dissabte, 5 de desembre del 2020

MESURES NADAL, COVID-19



Generalitat Valenciana  

Confinament perimetral 

Limitació de la circulació nocturna

Grups de 6 persones

Prorrogades fins al 15 de gener amb excepcions durant els dies més assenyalats 

Ací tots els detalls

DECRETO 19/2020, de 4 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, de medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y al amparo de la declaración del estado de alarma, y prorrogada por los decretos 16/2020, de 5 de noviembre; 17/2020, de 12 de noviembre; y 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat, y se adoptan nuevas medidas.

  Mediante el Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, el Gobierno de España declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, en todo el territorio nacional, al amparo del artículo 116.2 de la Constitución y del artículo 4 de la Ley orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.  

Mediante el Real decreto 956/2020, de 3 de noviembre, se prorrogó el estado de alarma, previa autorización del Pleno del Congreso de los Diputados, que se extenderá desde las 00.00 horas del día 9 de noviembre de 2020, hasta las 00.00 horas del día 9 de mayo de 2021.  Durante el período de vigencia del estado de alarma activado y su prórroga, en cada comunidad autónoma y ciudad con estatuto de autonomía, la autoridad competente delegada es quien ostente la presidencia de la comunidad autónoma o ciudad con estatuto de autonomía, en los términos establecidos en el real decreto.  

Las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de España, las órdenes, resoluciones y disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11.  El artículo 6 del Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, en relación con los artículos 9 y 10 del citado real decreto, establece la posibilidad de limitar la entrada y la salida de los territorios de las comunidades autónomas y ciudades con estatuto de autonomía, con ciertas excepciones, con el propósito de reducir sustancialmente la propagación del virus.  Al amparo del mismo, y por el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, se adoptaron medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, restringiendo la entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, salvo para los desplazamientos, adecuadamente justificados, por los motivos que en él se especifican, por un periodo de siete días naturales desde las 12 horas del día 30 de octubre de 2020. Dicha medida se ha prorrogado mediante los decretos 16/2020, de 5 de noviembre; 17/2020, de 12 de noviembre; y 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat.  La situación epidemiológica actual aconseja prorrogar estas medidas, a efectos de continuar frenando los contagios que se están produciendo, si bien estableciendo cierta flexibilidad en algunas de ellas con motivo de las fiestas navideñas.  Por todo ello, de acuerdo con la habilitación establecida en el artículo 2, apartado 2, del Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, teniendo en cuenta la valoración global de indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, y con base en los informes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública,    

DECRETO   

 Primero. Limitación de la entrada y la salida en la Comunitat Valenciana  Se prorroga la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, adoptada en el Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del president de la Generalitat, y prorrogada por los decretos 16/2020, de 5 de noviembre; 17/2020, de 12 de noviembre; y 18/2020, de 19 de noviembre, del president de la Generalitat, hasta las 23.59 horas del día 15 de enero de 2021, en los términos especificados en los mismos.  Los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y 1 de enero de 2021, se autorizan aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, así como los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables.    

Segundo. Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.  En las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre de 2020 al 1 de enero de 2021, la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno se ampliará hasta las 01.30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.    

Tercero. Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.  La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan respecto de dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público. La permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.    En el caso de las agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como personas no convivientes, el número máximo a que se refiere el párrafo anterior será de seis personas.  En relación con la limitación de la permanencia de grupos de personas, los encuentros con familiares o con personas allegadas para celebrar las comidas y las cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 quedan condicionados a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.  En todo caso, se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia y que no se superen los dos grupos de convivencia.    

DISPOSICIÓN FINAL    

Única. Efectos  La prórroga adoptada en el apartado primero del presente decreto surtirá plenos efectos desde las 00.00 horas del día 10 de diciembre de 2020.  Contra el presente decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.    

València, 4 de diciembre de 2020    

El president de la Generalitat,  XIMO PUIG I FERRER

http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2020/10569&L=0&fbclid=IwAR0VUmM__BwFG6JMS20mo-1eaG3i0NWHicKhWRCCeEPPLW_pyvhKke12sa4

DIPUTACIÓ SUBVENCIONARÀ LA PRÀCTICA TOTALITAT DEL COST DELS SERVEIS SOCIALS I AJUDES D´EMERGÈNCIA AL NOSTRE POBLE

 


NUEVO MODELO PARA LOCALIDADES DE MENOS DE 10.000 HABITANTES 

La Diputación estrenará modelo de financiación de atención primaria para municipios pequeños Castellón Plaza 

 4/12/2020 -  CASTELLÓ. (EP). La vicepresidenta de la Diputación y diputada de Bienestar Social, Patricia Puerta, ha convocado esta semana por vía telemática a los representantes de las 124 poblaciones castellonenses de menos de 10.000 habitantes para informarles del nuevo modelo de financiación de los servicios sociales municipales del que se beneficiarán a partir de 2021.  Puerta ha comunicado que desde el 1 de enero la institución provincial se hará cargo de la práctica totalidad del coste ligado al personal de los servicios sociales y de las prestaciones de urgencia, como son las ayudas de emergencia social, para combatir la pobreza energética y de atención domiciliaria.

 Para concretar esta nueva relación interinstitucional se procederá a la formalización de un contrato-programa con cada ayuntamiento, en el que se especificarán los detalles de las acciones a desarrollar y su financiación.  Para la vicepresidenta se trata "de un gran avance social" porque este sistema, cuya finalidad es la mejora de la eficacia en las prestaciones, permitirá diseñar planes de actuación a más largo plazo y garantizar la empleabilidad a cuatro años vista del personal adscrito a estos servicios, "con todas las mejoras en cuanto a atención y cuidado de las personas que ello comporta".  

En cuanto al pago de la financiación, la responsable de Bienestar Social ha explicado que se agilizarán los trámites para que los ayuntamientos dispongan a lo largo del primer trimestre del año el 90 por ciento de la cantidad que por población les corresponde. "Nos hemos marcado como fecha límite el 31 de marzo de 2021 para firmar los nuevos contrato-programa. Es esencial que así sea porque no podemos permitir que los ayuntamientos tengan que adelantar gran parte del dinero cuando todavía no han recaudado sus impuestos o que el propio personal asuma servicios con sus recursos hasta que lleguen los fondos", ha dicho.  

Con la introducción de este nuevo sistema, la Diputación se pone al día con la normativa vigente al adaptar la estructura del área de Bienestar Social a la ley autonómica de Servicios Sociales Inclusivos. Este año, según ha recordado, se asumieron las poblaciones de hasta 6.000 habitantes a través de subvenciones directas a los ayuntamientos, pero ahora, con la inclusión de los municipios de menos de 10.000, se actualizará el modelo de relación para adaptarlo a la legislación valenciana.  En total, el coste de dar cobertura social a los 124 de los 135 municipios de la provincia asciende a 4,2 millones de euros, un esfuerzo económico "muy importante", pero que -según Puerta- vale mucho la pena porque la ciudadanía "es la principal beneficiada". 

 Además de reunirse con las alcaldesas y alcaldes de las mancomunidades de servicios, Patricia Puerta también se ha entrevistado con los equipos de coordinación de estas áreas, a fin de informarles de los cambios que se implantarán en el área social de la Diputación en 2021.

https://castellonplaza.com/la-diputacion-estrenara-modelo-de-financiacion-de-atencion-primaria-para-municipios-pequenos