dijous, 21 d’abril del 2022

LES COVES COMPTARÀ AMB ESCOLA MATINERA (si l´Ajuntament demana la subvenció)

 


DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE CASTELLÓ /01494-2022-U BIENESTAR SOCIAL

 Anuncio de la convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de castellón con población inferior a diez mil habitantes para servicio de Escola Matinera. ejercicio 2022 

En sesión extraordinaria celebrada por la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial en fecha 19 de abril de 2022, se adoptó, entre otros, acuerdo relativo a la aprobación de las siguientes bases: CONCRECIÓN DE LAS BASES RELATIVAS A LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN DE POBLACIÓN INFERIOR A DIEZ MIL HABITANTES PARA LA ARTICULACIÓN DE INICIATIVAS LOCALES VINCULADAS AL BIENESTAR SOCIAL, SERVICIOS SOCIO - EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS: ESCOLA MATINERA. EJERCICIO 2022. 

PRIMERA. Objeto Es objeto de la presente convocatoria, la concreción de los aspectos generales regulados en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Castellón y sus Organismos Autónomos para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de Ayuntamientos de población inferior a diez mil habitantes, durante el ejercicio 2022, para la realización de la siguiente actividad vinculada al Bienestar Social: Servicios socio-educativos complementarios: ESCOLA MATINERA

Podrán beneficiarse de las subvenciones los Ayuntamientos de la provincia de Castellón con población inferior a diez mil habitantes, a fecha 1 enero 2022.

 - Jornada laboral semanal: Máximo diez horas, de las que al menos siete horas y treinta minutos se dedicarán a la atención directa del alumnado, horario preferente de 7:30 h a 9:00 h. 

- Ratio alumnado/monitor: 

Edad Ratio: grupo dirigido por cada monitor/a 3 a 5 años Máximo 15 menores 

Por grupo 6 a 14 años Máximo 20 menores por grupo

.- Cuantía de la subvención y financiación de las actividades subvencionadas 

Modalidad A) ESCOLA MATINERA PREVIAMENTE HABILITADA 

La cuantía máxima de la subvención en relación al periodo del primer semestre del 1 de enero al 30 de junio para la contratación de personal será de 4.200 €, siendo el gasto subvencionable del 100% de la subvención. La cuantía máxima de la subvención en relación al período del segundo semestre del 1 de septiembre al 31 de diciembre para la contratación de personal será de 3.200 €, siendo el gasto subvencionable del 100% de la subvención, y para la adquisición de otros gastos corrientes como material didáctico y fungible será de 1.000 €, siendo el gasto subvencionable del 100% de la subvención. 

 Modalidad B) NUEVAS HABILITACIONES DE ESCOLA MATINERA 

La cuantía máxima de la subvención en relación al período del segundo semestre del 1 de septiembre al 31 de diciembre para la contratación de personal será de 3.200 €, siendo el gasto subvencionable del 100% de la subvención, y para la adquisición de otros gastos corrientes como material didáctico y fungible será de 1.000 €, siendo el gasto subvencionable del 100% de la subvención. 

 Text íntegre a l´enllaç:

https://bop.dipcas.es/PortalBOP/obtenerPdfAnuncio.do?idAnuncio=124124


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