dimarts, 30 de juliol del 2024

PROJECTE EÒLIC LA CASETA DEL PINTOR ALCALÀ/LES COVES: NO PRESENTA REBUIG SOCIAL AL NO SER NI ZONA HABITADA, NI PRODUCTIVA NI AFECTAR ALS AQÜIFERS

 RENOVABLES?, AIXÍ, SI!!


Imagen de archivo de molinos en un parque de energía eólicaEuropa Press




Una empresa saudí quiere construir dos parques eólicos en Castellón con molinos de más de 164 metros de altura

Alfanar invertirá más de 65 millones de euros en construir estos macroproyectos en la zona del interior norte de la provincia

Molinos de viento de hasta 164 metros en la Sierra del Caballo, que separa los municipios de Alcalá de Chivert y Las Cuevas de Vinromá. Este es el nuevo proyecto del que los saudíes ya han solicitado las autorizaciones para construir a la Generalitat Valenciana.

El futuro parque eólico La Casta del Pintor incluye seis molinos aerogeneradores, que alcanzarán los 164 metros de altura cortando las aspas y que generarán una potencia de 36 MW de energía desde la altitud de los dos municipios de las comarcas de la Plana Alta y el Bajo Maestrazgo, con un presupuesto de 27,28 millones de euros.

Además de los molinos, el proyecto plantea nuevas pistas forestales, una infraestructura para evacuar la energía y una subestación eléctrica, como se incluye en los documentos presentados durante este mes de julio ante la Consejería.

Aunque el interior de la provincia de Castellón concentra buena parte de la energía eólica instalada en la Comunidad Valenciana, no todos los proyectos de energías renovables acaban viendo la luz. Y es que ha habido cierto rechazo a otros parques planteados con un estilo similar al de la compañía saudí.

El MAGDA y el MAT son los proyectos más sonados, que aunque han conseguido la autorización del Gobierno central, no han logrado la aprobación de las Cortes Valencianas por el rechazo que suscita a los municipios de la zona.

Se trata de una central fotovoltaica dotada de alrededor de 148.000 placas solares en un terreno de 250 hectáreas y una gran línea de Muy Alta Tensión (MAT) con 125 grandes molinos de viento, que evacuará la energía hasta la costa atravesando la provincia de Castellón, ocupando el equivalente a 1.390 campos de fútbol.

No hay rechazo a Alfanar

La diferencia entre los megaproyectos como el MAT y la MAGDA, que han causado grandes revuelos en los vecinos de la provincia de Castellón, y el nuevo proyecto de parque eólico saudí es la afectación de las tierras.

Como ha podido saber El Debate a través de fuentes de los ayuntamientos afectados por los diferentes proyectos, como es el caso de las Cuevas de Vinromá, con la empresa Alfanar «no hay rechazo social, ya que no es una zona de agricultura productiva importante, por lo que no se han presentado alegaciones en el Consistorio, como sí ha pasado con otros proyectos como el MAGDA».

Según han recordado desde el Ayuntamiento, el MAGDA «originó un rechazo social y una gran cantidad de acciones de la población durante años, porque enterraba cientos de hectáreas de agricultura, estaba en zona residencial y de recarga de acuíferos». Por otro lado, la Caseta del Pintor, una de las zonas donde se pretenden implantar estos gigantescos molinos «está en un término municipal que no tiene estas afecciones».


elDebate

L´AJUNTAMENT DE LES COVES DE VINROMÀ, INFORMA



 ANUNCIO DE EMPLAZAMIENTO A LOS PROPIETARIOS PLAN LOCAL DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE LES COVES DE VINROMÀ (PLPIF)

 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 

Conforme a lo dispuesto en el artículo 55.3 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal, de la Comunitat Valenciana, este Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, tiene aprobado el Plan Local de Prevención de Incendios Forestales del término municipal de les Coves de Vinromà (PLPIF) (DOGV núm 9234 de 14 de diciembre de 2021).

 El PLPIF recoge las medidas generales necesarias para la prevención de incendios forestales, la defensa de los montes incluidos en el término municipal, la protección de las personas, bienes y núcleos rurales, así como la adopción de una política de prevención adecuada a las necesidades y posibilidades de la población de les Coves de Vinromà. Así, se establece una Interfaz Urbano Forestal, actuación considerada necesaria y justificada para prevenir incendios forestales y evitar en la medida de lo posible su propagación creando discontinuidades de la masa forestal. Las actuaciones deben ser ejecutadas por el titular de los terrenos y, en el caso de no ser ejecutado por el titular de los terrenos, el Ayuntamiento podrá realizar dicha ejecución de forma subsidiaria a costa del obligado (Artículos 49 y 76 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana). 

En aplicación de esta normativa, esta Alcaldía, conocedora de la existencia de parcelas propiedad sin desbrozar, cuyo estado evidencia riesgo de incendio, y con el fin de evitar los perjuicios tales circunstancias puedan producir, dicta la presente resolución, al amparo de las facultades que la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local otorga en su artículo 21.1 apartado e) 

RESUELVO 

PRIMERO.- Poner en conocimiento de todos los titulares de parcelas incluidas dentro del ámbito de aplicación del Plan Local de Prevención de Incendios Forestales de les Coves de Vinromà incluidos en el Anexo I, que deberán proceder al desbroce y limpieza de la vegetación forestal existentes en los terrenos de su propiedad, para la prevención de incendios forestales, para lo que disponen un PLAZO DE UN MES a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

 SEGUNDO

- Conceder un plazo de alegaciones de DIEZ (10) DÍAS naturales, transcurrido el cual se entenderá que los propietarios delegan en este Ayuntamiento las facultades para la ejecución subsidiaria a costa del obligado, de las acciones descritas.

 TERCERO.- 

Informar que por parte de los servicios Municipales se realizarán las oportunas inspecciones, procediéndose a la ejecución forzosa de la limpieza de los solares cuyas personas propietarias no los hubieren limpiado en el plazo señalado mediante ejecución subsidiaria o multa coercitiva, todo ello de conformidad con los artículos 100 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previos los trámites que procedan.

 CUARTO.- 

Aprobar la ejecución de las actuaciones ejecutadas de forma subsidiaria por el Ayuntamiento a través de empresa contratada al efecto. 

QUINTO.

- Proceder a la publicación en el en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los interesados durante el expresado plazo de 10 días, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. 

ADMINISTRACIÓ LOCAL / ADMINISTRACIÓN LOCAL Ajuntaments / Ayuntamientos 03686-2024-U LES COVES DE VINROMÀ 1 Número 92 - 30 de julio de 2024

 Lo manda y firma electrónicamente la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en les Coves de Vinromà, a veintiséis de julio de dos mil veinticuatro.

 Les Coves de Vinromà, a veintiséis de julio de dos mil veinticuatro 

La Alcaldesa-Presidenta 

Fdo. Irma Povedano Salvador


BOP