dijous, 9 de març del 2023

AJUNTAMENT DE LES COVES: 73.900 € PER LA REPARACIÓ DE L´EMPASTRE OCASIONAT PER VEHICLES DE GRAN TONATGE A LA CARRETERA VELLA

 


Ajuntament de les Coves de Vinromà Expediente n.º: 46/2023 

Resolución de Alcaldía de número y fecha establecidos al margen Procedimiento: 

Contrataciones. Contrato de obras por procedimiento abierto simplificado. 

Asunto: Renovación y ejecución de arquetas y canaletas en Avda. Raval de Valencia, Plaza España, Calle Dr. Boix Moliner, Calle Castellón y Avda. Constitución en el Municipio de les Coves de Vinromà (Castellón). 

Fecha de iniciación: 16/01/2023 

Documento firmado por: La Alcaldesa-Presidenta. 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA A

SUNTO: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE OBRA DE “RENOVACIÓN Y EJECUCIÓN DE ARQUETAS Y CANALETAS EN AVDA. RAVAL DE VALENCIA, PLAZA ESPAÑA, C/ DR. BOIX MOLINER, C/ CASTELLÓN Y AVDA. CONSTITUCIÓN” DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LES COVES DE VINROMÀ (CASTELLÓN). 

A la vista del expediente de contratación tramitado: 


SEGUNDO. A la vista de las características del contrato que se pretende adjudicar:

 

Lotes:




TERCERO. El licitador identificado con el número tres (03) de los lotes, tras la apertura de los sobres núm. A (Documentación administrativa) y B (Oferta económica y criterios) de sobre único fue el licitador que fue mejor valorado de todo ello de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones administrativas particulares (P.C.A.P.) objeto de la licitación, y propuesto por la mesa de contratación al órgano de contratación. 
Solicitada y requerida a través de la plataforma de contratación por la mesa de contratación y visto y revisado por el órgano de contratación y con asistencia de la mesa, de conformidad con lo establecido en las cláusulas 15ª y 17ª del PCAP, presentado con respuesta [con existencia de comunicación o respuesta] el licitador inicialmente mejor valorado cuanta documentación y fianza es requerida de su justificación. 
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, 
RESUELVO 
PRIMERO. Adjudicar el contrato de Obras consistentes en lo determinado en el proyecto a ejecutar de “RENOVACIÓN Y EJECUCIÓN DE ARQUETAS Y CANALETAS EN AVDA. RAVAL DE VALENCIA, PLAZA ESPAÑA, C/ Dr. BOIX MOLINER, C/ CASTELLÓN Y AVDA.
 CONSTITUCIÓN” en el Municipio de les Coves de Vinromà y por el Excmo. Ayuntamiento, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas a:

SEGUNDO. Son características y ventajas determinantes de que haya sido seleccionada la oferta presentada por el citado adjudicatario con preferencia a las presentadas por los restantes licitadores cuyas ofertas fueron admitidas, las siguientes: 
Vista la valoración de los criterios evaluables mediante juicio de valor realizada por la mesa y asistencia de los Sres. Técnicos y vista la oferta presentada por la mercantil “ALFARO ANGULO HERMANOS, S.L.” resulta como mejor valorada la tercera de las mercantiles licitadora, con comunicación o respuesta al requerimiento realizado a través de la plataforma de contratación por la Mesa de Contratación y examinada la documentación presentada por la misma y revisada por el Órgano de Contratación con posterioridad en asistencia de la Mesa, de conformidad con lo establecido en el PCAP, conforme a lo establecido en las cláusulas 15ª y 16ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regula la contratación, y suspendida previamente la propuesta de adjudicación por la Mesa a expensas de la presentación de lo requerido lo fue dentro del plazo concedido por la licitadora “ALFARO ANGULO HERMANOS, S.L.”, y así, estando presentada dentro del mismo y toda ella correcta, hecha efectiva la fianza, también debidamente justificada. 
TERCERO. Disponer el gasto correspondiente en caso de conformidad del informe de fiscalización que se emita por la Intervención. 
CUARTO. Dar cuenta de la presente Resolución a Intervención y a Tesorería a los efectos de practicar las anotaciones contables que procedan. 
QUINTO. Publicar anuncio de adjudicación en el perfil de contratante en plazo de 15 días. 
SEXTO. Designar como responsable del contrato a la Alcaldía – Presidencia de éste Excmo. Ayuntamiento. 
SÉPTIMO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios. 

OCTAVO. Notificar a “ALFARO ANGULO HERMANOS, S.L.” adjudicataria del contrato, la presente Resolución, advertirle que la formalización del contrato se formalizará con su citación para la firma del mismo en documento administrativo, pudiendo realizarse la misma a través de la sede electrónica de éste Excmo. Ayuntamiento, formalizándolo. Que por el adjudicatario del contrato se presente antes de la formalización del mismo el documento de garantía requerida en las condiciones de la licitación.

 NOVENO. Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 

DÉCIMO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido. 
UNDÉCIMO. Dar cuenta del presente Decreto de Alcaldía al Pleno del Ayuntamiento en la siguiente Sesión ordinaria que éste celebre. 
Lo ordena y firma la Sra. Alcaldesa en les Coves de Vinromá, a la fecha de la firma digital expresada al margen. 
La Alcaldesa-Presidenta, (documento firmado electrónicamente)