PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA - 1 -
Diputación Provincial de Castellón
00998-2018-U
SECCIóN DE MEDIO AMBIENTE
Extracto convocatoria subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Castellón para conservación
y mejora de espacios naturales municipales
BDNS(Identif.):387023
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, celebrada el día 13 de febrero de 2018,
por el que se convocan las subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Castellón para conservación y mejora de espacios naturales
municipales para el año 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.3.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica en extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://
www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Ayuntamientos de la provincia de Castellón.
Segundo. Objeto.
Realización de actividades de conservación y mejora en Parajes Naturales Municipales cuya declaración como espacio protegido y
posterior gestión sea competencia de los ayuntamientos.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria han sido aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 13 de febrero
de 2018 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón nº 21 de 17 de febrero de 2018. Adicionalmente se regirán por la
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Castellón, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 150 de 16
de diciembre de 2017.
Cuarto. Cuantía.
El importe inicial de la convocatoria no podrá exceder de 75.000,00 euros.
La cuantía máxima de la subvención por beneficiario dependerá del número de habitantes del municipio, teniéndose en cuenta para
ello el RD 1039/2017, de 29 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón
Municipal referidas a 1 de enero de 2017.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en
el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación exigida en la base octava.
Contra dicho acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano
que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación; o directamente recurso contencionso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
Todo ello de conformidad con la redacción vigente de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime procedente.
Castellón, 2018-02-19.
EL DIPUTADO DELEGADO DEL MEDIO NATURAL, José Antonio Cases Mollar.
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