electrónicamente la puja y
el postor que viera superada su puja será advertido de esta circunstancia por el sistema.
Serán admisibles pujas por importe superior, igual o inferior a la más alta ya realizada, que
podrán ser, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 bis del Reglamento General de
Recaudación, reservadas para el supuesto de que el licitador que haya realizado la puja más alta
no ingrese finalmente el precio de remate. En el caso de que existan pujas por el mismo importe,
se preferirá la anterior en el tiempo.
La subasta no se cerrará hasta que haya transcurrido una hora desde la realización de la
última puja, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicialmente fijado, con un límite máximo
de ampliación de 24 horas.
LICITADORES: Con excepción del personal adscrito al órgano de recaudación competente, de
los tasadores, de los depositarios de los bienes y de los funcionarios directamente implicados en
el procedimiento de apremio, podrá tomar parte en la subasta, por si o por medio de
representante, cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no
tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente.
Una vez abierta la subasta en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, solamente se podrán realizar pujas electrónicas.
Los interesados que quieran participar en la subasta deberán estar dados de alta como
usuarios del sistema y accederán al mismo por alguno de los medios electrónicos de
acreditación de la identidad admitidos por el Boletín Oficial del Estado, de manera que se
garantice una plena identificación de los licitadores.
DEPÓSITO OBLIGATORIO: Todo licitador, para ser admitido como tal, constituirá un depósito
del 5 por ciento del tipo de subasta de los bienes por los que desee pujar.
Al realizar la puja, el licitador deberá declarar si desea que su depósito quede reservado
para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el
resto del precio de adjudicación en el plazo concedido a estos efectos. En ese caso, el bien
podrá adjudicarse en favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas y, si
fueran iguales, por el orden cronológico en que hubieran sido realizadas.
El depósito se constituirá a través del Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín
Oficial del Estado mediante retención de saldo de cuenta corriente, por lo que la cuenta
bancaria utilizada debe ser una de las entidades colaboradoras de la AEAT.
En caso de no resultar adjudicatarios, los depósitos serán devueltos a través del Portal de
Subastas, salvo que el licitador hubiera efectuado reserva de puja, en cuyo caso se mantendrá
la retención hasta que la Autoridad Gestora comunique al Portal de Subastas la finalización
de la subasta.
DESARROLLO DE LA SUBASTA: En cualquier momento anterior a la emisión de la
certificación del acta de adjudicación de bienes, o en su caso, al otorgamiento de la escritura
pública de venta, podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente la cuantía
establecida en el artículo 169.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
lo que determinará la cancelación de la subasta.
La Mesa de Subasta se reserva el derecho a suspender o cancelar la subasta (o un lote, si la
subasta contiene lotes de adjudicación separada) en cualquier momento, mientras la subasta
no esté concluida.
Finalizada la fase de presentación de ofertas, la Mesa se reunirá en el plazo máximo de 15
días naturales y se procederá a la adjudicación de los bienes o lotes conforme a las siguientes
reglas:
a) En caso de que la mejor oferta presentada fuera igual o superior al 50 por ciento del tipo de
subasta del bien, la Mesa adjudicará el bien o lote al licitador que hubiera presentado dicha
postura.
b) Cuando la mejor de las ofertas presentadas fuera inferior al 50 por ciento del tipo de subasta
del bien, la Mesa, atendiendo al interés público y sin que exista precio mínimo de adjudicación,
decidirá si la oferta es suficiente, acordando la adjudicación del bien o lote o declarando
desierta la subasta.
c) Si para el mismo deudor se hubiera acordado la subasta de varios bienes simultáneamente
y, finalizado el plazo de realización de pujas electrónicas, en virtud de las cuantías ofrecidas
no fuera necesaria la adjudicación de todos los bienes para cubrir la deuda reclamada en su
totalidad, el orden de adjudicación a seguir por la Mesa se determinará de conformidad con
las reglas contenidas en el artículo 99 del Reglamento General de Recaudación.
d) Adoptado el acuerdo correspondiente, se entenderá finalizada la subasta y se procederá
a levantar acta por el Secretario de la Mesa.
e) Designado adjudicatario conforme a los apartados anteriores y cuando, según la
legislación aplicable, existan interesados que sean titulares de un derecho de tanteo u
otro de adquisición preferente que obligue a poner en conocimiento previo las
condiciones de la adjudicación, se comunicará ésta a dichos interesados. La adjudicación
acordada por la Mesa quedará en suspenso durante el plazo en el que, según la legislación
aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho de adquisición.
f) La adjudicación será notificada al adjudicatario, instándole para que efectúe el pago de la
diferencia entre el precio total de adjudicación y el importe del depósito en los 15 días siguientes
a la fecha de la notificación, con la advertencia de que sí no lo completa en dicho plazo perderá
el importe del depósito, que se aplicará a la cancelación de las deudas objeto del
procedimiento. Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir el
adjudicatario por los perjuicios que origine a la Administración la falta de pago del precio de
remate y a cuyo resarcimiento quedará obligado en todo caso.
g) Asimismo y de existir otras posturas con reserva de depósito, la Mesa podrá acordar la
adjudicación al licitador que hubiera realizado la oferta más elevada de aquellos cuyo depósito
hubiera sido reservado, de acuerdo con las reglas de adjudicación anteriores.
h) Los adjudicatarios que hubiesen ejercitado la opción prevista en el apartado 3 del articulo
103 del Reglamento de Recaudación, deberán, en el plazo del 5 días, contados a partir
del día siguiente a que les sea notificada la adjudicación, comunicar la identidad del
cesionario a cuyo nombre se otorgará el documento público de venta, con la advertencia de
que dicha comunicación no altera el plazo de pago previsto anteriormente.
i) Ingresado el remate se entregará a los adjudicatarios, salvo en los supuestos en
que hayan optado por el otorgamiento de escritura pública de venta prevista en el articulo
111.1 del Reglamento General de Recaudación, certificación del acta de adjudicación de los
bienes, en la que habrá de constar, además de la transcripción de la propia acta en lo que se
refiere al bien adjudicado y al adjudicatario, la acreditación de haberse efectuado el pago
del remate y de haberse emitido en conformidad informe por parte del órgano con
funciones de asesoramiento jurídico sobre la observancia de las formalidades legales en el
procedimiento de apremio, cuando haya sido solicitado por el órgano de recaudación y, en
todo caso, cuando la adjudicación recaiga sobre bienes o derechos inscribibles en el Registro
de la Propiedad
La citada certificación constituye un documento público de venta a todos los efectos y en
ella se hará constar que queda extinguida la anotación preventiva hecha en el registro
público correspondiente a nombre de la Hacienda Pública. Asimismo, tal y como se
establece en el artículo 111.3 del Reglamento de Recaudación, se expedirá
mandamiento de cancelación de las cargas posteriores.
En caso de resultar adjudicatarios de bienes muebles, deberán retirar los mismos en el plazo de
5 días hábiles desde la satisfacción del precio de remate. Los gastos de depósito originados con
posterioridad a este plazo correrán por cuenta del adjudicatario, abonándose al tiempo de su
retirada y como requisito previo.
Tratándose de vehículos, para la entrega de la Certificación del Acta de Adjudicación, además
de haber pagado el remate, se deberá aportar justificante de haber solicitado cita previa en la
Jefatura de Tráfico, para realizar el cambio de titularidad.
TRAMOS DE LICITACIÓN: Serán los establecidos en el art. 61 de la Ordenanza Fiscal de
Gestión, Inspección y Recaudación de los ingresos de Derecho Público de la Diputación de
Castellón (publicada en el BOP de Castellón de la Plana n.º 116 de 26/09/2020):
Tipo de subasta Incremento de las pujas
Hasta 6.000 euros 100,00 euros.
De 6.000,01 a 30.000 euros 300,00 euros.
De 30.000,01 a 150.000 euros 600,00 euros.
De 150.000,01 euros en adelante 1.000,00 euros
Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en la descripción
de los bienes, de acuerdo con la certificación de cargas obtenida del Registro correspondiente o
de los informes requeridos a los acreedores hipotecarios o acreedores por anotaciones
preventivas de embargo, que constaban en el expediente en el momento de su información, las
cuales quedarán subsistentes, en las cuantías expresadas, sin que pueda aplicarse a su
extinción el precio del remate.
Respecto del estado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la
vivienda o local, el adjudicatario exonera, expresamente, a la Diputación de Castellón, al
amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, de la
obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a
cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.
El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que gravan la transmisión de dichos
bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la
inscripción en el registro correspondiente del mandamiento de cancelación de cargas
posteriores, serán por cuenta del adjudicatario.
FINALES: El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y
condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General.
Tributaria.
En todo lo no previsto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulan el
acto.
La concurrencia a la subasta supone la aceptación de las condiciones generales que rigen
la misma, que han quedado expuestas anteriormente, y de las demás condiciones que
adopte la Mesa en la dirección de la Subasta.
DESCRIPCIÓN DEL BIEN:
LOTE 1 - INMUEBLE 1
FINCA 8882/10 DE LES COVES DE VINROMA
100% DEL PLENO DOMINIO.-
Linderos:
Linda, frente vial de acceso, derecha espacio entre pilares, izquierda la plaza número once y
fondo cuarto trastero número veinticinco. Esta plaza de aparcamiento se halla vinculada al
cuarto trastero señalado con en número veinticinco.
Descripción de la finca:
URBANA.- PLAZA DE GARAJE NUMERO DIEZ
No consta si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas de la
apremiada.
Valoración del bien: 8.115,92 €
Tipo de subasta: 8.115,92 €
Tramos: 300 €
Importe depósito: 405,80 €
LOTE 2 - INMUEBLE 2
FINCA 8882/11 DE LES COVES DE VINROMA.-
100% DEL PLENO DOMINIO.-
Linderos:
Linda, frente vial de acceso, derecha la plaza de aparcamiento número diez,izquierda espacio
entre pilares y
fondo el cuarto trastero número veintiséis.
Descripción de la finca:
URBANA.- PLAZA DE GARAJE NUMERO ONCE
No consta si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas de la
apremiada.
Valoración del bien: 8.115,92 €
Tipo de subasta: 8.115,92 €
Tramos: 300 €
Importe depósito: 405,80 €
LOTE 3 - INMUEBLE 3
FINCA 882/12 DE LES COVES DE VINROMA
100% DEL PLENO DOMINIO.-
Linda, frente vial de acceso, derecha espacio entre pilares, izquierda espacio libre y vestíbulo
del ascensor de la escalera tres y fondo cuarto trastero número veintisiete.
Descripción de la finca:
URBANA.- PLAZA DE GARAJE NUMERO DOCE
Valoración del bien: 8.115,92 €
Tipo de subasta: 8.115,92 €
Tramos: 300 €
Importe depósito: 405,80 €
LOTE 4 - INMUEBLE 4
FINCA 8882/13 DE LES COVES DE VINROMA.-
100% DEL PLENO DOMINIO.-
Linderos:
Linda, frente vial de acceso, derecha espacio libre, izquierda linde general y fondo cuartos
trasteros treinta y ocho y treinta y nueve.
Descripción de la finca:
URBANA.- PLAZA DE GARAJE NUMERO TRECE
No consta si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas de la
apremiada.
Valoración del bien: 7.061,93 €
Tipo de subasta: 7.061,93 €
Tramos: 300 €
Importe depósito: 353,10 €
LOTE 5 - INMUEBLE 5
FINCA 8882/14 DE LES COVES DE VINROMA
100% DEL PLENO DOMINIO
Linderos:
Linda, frente vial de acceso, derecha plaza número trece, izquierda linde general y fondo
trasteros treinta y siete y treinta y ocho.
Descripción de la finca:
URBANA.- PLAZA DE GARAJE NUMERO CATORCE del local situado en la planta sótano del
edificio en construcción en Cuevas de Vinromá, Avenida Constitución, número cuatro, tiene una
superficie útil de nueve metros con noventa decímetros cuadrados que corresponden a unas
medidas perimetrales de cuatro metros con cincuenta centímetros de largo por dos metros con
veinte centímetros de ancho.
No coordinada con Catastro.
Cargas y gravámenes: Por procedencia de la Finca N.º: 8807, Asiento de Inscripción 3 con
Fecha 08/02/2012: SERVIDUMBRE uso y utilización y de paso de personas y cables a favor de
Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U.
En el expediente correspondiente no figura arrendamiento alguno sobre el inmueble embargado.
No consta si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas de la
apremiada.
Valoración del bien: 7.061,93 €
Tipo de subasta: 7.061,93 €
Tramos: 300 €
Importe depósito: 353,10 €
Se podrá consultar los datos relativos a esta subasta en las siguientes páginas web:
https://extranet.dipcas.es/gir/ovr/castellano/Consultas/rr.asp
https://dipcas.sedelectronica.es/board.
Castellón, a fecha de la firma
Jefe de Oficina Ejecutiva
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Fdo: Vicente Benedicto Calpe
Text íntegre a la web municipal de les Coves
https://lescovesdevinroma.sedelectronica.es/info.0