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CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
1. Susana Ros Martínez.
2. Artemi Vicent Rallo Lombarte.
3. Maria Mar Moros Vilar.
4. Sergio Bou Ayza.
5. Ana Belen Edo Gil.
Suplentes:
1. Marc Albella Esteller.
2. Maria Jose Madrid Martínez.
3. Joan Morales Vilar.
SENADO
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)
1. María Amparo Marco Gual.
Suplente 1: Adrián Sorribes Herraiz.
Suplente 2: Carla Maria Martínez Martínez.
2. Eva Maria Redondo Gamero.
Suplente 1: Francesca Bartolome Palasi.
Suplente 2: Ramon Martínez Peiro.
3. Gonzalo Moliner Bellod (Independiente).
Suplente 1: Gerard Viciano Periz.
Suplente 2: Maria Carmen Gil Sánchez.
Conselleria d’Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició Ecològica RESOLUCIÓ de 29 de maig de 2023, de la Direcció General de Qualitat i Educació Ambiental, per la qual se li dona publicitat a les autoritzacions ambientals integrades i les seues modificacions atorgades per la Conselleria d’Agricultura, Desenvolupament Rural, Emergència Climàtica i Transició Ecològica. [2023/6593]
La Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, al regular las servidumbres aeronáuticas, establece en el artículo 51 que su naturaleza y extensión se determinarán mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, conforme a las disposiciones vigentes en cada momento sobre tales servidumbres.
La Resolución de la Orden FOM/509/2002, de 22 de febrero, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes, declara de interés general el Aeropuerto de Castellón.
El Aeropuerto de Castellón carece de servidumbres aeronáuticas, por lo que es necesario establecerlas, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
Por otra parte, el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, modifica el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, revisando y actualizando determinados aspectos técnicos de las servidumbres aeronáuticas para adecuarla a la normativa internacional de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de la que España es miembro.
El presente real decreto ha sido sometido a trámite de información pública y a consulta de las administraciones públicas territoriales afectadas, como exige el artículo 27.4 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, en su redacción actual.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de junio de 2023,
DISPONGO:
Se establecen las servidumbres aeronáuticas para el aeropuerto de Castellón y sus instalaciones radioeléctricas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 27 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
El aeropuerto de Castellón se clasifica como aeródromo de letra de clave «B» a efectos de aplicación de las servidumbres indicadas en el apartado anterior, en cumplimiento de lo que dispone el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
Las coordenadas y cotas de los puntos de referencia (PR) y de los umbrales, utilizadas a efectos de cálculo de estas servidumbres aeronáuticas, se determinan en coordenadas geográficas ETRS89, con origen en el meridiano de Greenwich, y sus elevaciones en metros, sobre el nivel medio del mar en Alicante.
A tales efectos se considera:
a) Punto de referencia para el cálculo de las servidumbres de aeródromo.
El punto de referencia queda determinado por las coordenadas geográficas siguientes: latitud Norte 40° 12’ 50,870’’; longitud Este 00° 04’ 24,690’’. La altitud del punto de referencia es de 347,0 metros.
La elevación utilizada como referencia para el cálculo de la superficie horizontal interna se corresponde con la elevación del punto de referencia (PR).
b) Pista de vuelo.
La pista de vuelo 06-24 tiene una longitud de 2700 metros por 45 metros de anchura, y queda definida por las coordenadas de sus umbrales y extremos de pista:
Umbral 06: latitud Norte 40° 12’ 27,140’’; longitud Este 00° 03’ 36,870’’; altitud 333,1 metros.
Extremo de pista 06: latitud Norte 40° 13’ 14,510’’; longitud Este 00° 05’ 12,890’’; altitud 360,1 metros.
Umbral 24: latitud Norte 40° 13’ 14,510’’; longitud Este 00° 05’ 12,890’’; altitud 360,1 metros.
Extremo de pista 24: latitud Norte 40° 12’ 27,140’’; longitud Este 00° 03’ 36,870’’; altitud 333,1 metros.
La pista dispone de Zonas Libres de Obstáculos (CWY), cuyas dimensiones son de 70 por 150 metros.
La cota máxima de la Zona Libre de Obstáculos de la pista 24 es 360,5 metros; mientras que para la pista 06, la cota máxima de la Zona Libre de Obstáculos coincide con la elevación del umbral.
c) Las Instalaciones radioeléctricas de este aeródromo son las que a continuación se relacionan:
1.ª Centro de Comunicaciones de la torre de control: latitud Norte 40° 12’ 44,190’’; longitud Este 00° 04’ 41,830’’; altitud 387,0 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
2.ª Centro de Emisores: latitud Norte 40° 12’ 31,453’’; longitud Este 00° 04’ 23,315’’; altitud 359,6 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
3.ª Equipo localizador del sistema de aterrizaje instrumental (LOC ICN): latitud Norte 40° 13’ 19,500’’; longitud Este 00° 05’ 22,900’’, altitud 364,8 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
4.ª Equipo medidor de distancias (DME CTN): latitud Norte 40° 13’ 07,700’’; longitud Este 00° 05’ 21,100’’; altitud 360,0 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
5.ª Radiofaro omnidireccional de muy alta frecuencia Doppler (VOR CTN): latitud Norte 40° 13’ 07,700’’; longitud Este 00° 05’ 21,100’’; altitud 360,0 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
6.ª Equipo medidor de distancias del sistema de aterrizaje instrumental (DME ICN): latitud Norte 40° 12’ 34,800’’; longitud Este 00° 03’ 44,500’’; altitud 339,0 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
7.ª Equipo de trayectoria de planeo del sistema de aterrizaje instrumental (GP ICN): latitud Norte 40° 12’ 34,800’’, longitud Este 00° 03’ 44,500’’, altitud 339,0 metros. Ubicado en el término municipal de Vilanova d’Alcolea.
A la hora de definir las servidumbres aeronáuticas correspondientes a las instalaciones radioeléctricas asociadas al sistema de aterrizaje instrumental, se tendrán en cuenta las coordenadas y elevaciones de los umbrales utilizados para tal finalidad.
Las servidumbres asociadas a las instalaciones enumeradas en el apartado anterior se completarán con el establecimiento de las servidumbres radioeléctricas aeronáuticas exclusivamente para el caso en que los obstáculos sean aerogeneradores en un real decreto ex profeso para dichas instalaciones.
De acuerdo con las cartas de aproximación por instrumentos OACI incluidas en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP España), existen los siguientes procedimientos instrumentales de aproximación al aeropuerto de Castellón:
Aproximación ILS RWY 06
Aproximación VOR RWY 06
Aproximación VOR
Los términos municipales afectados por las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Castellón, todos ellos ubicados en la provincia de Castellón/Castelló, son los que a continuación se relacionan:
Alcalà de Xivert.
Atzeneta del Maestrat.
Benlloc.
Borriol.
Cabanes.
Castelló de la Plana.
Cervera del Maestre.
Costur.
Culla.
Figueroles.
L’Alcora.
La Pobla Tornesa.
La Serratella.
Les Coves de Vinromà.
Les Useres/Useras.
Llucena/Lucena del Cid.
Peníscola/Peñíscola.
Santa Magdalena de Pulpis.
Sant Joan de Moró.
Sierra Engarcerán.
Torreblanca.
La Torre d’en Doménec.
Vall d’Alba.
Vilanova d’Alcolea.
Vilafamés.
Quedan integradas en el plan director del aeropuerto de Castellón las determinaciones relativas a las servidumbres aeronáuticas para la configuración correspondiente al escenario actual, de acuerdo con el artículo 29.1, párrafo segundo, del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, y conforme a las coordenadas y cotas que figuran en el apartado tercero. Para la configuración correspondiente al desarrollo previsible, se aplican las actuaciones propuestas en dicho plan director partiendo de las presentes servidumbres aeronáuticas.
El presente real decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 20 de junio de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
RAQUEL SÁNCHEZ JIMÉNEZ
Com a nou equip de govern ens comprometem a treballar incansablement des de la participació ciutadana i la col·laboració per fer de la Serratella un exemple de resiliència i èxit on tots els habitants puguen gaudir d'una qualitat de vida excepcional.
Moltes gràcies per la confiança.
Pspv-Psoe la Serratella
La Generalitat ha destinado 250.000 euros para apoyar a 61 municipios en la realización de diversas actividades con el objetivo de incentivar la llegada de nuevas personas para que residan en estas localidades. Una acción que se enmarca en la apuesta firme que está llevando a cabo la Generalitat en la lucha contra la despoblación y la dinamización de estas zonas.
A través de estas ayudas, los municipios beneficiarios, que están integrados en la Agenda Valenciana Antidespoblamiento (AVANT), pueden realizar campañas de promoción y difusión para dar a conocer, a través de las nuevas tecnologías de la información y la edición de publicaciones, los servicios y los beneficios de sus municipios para las nuevas personas que quieran residir en ellos. Además, esta convocatoria también respalda la creación de la figura de Agente Local de Acogida que desarrollará las funciones sociales de acogida de las nuevas personas que se conviertan en vecinas del municipio y de diseño de estrategias de convivencia intercultural.
Asimismo, la entidades beneficiarias también pueden llevar a cabo murales de bienvenida a la entrada de las localidades o la realización de actividades que fomenten la participación ciudadana en un proceso de creación y recuperación del espacio público de las poblaciones.
En concreto, se han acogido a estas subvenciones un total de 61 municipios, según se recoge en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOCV) de la pasada semana, que forman parte del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana.
La directora general de AVANT, Jeannette Segarra, ha destacado que “hay que seguir afianzado el compromiso de la Generalitat con estos municipios a través de acciones que fomenten su actividad en diferentes áreas como la económica o la social. Los datos muestran que gracias a la labor de la Agenda AVANT se está avanzando en las cifras relacionadas con el despoblamiento en los municipios que se encuentran afectados por este problema”.
“El objetivo de la Generalitat es dar visibilidad a estos municipios, poner en valor la labor de sus ayuntamientos, potenciar la imagen del mundo rural y sus recursos naturales, y atraer a personas a que se sumen a este entorno que nos ofrecen estas poblaciones de la Comunitat Valenciana”, ha asegurado Jeannette Segarra.
61 municipios beneficiarios
Así, han resultado beneficiarios 32 municipios de la provincia de València: Ademuz, Aielo de Rugat, Alcublas, Alpuente, Andilla, Aras de los Olmos, Ayora, Bellús, Bicorp, Bufali, Bugarra, Camporrobles, Carrícola, Castielfabib, Chulilla, Estubeny, Gátova. Gestalgar, la Granja de la Costera, Higueruelas, Llaurí, Losa del Obispo, Pinet, Rugat, Sot de Chera, Titaguas, Torrebaja, Vallanca, Vallés, Villar del Arzobispo, La Yesa y Zarra.
En el caso de la provincia de Alicante, las 5 localidades que han recibido esta ayuda son: la Vall d’Ebo, La Vall d’Alcalà, Tàrbena, Gorga y Fageca.
En la provincia de Castellón los 24 municipios son: Aín, Alcudia de Veo, Argelita, Azuébar, Canet lo Roig, Caudiel, Cirat, Cortes de Arenoso, Les Coves de Vinromà, Forcall, Herbers, La Mata de Morella, Matet, Morella, Palanques, Rossell, Toràs, La Torre d’En Besora, Vall de Almonacid, Vallibona, Villanueva de Viver, Villores, Vistabella del Maestrat y Zucaina.
Agenda Valenciana Antidespoblamiento
La Agenda Valenciana Antidespoblamiento (Agenda AVANT) nace de la apuesta firme y necesaria por parte del Gobierno de la Generalitat Valenciana de luchar contra la despoblación a lo largo de nuestro territorio. En estos momentos se encuentra integrada por 178 municipios en riesgo de despoblamiento.
La Agenda AVANT tiene como principal objetivo buscar el equilibrio territorial y trabajar en conjunto con las diferentes administraciones locales, mancomunidades, diputaciones y conselleries, no solo para frenar la despoblación, también para revertir las marcadas diferencias que encontramos en los municipios con menos población, mejorar la calidad de vida y bienestar de sus habitantes, garantizar los servicios básicos y desarrollar un crecimiento sostenible de la economía y la ocupación en el territorio.