divendres, 15 de gener del 2021

ORDRE DEL DIA DEL PLENO MUNICIPAL DE LES COVES DEL PROPER 19/01/2021

 


ORDEN DEL DÍA SESIÓN DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO 19 DE ENERO DE 2021 

PRIMERO.- Aprobación del Acta de la Sesión celebrada por el Pleno de la Corporación en fecha 30 de septiembre de 2020. 

SEGUNDO.- Rectificación de error material existente en el expediente núm. 1276/2019, de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. 

TERCERO.- Dar cuenta del cese de Secretario-Interventor y nombramiento de nuevo Secretario-Interventor. 

CUARTO.- Aprobación Modificación Estatutos Consorcio para la Ejecución de las Previsiones del Plan Zonal de Residuos de la Zona 1. 

QUINTO.- Dación de cuenta de los Decretos dictados por la Alcaldía desde la última Sesión ordinaria celebrada. 

SEXTO.- Ruegos y preguntas.

L´AJUNTAMENT DE LES COVES CONVOCA PER AL DIA 19 DE GENER EL PLENO APLAÇAT

 


Ajuntament de les Coves de Vinromà 

DECRETO DE ALCALDÍA ASUNTO: CONVOCATORIA DE SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE LES COVES DE VINROMÀ, A CELEBRAR EL 19 DE ENERO DE 2021 

Resultando que el Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión de 04 de julio de 2019, acordó la celebración de sus Sesiones ordinarias cada TRES (03) meses, el último mes de cada periodo (marzo, junio, septiembre y diciembre), dejando al criterio de esta Alcaldía la determinación de su fecha concreta. 

Resultando que por decreto de esta alcaldía número 755/2020, de 30 de diciembre, se acordó el aplazamiento del pleno ordinario de diciembre. 

Considerando que de conformidad con lo previsto por el artículo 46.3 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, “… cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor … que impidan o dificulten de manera desproporcionada el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones de los órganos colegiados de las Entidades Locales, estos podrán, apreciada la concurrencia de la situación descrita por el Alcalde, … constituirse, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos, siempre que sus miembros participantes se encuentren en territorio español y quede acreditada su identidad”. 

Considerando en tal sentido las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en particular en lo relativo a la necesidad de mantener una distancia de seguridad interpersonal en cualquier espacio cerrado de uso público de, al menos, 1,5 metros, aspecto éste que no resulta posible observar en la celebración de una Sesión presencial del Pleno de este Ayuntamiento, por lo que en virtud del deber de protección y cautela previsto por el artículo 4 del propio Real Decreto-ley 21/2020, resulta necesario proceder a la celebración de la Sesión plenaria por medios electrónicos, en los términos previstos en el ya citado artículo 46.3 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. 

Por cuanto antecede, en uso de las facultades conferida por los artículos 21.1, letra c), de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 80.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía

 RESUELVE: 

PRIMERO.- Convocar la sesión ordinaria , correspondiente al mes de diciembre de 2020, del Pleno del Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, a celebrar por medios electrónicos el 19 de enero 2021, a las 15 horas y 30 minutos, con el Orden del Día que se acompaña a la presente convocatoria. Si, por cualquier circunstancia, no pudiere celebrarse la sesión plenaria en la fecha prevista, la misma se entenderá automáticamente convocada el día 21 de enero de 2021, a la misma hora, a tenor de lo dispuesto en el artículo 90.2 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. 

SEGUNDO.- Permitir la conexión por medios electrónicos de los integrantes del Pleno de la Corporación, en la forma prevista por los artículos 46.3 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

TERCERO.- Notificar la presente Convocatoria a los miembros de la Corporación en la forma y plazos legalmente previstos. En les Coves de Vinromà, a la fecha de la firma. 

La Alcaldesa, (documento firmado electrónicamente) Fdo. Dña. Mònica Nos Orient

EL FINS ARA SECRETARI MUNICIPAL DE LES COVES, SR. JOAQUÍN MIGUEL BURGAR ARQUIMBAU DEIXA EL CÀRREC

 


Ajuntament de les Coves de Vinromà 

ACTA DE CESE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DE LES COVES DE VINROMÀ 

Considerando las previsiones contenidas en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Considerando las previsiones contenidas en el Decreto 32/2013, de 8 de febrero, del Consell, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. Vista la Resolución del Director General de Administración Local por la que se autoriza el ejercicio acumulado de las funciones de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de les Coves de Vinromà a D. Joaquín Miguel Burgar Arquimbau, forma de provisión que se desea revocar a través del presente acto. Por cuanto antecede, y por medio de la presente, se procede al cese, a la fecha de la firma, en el ejercicio de las funciones propias de la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de les Coves de Vinromà por parte de D. Joaquín Miguel Burgar Arquimbau, en régimen de acumulación. Y para constancia de todo ello se extiende la presente acta, en les Coves de Vinromà, a la fecha de la firma. La Alcaldesa, (documento firmado electrónicamente) Fdo. Dña. Mónica Nos Orient El Funcionario con Habilitación Nacional, (documento firmado electrónicamente) Fdo. Joaquín Miguel Burgar Arquimbau

QUINES VACUNES TINDREM DISPONIBLES A ESPANYA?




Desde la Comisión Europea se coordina la adquisición de vacunas para los ciudadanos de la Unión Europea. Se han negociado acuerdos de compra anticipada, con presupuesto europeo, con varias compañías farmacéuticas (ver tabla inferior). Las vacunas estarán disponibles para su uso siempre que se autoricen en la Unión Europea, siguiendo el procedimiento establecido por la Agencia Europea de Medicamentos por el que se determina si cada vacuna es segura y eficaz para su uso en la población.


La Comisión Europea está negociando 7 vacunas en distintas fases de desarrollo, pero el número final de dosis disponibles dependerá de las vacunas que finalmente se autoricen. A España le corresponderá aproximadamente el 10% de las dosis negociadas. Es necesario tener en cuenta que la mayor parte de las vacunas requieren la administración de dos dosis para conseguir una respuesta inmune adecuada.

https://www.vacunacovid.gob.es/preguntas-y-respuestas/que-vacunas-tendremos-disponibles-en-espana?fbclid=IwAR1Fx-LZLgUF5jgaEGQ400RN25R4xuW2tMmNKcVV3icC9nn5IZXpOK1upns