i en conseqüència s´anul·la el procés de selecció subsiguent.
Expediente n.º: 410/2021
Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento:
Selecciones de Personal y Provisiones de Puestos Fecha de iniciación: 09/04/2021 DECRETO DE ALCALDÍA A la vista de los antecedentes en el proceso selectivo para la selección de un/una auxiliar administrativo, funcionario/a interino/a por exceso o acumulación de tareas en éste Ayuntamiento en el procedimiento para constituir una bolsa de trabajo,
CONSIDERANDO que presentado por Doña Belen Edo Benlliure escrito de alegaciones en el procedimiento con registro de entrada de fecha 19 de mayo de 2021 y en la que manifiesta en su primer punto que “(…) el examen no se ha ajustado a lo dispuesto:
1.- En la BASE SÉPTIMA, párrafo dedicado a la prueba teórica (…)”.
CONSIDERANDO que el Tribunal atendiendo a las reclamaciones efectuadas por distintos opositores no decidió anular la primera prueba, prueba tipo test, decidiendo la eliminación de las primeras veinte preguntas del formulario tipo test por no estar contempladas en el temario de las Bases Reguladoras del proceso de selección y así como que las preguntas números treinta, treinta y uno, y treinta y dos, del examen tipo test teniendo cuatro opciones de respuesta alternativa, y considerando que las Bases Reguladoras del proceso selectivo en su apartado concreto de “Prueba Teórica”, primer apartado, establece “... tres respuestas alternativas ...” decidiendo, el Tribunal que, al momento de corrección sólo se tendrá en cuenta para su calificación si la respuesta ha sido contestada correctamente, y para en el caso de que no fuera correcta su contestación NO se tendría en cuenta como contestación errónea, y por consiguiente, no computara para la penalización para los aspirantes.
RESULTANDO
que las preguntas de la prueba test realizada con fecha 14 de mayo de 2021 no se ajustó a lo establecido en las Bases de selección publicadas, con valoración de 30 preguntas y no 50, a la vez de que no cumplía con la propuesta de pregunta por tema, y es por cuanto que, estimando parcialmente las alegaciones presentadas y atendida la reclamación por la Sra. Edo en los términos manifestados, procede resolver lo siguiente,
RESUELVO PRIMERO. Que en estimación de la alegación presentada, vengo en anular y dejar sin efecto el proceso de selección de personal de un/una auxiliar administrativo, funcionario/a interino/a por exceso o acumulación de tareas en éste Ayuntamiento en el procedimiento de constitución de bolsa de trabajo, por no ajustarse el examen tipo test a las bases de la convocatoria.
SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de la página web Municipal y la Sede Electrónica de este Ayuntamiento http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es. En les Coves de Vinromà en la fecha de la firma que consta al margen La Alcaldesa (documento firmado electrónicamente) Fdo.: Doña Mónica Nos Orient