El TS retira la euroorden contra Puigdemont y evita que no se le juzge por rebelión
05.12.2017 – 11:02 H.
El juez Pablo Llarena ha acordado retirar las Ordenes Europeas de Detención dictadas contra Carles Puigdemont, Antonio Comín, Lluís Puig, Meritxell Serret y Clara Ponsatí y ha pedido que se comunique su decisión a las autoridades belgas, a fin de que dejen sin efecto la colaboración solicitada en su día y solicitándoles la devolución del formulario. De todos modos, la orden de arresto en España sigue en vigor, según informan fuentes jurídicas a El Confidencial. El magistrado evita de esta manera el riesgo de que el expresident del Govern sea entregado por el delito de rebelión, el más grave de los que se le imputa.
Llarena consigue con esta jugada apagar diferencias en la respuesta judicial contra el Ejecutivo catalán cesado y la Mesa del Parlament y que sea un segundo país quien se pronuncia sobre qué irregularidades debe ir a juicio. Explica que se está investigando un delito de naturaleza plurisubjetiva dotado de unidad jurídica inseparable, lo que requiere una única contestación para evitar respuestas contradictorias.
En su auto, describe el nuevo escenario que se presenta en este momento. De un lado, con posterioridad a la emisión de las órdenes, señala Llarena, "los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente".
El juez recuerda que la orden europea de detención es un instrumento de colaboración judicial y que una vez emitida, el instructor puede ponderar en cualquier momento la conveniencia u oportunidad de su mantenimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que le prestan soporte conforme con su derecho interno y los efectos que esa orden de detención pueda tener en el proceso penal que se esté tramitando, en este caso en España.
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SARA DE DIEGO
El juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha acordado retirar las órdenes europeas de detención dictadas contra Puigdemont y los 'exconsellers' -Toni Comí, Meritxell Serret, Lluís Puig y Clara Ponsatí- que están con él en Bruselas
Un delito de naturaleza plurisubjetiva
Llarena explica que los autos de busca y captura e ingreso en prisión y las oportunas órdenes europeas de detención y entrega se emitieron el 3 de noviembre de 2017. Ahora, el juez describe el nuevo escenario que se presenta en este momento. De un lado, con posterioridad a la emisión de las órdenes, señala Llarena, "los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente".
De otro lado, Llarena recuerda que, una vez acumulada la causa, los hechos investigados suscitan la eventual comisión de un delito de naturaleza plurisubjetiva. "Con posterioridad a que se emitieran las órdenes de detención que contemplamos, se ha definido que los hechos pudieran haberse perpetrado mediante el concierto de todos los investigados y con una unidad jurídica inseparable, esto es, que la depuración de las distintas responsabilidades penales deba ser llevada de manera unificada, pues de otro modo podría romperse la continencia de la causa y conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes", precisa.
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MARÍA TEJERO MARTÍN. BRUSELAS
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Según el magistrado, el actual mantenimiento de las órdenes de detención no facilitaría el adecuado desarrollo del proceso "pues al ser posible que el Estado requerido (en aplicación de los artículos 3 a 5 de la Decisión Marco) deniegue parcialmente la ejecución de las órdenes de detención, se posibilita una restricción del título de imputación para los que se encuentran fugados, lo que dificultaría la respuesta homogénea que justificó la acumulación de las actuaciones e introduciría perturbaciones de defensa para los investigados que sí están a disposición de este órgano instructor, quienes podrían ser investigados y enjuiciados por todos los delitos que el instructor contempla", colocándose así en “ peor derecho que quienes se encuentran fugados”.
Por ello, en el estado actual de las actuaciones, el magistrado considera oportuno, ponderando los intereses en juego, retirar las órdenes de detención objeto de análisis y renunciar a la petición de colaboración que comportan. Además, el juez entiende que esta retirada no genera ningún gravamen a los afectados por ella "pues, en la medida en que los encausados se opusieron a que se ejecutara por el Estado requerido el acto de colaboración que analizamos, eso es lo que esta resolución les aporta".