BOP Número 66 - 27 de mayo de 2023
E D I C TO
NOMBRAMIENTO JUEZ DE PAZ
ADMINISTRACIÓ DE JUSTÍCIA
Tribunal Superior de Justicia
02650-2023-U TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA COMUNIDAD VALENCIANA
ACUERDO de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por el que se nombra Juez de Paz.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento número 3/1995, “De los Jueces de Paz”, aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995) se hace público que La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en sesión del día 10/05/2023 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Nombramiento Juez de Paz
15º.- Nombrar a Don Emilio Mateu Granell, con D.N.I. 350*****-T, Juez de Paz Sustituto de “LES COVES DE VINROMÁ” (CASTELLÓN DE LA PLANA-CASTELLÓN), para un período de cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el “Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 31 de marzo de 2023, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 710/93, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, “De los Jueces de Paz”, aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 13 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento, que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia” de Castellón.
Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado de Paz de Les Coves de Vinromá dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el “Boletín Oficial de la Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Castellón de la Plana; y si se negase a prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los “Jueces de Paz”).
Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.
València, a 15 de mayo de 2023.
La Secretaria de Gobierno
Fdo.: Gloria Herráez Martín