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dimecres, 24 de desembre del 2025
EL MATEIX PP D´ALACANT EN CONTRA DEL DECRET MOTOSERRA DE MAZÓN
Alicante se planta ante Industria y exige revocar el permiso a la solar de EBL en Fontcalent
Insta a anular la autorización tras considerar que se había obviado la emisión del certificado de compatibilidad urbanística desfavorable, lo que supondría una vulneración del principio de autonomía municipal
- Una instalación fotovoltaica, en imagen de archivo.
- Foto: RAFA MOLINA
Raúl Navarro
Publicado: 24/12/2025 ·06:00
ALICANTE. El aval concedido por el Consell a la planta solar promovida por la suiza EBL en la partida de Fontcalent ha terminado por levantar en armas al Ayuntamiento de Alicante. El equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), acordó este martes, en la reunión semanal de la Junta Local, elevar un requerimiento formal al Servicio Territorial de Industria, adscrito a la Conselleria de Innovación, para que anule la autorización concedida para la ejecución de ese proyecto de hasta 8,6 MW de potencia al considerar que la instalación de ese huerto solar no tendría cabida en el planeamiento urbanístico, como se habría puesto de manifiesto con la emisión de un certificado de compatibilidad desfavorable en septiembre de 2024.
Entonces, la Concejalía de Urbanismo ya argumentó que la propuesta formulada por EBL, a través de su filial Besolar Energy, sobre 146.294 metros cuadrados de suelo no urbanizable de la partida de Fontcalent afectaba a terrenos a preservar como elemento paisajístico de gran valor incluidos en el catálogo de protecciones, actualmente en fase de tramitación (aún sujeto a aprobación definitiva desde su aprobación inicial, en septiembre de 2020). Y, además, se añadía que el emplazamiento escogido para su implantación estaba excluido de la propuesta de modificación puntual número 44 del PGOU (también en fase de tramitación administrativa) por la que se regulan las zonas aptas para el desarrollo de ese tipo de instalaciones generadoras de energía solar.
De ahí que el requerimiento de anulación incida en que el permiso otorgado por Industria habría obviado los informes en contra emitidos por la Concejalía de Urbanismo en los que se determina "la compatibilidad o no con el planeamiento municipal", lo que, según se incide, "no puede ser obviado ni soslayado". Es más, la resolución municipal subraya que Besolar no presentó recurso frente a ese certificado de compatibilidad desfavorable, como debía haber procedido en el supuesto de mantener su interés por el desarrollo del proyecto.
Así, el ayuntamiento entiende que, con la concesión de la autorización, Industria habría incurrido en una vulneración frontal de "las competencias urbanísticas municipales y con ello, el principio de autonomía local". Por ello, insta al Servicio Territorial a revocar la autorización otorgada este mes de noviembre, con la advertencia de que, en caso contrario, se procederá a registrar un recurso contencioso-administrativo frente a esa decisión para que sea la justicia la que propicie su anulación.

- Plano de ubicación de la planta propuesta por Besolar. -
Y, además, reitera su discrepancia respecto a las conclusiones apuntadas por la Abogacía de la Generalitat respecto a que el certificado de compatibilidad municipal resulta preceptivo pero no vinculante para recalcar que el mero hecho de que el suelo sujeto a la propuesta de solar esté incluido en la propuesta de catálogo de protecciones ya determina su preservación desde el mismo momento en el que se produjo la exposición al público de ese documento, tras su aprobación inicial.
Rechazo al proyecto previo
En este sentido, el requerimiento municipal remarca, además, que el proyecto de Besolar había quedado rechazado en 2023 después de que se considerase que no cumplía los parámetros ambientales exigidos, como informó este diario, por lo que el informe jurídico emitido por la Concejalía de Urbanismo en el que se apoya el requerimiento llama la atención ante el hecho de que ahora sí se le dé curso a pesar de que el nuevo proyecto formulado por la compañía a partir de 2024 mantiene su mismo emplazamiento.
Por lo pronto, el requerimiento de anulación se aprobó, además, justo el mismo día en el que trascendía que otra instancia distinta del Consell -la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental- también avalaba la propuesta formulada por Besolar. En concreto, en una resolución fechada el 19 de noviembre, a la que se dio oficialidad este martes mediante su publicación en el DOGV, esa instancia adscrita a la Conselleria de Medio Ambiente da alas a la ejecución del proyecto al considerar que la propuesta "no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente y no requiere una evaluación de impacto ambiental ordinaria, siempre que se ajuste a las previsiones del proyecto, del documento ambiental".
Eso sí, esa resolución favorable incluye hasta una decena de condiciones. Entre ellas, requiere que se formule una nueva propuesta de distribución de los paneles generadores para procurar que la planta quede libre de riesgo de inundabilidad; que se aporte un estudio de integración paisajística para garantizar que no generará un alteración significativa de la alteración del paisaje; y que se adopten medidas de seguridad en prevención de incendios forestales durante la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.
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Dialprix crece con un nuevo supermercado en Les Coves de Vinromà (Castellón)
Ofrece un amplio surtido de productos frescos, con especial protagonismo de la panadería y la frutería, donde destacan productos locales y de temporada.
- Nuevo Dialprix de Les Coves de Vinromà (Castellón).
María Teresa De Luis Publicado: 23/12/2025 ·17:15 Actualizado: 23/12/2025 · 17:15
Musgrave avanza en su plan de expansión con la ampliación de su red en Castellón, en concreto en la localidad de Les Coves de Vinromà, donde ha estrenado un nuevo supermercado bajo la enseña Dialprix.
El establecimiento ofrece un amplio surtido de productos frescos, con especial protagonismo de la panadería y la frutería, donde destacan productos locales y de temporada.
Al frente de este establecimiento se encuentra un equipo de siete profesionales.
Musgrave se halla inmersa en la transformación de su enseña Dialprix al nuevo formato en el que, junto a las secciones habituales, incluye comida para llevar, con un amplio surtido de platos preparados y ensaladas frescas, además de zona de cafetería con bocadillos, sándwiches, tostadas, dulces recién elaborados y café 100% arábica.
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Consejero Valenciano pillado ocultando pruebas sobre la Dana
LES COVES DE VINROMÀ, 𝗘𝗡𝗟𝗟𝗨𝗠𝗘𝗡𝗔𝗧 𝗗𝗘𝗟 𝗖𝗔𝗠𝗣 𝗗𝗘 𝗙𝗨𝗧𝗕𝗢𝗟
PEDRO SÁNCHEZ envía MENSAJE a las UNIDADES ESPAÑOLAS EN MISIONES DE PAZ
dimarts, 23 de desembre del 2025
L´AUDIÈNCIA NACIONAL CONDEMNA A 29 CASOS AISLADOS
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de hasta ocho años y dos meses de cárcel a 29 de las 37 personas físicas y jurídicas que fueron juzgadas en el marco de la pieza 6 del caso Púnica
La Audiencia Nacional condena a seis exalcaldes de la Comunidad de Madrid por "prácticas corruptas" en contratos de 'Púnica' con Cofely
Los magistrados de la Sección Primera condenan a la pena de ocho años y dos meses de cárcel al empresario David Marjaliza, y a la propia compañía como persona jurídica.
Cinco de los exediles condenados por la AN son del PP y uno del PSOE. Ha sido condenado también el exalcalde de una formación independiente, mientras que se absuelve a los exregidores de Almendralejo y de Valdemoro, del PP.

MadridActualizado a
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de hasta ocho años y dos meses de cárcel a 29 de las 37 personas físicas y jurídicas que fueron juzgadas en el marco de la pieza 6 del caso Púnica por llevar a cabo "prácticas corruptas", entre marzo de 2012 y octubre de 2014, para la adjudicación de contratos públicos de eficiencia energética a la empresa Cofely a cambio del pago de sobornos a alcaldes, autoridades y funcionarios de diversos ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
El principal condenado es el empresario y asesor comercial David Marjaliza, a quien la Audiencia le ha impuesto ocho años y dos meses de cárcel por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales agravado y los delitos continuados de fraude a la Administración pública, prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares, en relación de concurso ideal medial.
Eso sí, al igual que varios acusados, los magistrados de la Sección Primera le aplican las atenuantes de atenuantes de confesión tardía, dilaciones de indebidas y reparación del daño.
En el caso de los alcaldes bajo cuyo mandato se adjudicaron los contratos de eficiencia energética objeto de enjuiciamiento, la Audiencia condena al exalcalde de Parla a José María Fraile Campos (PSOE) a dos años de cárcel como autor de un delito de fraude, prevaricación y cohecho en relación de concurso ideal medial, así como a otros cuatro meses y 15 días de cárcel por tráfico de influencias.
Para el de Moraleja de Enmedio Carlos Alberto Estrada Pita (PP), se establece la pena de cuatro años y seis meses de prisión como autor de un delito de prevaricación en concurso medial con otro de cohecho. La misma condena ha recibido el exregidor de Villalba Agustín Juárez López de Coca (PP) como autor de un delito de fraude a la Administración Pública, un delito de prevaricación y un delito de cohecho, todos ellos en relación de concurso ideal medial, con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas.
La sentencia condena igualmente a Daniel Ortiz Espejo (PP), exalcalde de Móstoles, a tres años de prisión como autor de un delito de cohecho y a 12 meses de multa, con una cuota diaria de 20 euros, por un delito de revelación de información reservada. Al exalcalde de Serranillos del Valle, Antonio Sánchez Fernández (perteneciente a la formación independiente UDMA, la Sala también le impone una pena de casi tres años de cárcel por fraude, prevaricación, cohecho, y tráfico de influencias. Por último, Gonzalo Cubas (PP), exalcalde de Torrejón de Velasco, ha sido condenado a tres años de inhabilitación especial por delito de prevaricación.
Por el contrario, tras examinar la prueba, los magistrados absuelven de los delitos de los que estaban acusados a los exalcaldes de Almendralejo José García Lobato (PP) y de Valdemoro José Carlos Boza Lechuga (PP).
"Organización criminal con una planificación integral"
La sentencia también condena a penas de seis años y seis meses de cárcel al entonces director general de Cofely Didier Roger Maurice y al director Comercial Constantino Álvarez por delitos de organización criminal y continuado de fraude a la Administración pública, continuado de prevaricación, continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil por particulares, en relación de concurso ideal medial. Por los mismos delitos y por tráfico de influencias, el tribunal impone una pena de seis años y 11 meses al que fuera director Comercial de Cofely Pedro García Pérez.
Por su parte, la empresa Cofely, como persona jurídica, también sido condenada por delito continuado de cohecho a la pena de tres años y seis meses de multa con una cuota diaria de 2.500 euros por día y por tráfico de influencias en el Ayuntamiento de Parla a otros seis meses de multa con una cuota diaria de 2.500 euros al día, al tiempo que se le absuelve de blanqueo de capitales.
"En definitiva, lo que resulta de la valoración conjunta de la prueba practicada es que los empleados de Cofely implicados en estos hechos desarrollaron la mecánica delictiva involucrando a varios departamentos de la compañía durante tres años, sin que encontraran ninguna traba, al revelarse como ineficaces las medidas anticorrupción proclamadas formalmente pero que no se desarrollaron en orden a prevenir y detectar estas prácticas corruptas", subraya la resolución a la que ha tenido acceso este medio.
Y es que, según se extrae de la sentencia, entre marzo del 2012 a octubre del 2014, Cofely y Marjaliza, "con su grupo de sociedades instrumentales y testaferros, actuaron como una organización criminal con una planificación integral, con vocación de permanencia e interviniendo en los ayuntamientos que son objeto de enjuiciamiento en la presente pieza al objeto de obtener la adjudicación de contratos de eficiencia energética en dichas entidades locales, por lo que participaba en varios concursos a la vez, en los que ofrecía o aceptaba acuerdos de corrupción con las autoridades y técnicos que adjudicaban".
El fallo relata cómo la "proximidad" de Pedro García con los alcaldes, concejales y técnicos permitió que Gaela Hamon, también condenada a cuatro años de prisión, "recibiera de la mano de aquel, informaciones previas como facturación de energía, datos de consumo, estado de las instalaciones, inventario de luminarias, meses antes de los anuncios de licitación de los concursos, disfrutando de un gran margen de tiempo para preparar la oferta de Cofely".
Los alcaldes minusvaloraban otras ofertas en "perjuicio de sus ayuntamientos"
En otro círculo de la organización estaban los negociadores David Marjaliza y Pedro García, en contacto directo con los alcaldes, ediles y técnicos que se avinieron a adjudicar a dicha empresa los contratos de eficiencia energética "a cambio de recibir dádivas". "Ambos acusados eran receptores directos de las informaciones necesarias para la confección de las ofertas de Cofely con ventaja sobre el resto de posibles compañías interesadas".
De igual forma, el Director General Didier Maurice tenía el "dominio definitivo" sobre la fijación de los precios por los que se iban a licitar los contratos, cuyos importes eran siempre muy superiores al resto de las compañías del sector. "Pese a su mayor cuantía, en muchas ocasiones sus precios eran aceptados por los acusados alcaldes y funcionarios, quienes aseguraban con distintos ardides que la adjudicación fuera a su favor en las condiciones que imponía Cofely, disuadiendo a otras compañías a concurrir por el excesivo importe de los requisitos de solvencia económica–financiera, solvencia técnica y años de experiencia, o la premura y limitados plazos para presentar la oferta".
De hecho, cuando se dio el caso de adjudicaciones en concurrencia con otras compañías, "los acusados alcaldes y ediles minusvaloraban a las otras ofertas, en perjuicio de sus ayuntamientos".
Público



