dissabte, 2 de novembre del 2024

POT EL GOVERN DECLARAR L´ESTAT D´ALARMA PER LA DANA?

 SI POT PERÒ, TOT I SER SER CONSTITUCIONAL, AL GOVERN DE PEDRO SÁNCHEZ LI CAL SER PRUDENT PERQUÈ TÉ DOS SENTÈNCIES EN CONTRA PER DECLARAR ELS DOS ESTATS D´ALARMA QUAN LA PANDÈMIA DE COVID

Vegeu la primera i la segona sentències

-Primera sentència:

El Gobierno ordena devolver todas las multas del primer estado de alarma por el coronavirus al ser declarado inconstitucional

Actualizado 
Agentes de la Policía en un control durante el estado de alarma, en 2020.
Agentes de la Policía en un control durante el estado de alarma, en 2020.BERNARDO DÍAZ

El Gobierno ha ordenado crear un equipo de trabajo para proceder a la devolución de todas las multas que se impusieron a los ciudadanos durante el primer estado de alarma por la Covid-19 y anular los expedientes que seguían siendo tramitados por la administración, según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio de Política Territorial.

Tras el fallo del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el primer estado de alarma -y tiene que decidir sobre el segundo-, el Ejecutivo ha creado equipos de trabajo con todas las subdelegaciones y delegaciones del Gobierno, participando también la Agencia Tributaria, la Delegación de Economía, el Tesoro Público y Política Territorial. Con el asesoramiento de equipos informáticos, el Gobierno procederá a la devolución "de oficio" de la cantidad que se cobró en las sanciones impuestas en cumplimiento del estado de alarma. Para ello, se habilitará un mecanismo para que los ciudadanos consignen una cuenta bancaria desde la que poder llevar a cabo la transacción.

En el equipo participan las subdelegaciones y delegaciones del Gobierno de todas las comunidades autónomas excepto Cataluña y País Vasco, que tienen la competencia en esta materia transferida. De hecho, el vicelehendakari y consejero vasco de Seguridad, Josu Erkoreka, anunció a principios de octubre que se procedería a la devolución.

El estado de alarma declarado por el Real Decreto de 14 de marzo habilitó a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, policías autonómicas y locales para sancionar a los ciudadanos que no cumplieran con el confinamiento domiciliario, pero el pasado mes de julio el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional esta medida.

El balance final dejó 1.142.127 multas impuestas en toda España en el primer estado de alarma -desde el 14 de marzo al 21 de junio-, y al menos 220.296 sanciones en el segundo estado de alarma -desde 26 de octubre hasta mayo-, según datos del Ministerio del Interior facilitados en marzo, cuando se cumplió un año del primero de los estados de alarma.

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública actualizó la cifra en mayo al informar de que las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno habían resuelto ya con sanción 172.482 expedientes, el 50,1% del total.

Las delegaciones del Gobierno tramitaron estos expedientes a raíz de las propuestas de sanción tramitadas por Policía Nacional, Guardia Civil y cuerpos autonómicos y locales. Correspondía, por tanto, al confinamiento domiciliario más estricto y a las multas tramitadas por la Ley de Seguridad Ciudadana.

Sanciones tramitadas

De las 481.969 actas de propuesta de sanción tramitadas, 172.482 se habían resuelto con sanción; 87.826 habían sido trasladadas a otras administraciones (autonómicas y locales); 54.193 se encontraban todavía en proceso de instrucción; y 11.206 habían sido archivadas. El resto, 156.262, tras el análisis del instructor correspondiente se había determinado que, a la vista de los hechos, "no procedía iniciar el procedimiento sancionador por distintas causas".

Andalucía (195.986) y Madrid (184.517) eran las comunidades autónomas en las que más expedientes de denuncia se interpusieron entre el 14 de marzo y el 21 de junio. Ceuta y Melilla presentaban las menores cifras, con 9.472 y 4.199 propuestas, respectivamente.

Para atender al volumen de expedientes y a la "desproporcionada carga de trabajo", Política Territorial anunció en mayo que ponía en marcha un programa de refuerzo para agilizar la tramitación de multas con la idea de que quedaran "resueltos en tiempo y forma". En total, había 235 efectivos en todo el país encargados de determinar si, a la vista de los hechos, procedía o no iniciar el expediente sancionador.

elMundo


-Segona sentència:

El TC también declara inconstitucional el segundo estado de alarma y la cogobernanza con las CC. AA.
Esta resolución supone un nuevo revés para el Ejecutivo que ya en julio vio como el tribunal de garantías declaraba la inconstitucionalidad de algunos aspectos del primer estado de alarma.

Heraldo.es
Europa Press. Madrid
NOTICIA
ACTUALIZADA 27/10/2021 A LAS 15:40

Plaza del Torico en Teruel durante el estado de alarma.
Plaza del Torico en Teruel durante el estado de alarma.
Antonio García

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el segundo estado de alarma decretado por el Gobierno para combatir la pandemia, una decisión a la que se han opuesto cuatro de los diez magistrados que han votado.

Fuentes jurídicas han informado  de que el Pleno del tribunal de garantías ha estimado así el recurso de amparo de Vox, lo que supone el tercer golpe contra la estrategia jurídica del Ejecutivo de Pedro Sánchez durante la emergencia sanitaria, tras declarar inconstitucional el primer estado de alarma y la suspensión de la actividad parlamentaria.

La votación no ha cogido por sorpresa al tribunal porque las posiciones ya estaban hace tiempo asentadas y se daba por hecho que la ponencia del conservador Antonio Narváez iba a prosperar.

Así, el recurso ha salido adelante con los votos del bloque conservador del que se ha desmarcado el presidente Juan José González Rivas, que como ya sucedió con la votación del primer estado de alarma se ha vuelto a alinear con los progresistas Cándido Conde Pumpido, Maria Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol, quienes han anunciado que formularán voto particular.

Pero precisamente ese plazo es una de las cuestiones que han inclinado la balanza hacia la inconstitucionalidad ya que el sector conservado se ha amparado en el "plazo excesivo" del decreto.

Al contrario que con el primer estado de alarma, que se prorrogaba cada quince días, con el segundo el Gobierno determinó un período de seis meses que fue aprobado mayoritariamente por el Congreso.

Precisamente, añaden las fuentes, es ese periodo lo que el tribunal considera inconstitucional al no haberse ejercido un control parlamentario eficaz ni periódico del Congreso sobre esta medida, que es más relevante aun cuando se trata de una crisis sanitaria.

El otro motivo que ha justificado la estimación del recurso es la denominada cogobernanza con las comunidades autónomas a la hora de acordar limitaciones de derechos fundamentales que de acuerdo al criterio del tribunal no correspondía adoptar a las autonomías.


Coses de la "justícia" totalment fora del nostre abast de comprensió profana 





Las narrativas desinformadoras que culpan a una imaginaria “destrucción de presas y embalses” de las consecuencias de la DANA en la Comunidad Valenciana


Publicado
Claves
  • Las infraestructuras derribadas en la cuenca del Júcar, la más afectada a 31 de octubre de 2024 por las inundaciones por la DANA, son azudes y pequeñas presas en desuso, no grandes presas
  • Uno de los motivos por los que se eliminan estas barreras es, precisamente, para evitar riesgos en caso de inundaciones
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Qué narrativas desinformadoras se han viralizado: que la “destrucción de embalses y presas de los últimos años” son las responsables de las inundaciones en la provincia de Valencia y que, si siguieran en pie, las consecuencias no serían tan graves.

La realidad: no se han destruido ni embalses ni grandes presas en la cuenca hidrográfica del Júcar, la más afectada por las inundaciones y que incluye a la provincia de Valencia. Los azudes derribados en la Demarcación Hidrográfica del Júcar se eliminaron entre los años 2006 y 2021 (último año disponible en los datos del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico), con Gobiernos de distinto color político (Aznar, Zapatero, Rajoy y Sánchez). En la provincia de Valencia las únicas barreras demolidas se tiraron entre 2006 y 2017, antes del primer Gobierno de Sánchez (2018).

Qué podemos explicar: no es posible verificar qué habría ocurrido si el hipotético mundo que imaginan estos contenidos existiera. Sí podemos explicar que se han demolido azudes y pequeñas presas, no embalses o grandes presas, y que se eliminan por seguridad ante inundaciones, por obligación legal y por restauración de ecosistemas. No eliminar azudes obsoletos o en mal estado conlleva más riesgo de inundaciones porque se eleva el nivel del agua en zonas no controladas y pueden formarse tapones, según dos expertos.


Qué infraestructuras se han eliminado en la zona afectada por la DANA y por qué sabemos que no son grandes presas ni embalses

Algunos mensajes de esta narrativa indican que se están destruyendo “presas y embalses”. También apuntan a que esto se hace a petición de la Unión EuropeaEsto es falso.

Lo que se ha destruido, desde al menos el año 2000, son barreras fluviales pequeñas: estructuras que interrumpen el flujo de los ríos y que son en su mayoría azudes y pequeñas presas de pocos metros de altura que han quedado obsoletas o no tienen uso. Estas estructuras no retienen agua, como sí hace un embalse, sino que servían para elevar la lámina de agua y desviar el caudal a otros lugares para, por ejemplo, facilitar el riego de parcelas cercanas. En este artículo de Maldita.es explicamos las infraestructuras demolidas en la provincia de Valencia, para desmentir que “se han demolido cuatro pantanos”.

El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) publica el número de infraestructuras eliminadas por demarcación hidrográfica y año. En el caso de la Cuenca Hidrográfica del Júcar, la más afectada por estas inundaciones y donde se encuentra la provincia de Valencia, se han derribado 28 de infraestructuras desde el año 2000. En el geoportal del MITECO es posible ver cada una de estas infraestructuras junto con la fecha del derribo, el uso que tenía la infraestructura y la altura, y en algunos casos se aportan observaciones sobre quién financió la demolición o cuál era el motivo del derribo. Ninguna de estas infraestructuras era una presa ni un embalse.

La infraestructura más alta de las derribadas es el azud Aprovechamiento H. El Retorno, de 7,35 metros, una altura considerable pero aún así menor que las presas de los embalses más pequeños del Júcar: El Regajo (6 hm3, con una presa de 28 metros) y Algar (6 hm3, con una presa de 49 metros).

Además, existen seis infraestructuras demolidas que reciben el nombre de “presa de”: AlbaladejitoLa HozLas HoyasLas PericasLos Garridos y NarbonetaNinguna de estas infraestructuras era la presa de un embalse, como se puede ver tanto en el geoportal del MITECO como en las imágenes de Google Maps (enlaces a donde se encontraba cada infraestructura).

Por otro lado, en Maldita.es explicamos las infraestructuras demolidas concretamente en la provincia de Valencia, para desmentir los contenidos que afirman que “se han demolido cuatro pantanos”.

Captura de pantalla del geoportal del MITECO donde se pueden ver las infraestructuras derribadas (puntitos amarillos) en la provincia de Valencia.

Quién es el responsable de eliminar estas barreras: ni Sánchez ni la Unión Europea, sino los organismos de cuenca

Algunos contenidos que responsabilizan al Gobierno de Sánchez o a la Unión Europea del derribo de estos azudes o presas pequeñas. En primer lugar, demolición de estas barreras es una decisión que toman los organismos de cuenca, las instituciones que controlan el uso del agua en las cuencas hidrográficas (zonas por donde transcurren un río principal y sus afluentes). 

Algunas de estas instituciones dependen de un Gobierno autonómico (si la cuenca está enclavada en una sola comunidad autónoma) o de las confederaciones hidrográficas (si la cuenca atraviesa varias comunidades, como es la cuenca del Júcar).

La mayoría de estas demoliciones las decide cada organismo de cuenca, como explicaba a Maldita.es la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, aunque puede ocurrir que, en algunos casos, la decisión sea de la Dirección General del Agua, un organismo del MITECO.

A esto se le suma que estas demoliciones llevan realizándose en toda España desde, al menos, el año 2000 (Gobierno de Aznar, PP). En la cuenca del Júcar, estos derribos se llevan realizando desde 2006 y hasta 2021, con Gobiernos centrales de distinto signo político (Zapatero, Rajoy y Sánchez), y en el caso concreto de las infraestructuras derribadas en la provincia de Valencia, entre 2006 y 2017, antes de la llegada del Gobierno de Sánchez.


Por qué se eliminan azudes y presas pequeñas en desuso: seguridad, obligación legal y restauración ecológica

Un motivo por el que se eliminan estas barreras es, precisamente, evitar riesgos en caso de grandes precipitaciones. Mantener pequeñas estructuras en desuso o mal estado de conservación pueden aumentar el riesgo de inundaciones porque elevan el nivel del agua en lugares no controlados y puede provocar que un río se desborde, explicaba en El Confidencial Arturo Elósegi, profesor de Ecología Fluvial de la Universidad de País Vasco. Eliminar estas barreras fluviales “no agrava las inundaciones, sino que las reduce, ya que evita que se formen tapones que fuercen al agua a salir del cauce”, detalla Elósegi en EFE Verifica.

El informe de 2023 de la organización Dam Removal Europe explicaba que estas barreras fluviales pueden generar fuertes corrientes subterráneas en su entorno y hay documentados más de mil ahogamientos en Estados Unidos en los últimos 20 años como consecuencia de estas infraestructuras.

Otra razón por la que se eliminan barreras es por obligación legal. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico establece que los organismos de cuenca deben eliminar las infraestructuras “abandonadas, sin cumplir función alguna ligada al aprovechamiento de las aguas”. Puede ser también que se eliminen porque se instalaron sin el permiso adecuado, como ha ocurrido en algunos casos en el Júcar, que tuvieron que eliminarse azudes por sanciones administrativas.

Un tercer motivo es que eliminar estos obstáculos favorece la continuidad de los ríos y permite que el agua, los sedimentos, los peces y otras especies puedan circular por las cuencas, explica la Agencia Europea de Medioambiente. Esto tiene un impacto positivo en la calidad del agua. Estas medidas también hacen que los ecosistemas fluviales se mantengan en buen estado y protege la biodiversidad, explica el MITECO. Esto favorece, por ejemplo, a las poblaciones de peces, con su consiguiente beneficio ecológico y económico (pesca).

Hemos pedido además a varios expertos que nos expliquen si sería posible, en algún caso, que los azudes de los ríos pudieran frenar las inundaciones, actualizaremos cuando haya respuestas 

maldita.es