COVID-19
EMISOR:
DIRECCIÓ GENERAL
DE SALUT PÚBLICA I ADDICCIONS
DESTINATARIO/S:
MUNICIPIOS DE LA COMUNITAT
VALENCIANA
CENTROS DE SALUD
PROTOCOLO SANITARIO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE Y OCIO EDUCATIVO DIRIGIDAS A POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL EN LOS MUNICIPIOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA
PÚBLICA
FECHA: 08/06/2020 VERSIÓN: 2
ASUNTO:
OBJETIVOS
1. Establecer un marco general que garantice la homogeneidad en los diferentes municipios
de la Comunitat sobre las condiciones y medidas en las que se pueda reiniciar las
actividades presenciales de educación no formal en el ámbito del ocio y tiempo libre de
menores y jóvenes: escuelas municipales de verano y servicios municipales de juventud y
deporte.
2. Proteger la salud y garantizar la seguridad de las personas participantes y trabajadoras
mediante una serie de medidas generales y otras específicas para las situaciones
concretas.
La implementación de las diferentes actividades dependerá de la evolución de la pandemia
en nuestro territorio y de las fases de la desescalada de la Comunitat Valenciana con las
especificidades que en cada fase marquen los órganos competentes.
Las recomendaciones que se hacen en este documento están alineadas con las propuestas del
artículo 43 de la Orden SND/458/2020 de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas
restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en
aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Previsiblemente la superación de esta fase y el paso a la normalidad en las próximas semanas
permitirá una cierta flexibilización de estas recomendaciones.
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD:
Medidas recomendadas para el desarrollo de las escuelas de
verano: escoletes d’estiu i espais joves
ÁMBITO DE LA ACTIVIDAD: Municipios de la Comunitat Valenciana
Medidas aplicables a todas las actividades de ocio educativo
1. PERSONAL Y PARTICIPANTES
• Profesionales (monitores y personas empleadas): corresponde al ayuntamiento/empresa,
a través del servicio de prevención de riesgos laborales garantizar su buen estado de salud
para desempeñar las tareas diferenciadas que realizan y hacer un adecuado seguimiento.
• Se asegurará en el lugar de trabajo la disponibilidad permanentemente de agua y jabón, o
de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados
por el Ministerio de Sanidad, para la limpieza de manos. Asímismo, cuando no pueda
garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente 2 metros, se
asegurarán los equipos de protección al nivel de riesgo.
• El personal encargado de la limpieza realizará todas las tareas con mascarilla y guantes y
al finalizar llevará a cabo una completa higiene de manos, con agua y jabón.
• Las personas trabajadoras que inicien síntomas, se retirarán a un espacio separado y se
pondrán una mascarilla quirúrgica. Contactarán con su Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales y centro de salud o con el teléfono de referencia 900300555 y seguirán sus
instrucciones.
• Alumnado: las familias vigilarán el estado de salud y realizarán toma de temperatura todos
los días antes de salir de casa para ir al centro educativo. Si el alumnado tuviera fiebre o
síntomas compatibles con COVID-19 no deberá asistir al centro, pero sí notificarlo y
contactar con su centro de salud.
• El alumnado que presenta condiciones de salud que le hacen más vulnerables para COVID19 (por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares
crónicas, cáncer, inmunodepresión o hipertensión arterial), podrá acudir al centro, siempre
que su condición clínica esté controlada y lo permita y manteniendo las medidas de
protección de manera rigurosa.
• En el caso que, durante el periodo de actividades una persona participante/alumnado
inicie síntomas (tos, fiebre, dificultad para respirar, etc.) o sean detectados por personal
del centro, se le llevará a un espacio separado. Se facilitará una mascarilla quirúrgica para
el alumnado y otra para la persona adulta que le cuide hasta que lleguen sus progenitores
o tutores. La sala para uso individual debe ser elegida previamente, próxima a un aseo,
debe contar con ventilación adecuada y con una papelera de pedal con doble bolsa, donde
tirar la mascarilla y pañuelos desechables. Se avisará a la familia que debe contactar con su
centro de salud o con el teléfono de referencia 900300555, para que se evalúe su caso.
2. MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN EXIGIBLES
Información y formación
• Todas las familias serán informadas mediante una circular, antes del inicio de la actividad,
de las medidas higiénico-sanitarias que se van a tomar. Se indicará a las familias que el
alumnado no puede acudir a las actividades en las siguientes circunstancias: si presenta
síntomas compatibles con COVID-19 o está diagnosticado de COVID-19, o se encuentra en
periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con
síntomas o diagnosticado de COVID-19.
• Además se les solicitará como requisito para poder participar en la actividad, que realicen
una declaración responsable sobre la salud del niño/a en los 14 días previos al inicio de la
misma y de no haber estado en contacto estrecho con alguna persona con sintomatología
de COVID-19.
• En el caso que durante el transcurso de la actividad se declarara un caso de contagio en la
unidad familiar de un participante, se comunicará inmediatamente a la organización.
• Con antelación al inicio de la actividad, se realizará una formación a toda la plantilla de
trabajo implicada, para que lleven a cabo de forma eficaz y coordinada, todos los
protocolos vigentes.
• Al inicio de la actividad, los coordinadores y monitores impartirán una charla informativa a
los menores participantes, sobre cómo cumplir las medidas de seguridad y prevención. Se hará especial hincapié en la responsabilidad individual y la importancia de seguir las
normas de higiene y convivencia.
• Es importante reforzar visualmente la formación con la cartelería informativa en los
espacios clave de la instalación (entradas y salidas, aseos, etc.). Dar a conocer los horarios
de entrada, acompañamiento de padres, madres, tutores, medidas de protección
respiratoria adecuadas para estar en el centro, desinfección de manos, etc.
Limpieza y desinfección de instalaciones
• Se deben realizar tareas de ventilación diaria de las instalaciones, durante el tiempo
necesario para permitir la renovación del aire. Reforzar la limpieza de los filtros de aire y
aumentar la ventilación de los sistemas de climatización, NO está recomendada la
utilización de ventiladores.
• Mantener, siempre que sea posible las puertas abiertas mediante cuñas y otros sistemas
para evitar el contacto de las personas con las manetas y pomos.
• Arbitrar la limpieza y desinfección de las instalaciones, al menos dos veces al día y una de
ellas al finalizar la jornada, prestando especial atención a las zonas de uso común y
superficies de contacto más frecuentes, como pomos de las puertas, mesas, suelos,
muebles, pasamanos, teléfonos, perchas, etc.
• Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) o cualquiera de los
desinfectantes con actividad virucida en el mercado, que hayan sido autorizados y
registrados por el Ministerio de Sanidad, respetando las indicaciones de la etiqueta.
• Para los aseos que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será
del 50% del número que tenga, debiéndose mantener durante su uso la distancia de
seguridad de 2 metros. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de estos aseos, para
garantizar el estado de seguridad e higiene.
• Las zonas donde se realiza el lavado de manos estarán dotadas de jabón y toallas de papel.
Para la desinfección de las manos se procurarán dispensadores de gel hidroalcohólico en
lugares comunes y estratégicos. Asegurar su acceso correcto funcionamiento y adecuado
mantenimiento.
• Para cada uno de los casos anteriores (zona de lavado de manos y dispensadores de
hidrogel) se dispondrán de carteles indicadores de la correcta técnica de práctica de
dichas medidas.
• Se procuraran papeleras con tapa y pedal o al menos, siempre existirá doble bolsa de
basura.
• Todo elemento que pueda ser utilizado para actividades educativas o lúdicas susceptibles
de uso común o intercambio, deberá ser objeto de higiene y desinfección para prevenir
riesgo de contagio por intercambio de fómites. Los elementos deportivos de uso individual
será recomendable, en lo posible, su disponibilidad discrecional o particular o arbitrar
medidas estrictas de higiene.
• En caso de usar ropa específica para las actividades en el centro docente se recomienda su
limpieza diaria. Una vez usada debe manipularse lo menos posible, ser suavemente
enrollada y llevar directamente a la lavadora o colocar en una bolsa para su traslado al
lugar de lavado.
Accesos y circulación por las instalaciones
• El transporte a los centros o lugares donde se realicen las actividades, deberá hacerse de
acuerdo con la normativa vigente.
• Accesos para entradas y salidas. Se establecerán zonas de entrada y salida diferenciadas al
centro donde se lleven a cabo las actividades, las cuales deben señalizarse adecuadamente
con el fin de evitar cruces o agregaciones innecesarios del alumnado. Si es necesario, se
pueden programar diferencias horarias para evitar aglomeraciones en las entradas y
salidas al centro.
• Se establecerán puertas de entrada y salidas independientes, cuando sea posible, para
evitar cruces y prever las zonas comunes de uso reducido. También se definirán los
sentidos de circulación de los pasillos, cuando sean inferiores a 2 metros.
• Para los menores acompañados de familiares, se señalará una distancia de 2 o más
metros hasta la entrada al recinto donde poder dejar a los niños y niñas.
Medidas específicas para las escuelas de verano (incluyendo población de educación infantil)
• Aunque se posibilitan tanto las actividades al aire libre, como en espacios cerrados amplios
con ventilación constante y en espacios provistos de aire acondicionado, se recomienda
priorizar las actividades al aire libre.
• Si el número de participantes impide respetar las medidas personales de higiene y
prevención obligatorias se establecerán turnos, teniendo en cuenta que la actividad tendrá
un máximo 6 horas de duración.
• Organización de actividad al aire libre: Cuando el desarrollo de la actividad se lleve a cabo
al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima
habitual de la actividad, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Se
organizará y desarrollará en espacios netamente separados, por subgrupos de 10
participantes (máximo) atendidos por 1 monitor responsable del cumplimiento de las
medidas personales de higiene y prevención obligatorias, estando sus relaciones sociales
restringidas a este equipo.
• Organización de la actividad en espacios cerrados con ventilación o aire acondicionado.
Cuando las citadas actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el
número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual de la actividad; con
un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores. La actividad se organizará en
espacios o aulas netamente separadas, por subgrupos de 10 participantes (máximo)
atendidos por 1 monitor responsable.
• En caso de servicio de alimentación se evitará el autoservicio y se ofrecerá un menú
cerrado, adaptado a las alergias, intolerancias y dietas especiales de cada participante. Los
platos o bandejas serán servidos por el personal de cocina con ayuda de los monitores,
cumpliendo con las medidas de protección. En la medida de lo posible, se organizarán
turnos de comida para garantizar las distancias de seguridad.
• En las actuaciones realizadas por los educadores que comporten imprescindiblemente el
contacto físico con el alumnado que necesita de su atención, se deberá realizar
previamente y posteriormente la higiene de manos adecuada, tanto del educador como
del alumno al que se le presta atención.
El uso de guantes no es recomendable de forma general, pero sí en los casos de
manipulación de alimentos, cambio de pañales y tareas de limpieza.
• En aquellas circunstancias en las que no se pueda garantizar la distancia de dos
metros, se deben usar mascarillas higiénicas, en mayores de 6 años, en la vía pública,
en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se
encuentre abierto al público.
• La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes
supuestos
a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse
agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud
debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia
presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte
incompatible el uso de la mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
LA DIRECTORA GENERAL DE SALUT PÚBLICA I ADDICCIONS
Firmat per Ofèlia Gimeno Forner
l'11/06/2020 09:00:44
http://coronavirus.san.gva.es/documents/469630/632153/Ayuntamientos_Actividades_verano_2020_06_11.pdf/7a01135e-7be3-bfca-f3f7-e8d347f83b92