diumenge, 19 de febrer del 2023

REVOCAR la delegación de competencias, funciones y firma al Sr. Teniente-Alcalde, Don JOAN VILLAPLANA VILLALONGA, como Primer Teniente de Alcalde de la Corporación revocándose la totalidad de las funciones de la Alcaldía delegadas concedidas en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

 





00617-2023 LES COVES VINROMÀ 

Resolución de Alcaldía n.º 2023-0047 del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, por la que se aprueba definitivamente expediente de revocación de delegación de competencias 

ANUNCIO EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA SUMARIO Resolución de Alcaldía n.º 2023-0047 del Excmo. Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, por la que se aprueba definitivamente expediente de revocación de delegación de competencias. 

TEXTO 

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de revocación de delegación de competencias se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por Resolución de Alcaldía nº 2023-0047 de fecha 07 de febrero de 2023 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente: 

«PRIMERO. Revocar la delegación de competencias, funciones y firma aprobada por resolución de Alcaldía de fecha de 22 de diciembre de 2022 con número de resolución 2022-0568, quedando la misma con el siguiente contenido: 

Con motivo del Alta médica de ITT de la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación procede REVOCAR la delegación de competencias, funciones y firma al Sr. Teniente-Alcalde, Don JOAN VILLAPLANA VILLALONGA, como Primer Teniente de Alcalde de la Corporación revocándose la totalidad de las funciones de la Alcaldía delegadas concedidas en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo que sea pertinente y/o durante la ausencia por el periodo de baja por ITT de la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación. 

SEGUNDO. 

Comunicar la presente resolución a Don JOAN VILLAPLANA VILLALONGA para que proceda a su aceptación. La revocación requerirá para su eficacia la aceptación del delegado, entendiéndose ésta modificada o revocada tácitamente si no se formula ante la Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución. 

TERCERO. Publicar la presente resolución, una vez aceptada o transcurridos tres días hábiles desde su comunicación sin expresa manifestación de no aceptación, en el Boletín Oficial de la Provincia.

 CUARTO. Dar cuenta de la Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

 QUINTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas. 

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón de la Plana, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. 

No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.». Así lo manda y ordena la Sra. Alcaldesa-Presidenta en les Coves de Vinromá (Castellón), a la fecha de su firma digital, de 07 de febrero de 2023. Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. 

En les Coves de Vinromà (Castellón), a 07 de febrero de 2023.-

 Fdo.: El Secretario Interventor (firma digital) Don Manuel Sánchez Jordán.