Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones: • Las Asociaciones culturales de la provincia de Castellón, debidamente inscritas en el Registro de Entidades culturales de la Diputación Provincial de Castellón. Se desestimarán las solicitudes presentadas por Asociaciones juveniles y taurinas, Asociaciones turísticas, Asociaciones y clubes deportivos, Asociaciones de padres y alumnos, Asociaciones de Jubilados y pensionistas, Asociaciones de consumidores, así como los autónomos. Se desestimarán asimismo, las solicitudes presentadas por las sociedades musicales y bandas de música, al disponer de otras líneas de ayudas con cargo a convocatorias efectuadas por la propia Institución Provincial. Asimismo quedan excluidos de la presente convocatoria los centros e institutos de educación primaria y secundaria de la provincia. No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación tacita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación en los términos expresados en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial y en el resto de normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. CUARTA. ACTIVIDADES O PROGRAMAS SUBVENCIONABLES: Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se destinarán a financiar actividades y programas de promoción y difusión cultural destinados a espectadores: exposiciones, espectáculos, proyectos creativos desarrollados mediante participación comunitaria: cursos, talleres, etc. que tengan una continuidad a lo largo de todo el año. Quedan excluidas de esta convocatoria las siguientes ayudas: • Festejos taurinos • Actividades de carácter escolar. • Actividades deportivas. • Actividades estrictamente dirigidas a la promoción social y que son materia de servicios sociales. • Viajes de carácter cultural recreativo. • Actividades de recreo infantiles o juveniles. • Actividades de naturaleza ocupacional.
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