Serán objeto de ayuda los gastos para realizar:
Actuaciones en gasto corriente, esto es, aquellos recursos destinados a atender los gastos corrientes en bienes y servicios, consistentes en reparaciones de bombeos de pozos y captaciones; reparaciones por roturas en redes de abastecimiento y distribución; el suministro agua potable mediante cubas; y cualesquiera otra medida de choque. Todos los gastos de esta naturaleza deberán imputarse al Capítulo 2 de Gasto corriente. El importe máximo a otorgar asciende a 229.801,05 euros.
Text íntegre a l´enllaç:
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada