CONSELLERIA D'ECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORS PRODUCTIUS, COMERÇ I TREBALL 01763-2018 SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA Resolución del S.T. de Industria y Energía de Castellón, por la que se declara en concreto la utilidad pública de la línea aérea trifásica a 20 kV en el t.m. Coves de Vinroma (Les). ATLINE/2016/28/12 Resolución del Servicio Territorial de Industria y Energía de Castellón, por la que se declara en concreto la utilidad pública de la Línea aérea trifásica a 20 kV a simple circuito LA-100 desde apoyo nº 210064 hasta apoyo nº 210066 en el término municipal de Cuevas de Vinromá (Castellón), expediente ATLINE/2016/28/12 Presentada solicitud de Declaración de Utilidad Pública, relativa a la instalación eléctrica abajo indicada y en base a los siguientes: HECHOS: Primero. Que en fecha, 19 de abril de 2016, se presenta, por Iberdola Distribución Eléctrica, SAU , proyecto de línea aérea trifásica a 20 kV simple circuito LA-100 desde apoyo nº 210064 hasta apoyo nº 210066 en el término municipal de Cuevas de Vinromá (Castellón) mediante solicitud presentada en el Servicio Territorial de Energía de Castellón, expediente ATLINE/2016/28/12. Segundo. Con fecha 25 de agosto de 2016 se emite, por el Servicio Territorial de Industria y Energía de Castellón, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación. Tercero. Con fecha 2 de marzo de 2017, se presenta por Iberdola Distribución Eléctrica, SAU , solicitud de declaración en concreto de utilidad pública. Dicha solicitud cuenta entre su documentación con los planos pertinentes a escala adecuada, suficientemente detallados y contiene una relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, reuniendo por tanto las condiciones previstas en el artículo 143 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Cuarto. De conformidad con la documentación presentada, el trazado de la línea eléctrica cumple con las condiciones técnicas y de seguridad reglamentariamente establecidas, lo que permite la aprobación de esta resolución sin perjuicio de la obligación de la mercantil peticionaria de indemnizar adecuadamente las afecciones que la ejecución del proyecto pueda ocasionar a terceros. Quinto. Ha sido realizada la información pública, a que hacen referencia el artículo 9 del Decreto 88/2005, de 29 de abril, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat Valenciana, y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, mediante los anuncios correspondientes, publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón el 4 de abril de 2017, en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana el 25 de abril de 2017 y en el diario El Periódico Mediterráneo de Castellón el 7 de abril de 2017 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cuevas de Vinroma del 13 de marzo al 18 de abril de 2017, presentándose alegaciones durante el período de información pública de la solicitud por: - D. Rogelio Nos Muñoz y Francisca Villaplana, titulares de la parcela catastral 224, del polígono 32 de les Coves de Vinromà que se corresponde con la finca número CS-CUV-16, afectada por el proyecto, manifestando su disconformidad al paso de la linea eléctrica por su propiedad. La beneficiaria contesta en fecha 6 de febrero de 2018 reafirmándose en las afecciones a la finca citada y no considerando la propuesta de variación, ya que la instalación no impide el uso al que viene destinado el terreno, no se impide el transito de personal o vehí- culos bajo la conducción, ni el cerramiento de la finca, por lo que la servidumbre es compatible con el aprovechamiento agrícola, indemnizándose la cantidad correspondiente a la valoración en base a la legislación de la Ley de Expropiación Forzosa. - Eliseo Esteller Villalonga, titular de la parcela catastral 170, del polígono 32 de les Coves de Vinromà que se corresponde con la finca número CS-CUV-9, afectada por el proyecto, manifestando su disconformidad al paso de la linea eléctrica por su propiedad y la servidumbre que acarrea. La beneficiaria contesta en fecha 6 de febrero de 2018 reafirmándose en las afecciones a la finca citada y no considerando la propuesta de variación, ya que la instalación no impide el uso al que viene destinado el terreno, no se impide el transito de personal o vehí- culos bajo la conducción, ni el cerramiento de la finca, por lo que la servidumbre es compatible con el aprovechamiento agrícola, indemnizándose la cantidad correspondiente a la valoración en base a la legislación de la Ley de Expropiación Forzosa. Sexto. Examinada la documentación aportada, se emite propuesta de resolución favorable por la Sección de Energía y Minas. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Primero. Efectuados los trámites establecidos en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat Valenciana. Segundo. Conforme al artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, las instalaciones de distribución de energía eléctrica se declaran, con carácter general, de utilidad pública a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso. Tercero. Que, la instrucción del procedimiento es competencia del Servicio Territorial de Industria y Energía según Decreto 104/2017, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOCV núm. 8113 de 25/08/2017). El jefe del Servicio Territorial de Industria y Energía de Castellón, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas, RESUELVE: Primero: Declarar, en concreto, la utilidad pública de la línea eléctrica descrita en el hecho primero de la presente resolución, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre, concretándose en una afección a las fincas particulares, incluidas en la relación anexa, con el alcance y los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y los artículos 157.1, 158, 159, 160 y 162.3 del Real Decreto 1955/2000. Relación de Bienes y Derechos Afectados: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS: PROYECTO DE NUEVA LINEA TRIFASICA A 20KV SIMPLE CIRCUITO LA-100 DESDE APOYO Nº210064 HASTA APOYO Nº210066 EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LAS CUEVAS DE VINROMA. (CS-96/14)
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