ANUNCIO DE EMPLAZAMIENTO A LOS PROPIETARIOS PLAN LOCAL DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE LES COVES DE VINROMÀ (PLPIF)
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Conforme a lo dispuesto en el artículo 55.3 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal, de la Comunitat Valenciana, este Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, tiene aprobado el Plan Local de Prevención de Incendios Forestales del término municipal de les Coves de Vinromà (PLPIF) (DOGV núm 9234 de 14 de diciembre de 2021).
El PLPIF recoge las medidas generales necesarias para la prevención de incendios forestales, la defensa de los montes incluidos en el término municipal, la protección de las personas, bienes y núcleos rurales, así como la adopción de una política de prevención adecuada a las necesidades y posibilidades de la población de les Coves de Vinromà. Así, se establece una Interfaz Urbano Forestal, actuación considerada necesaria y justificada para prevenir incendios forestales y evitar en la medida de lo posible su propagación creando discontinuidades de la masa forestal. Las actuaciones deben ser ejecutadas por el titular de los terrenos y, en el caso de no ser ejecutado por el titular de los terrenos, el Ayuntamiento podrá realizar dicha ejecución de forma subsidiaria a costa del obligado (Artículos 49 y 76 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana).
En aplicación de esta normativa, esta Alcaldía, conocedora de la existencia de parcelas propiedad sin desbrozar, cuyo estado evidencia riesgo de incendio, y con el fin de evitar los perjuicios tales circunstancias puedan producir, dicta la presente resolución, al amparo de las facultades que la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local otorga en su artículo 21.1 apartado e)
RESUELVO
PRIMERO.- Poner en conocimiento de todos los titulares de parcelas incluidas dentro del ámbito de aplicación del Plan Local de Prevención de Incendios Forestales de les Coves de Vinromà incluidos en el Anexo I, que deberán proceder al desbroce y limpieza de la vegetación forestal existentes en los terrenos de su propiedad, para la prevención de incendios forestales, para lo que disponen un PLAZO DE UN MES a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEGUNDO
- Conceder un plazo de alegaciones de DIEZ (10) DÍAS naturales, transcurrido el cual se entenderá que los propietarios delegan en este Ayuntamiento las facultades para la ejecución subsidiaria a costa del obligado, de las acciones descritas.
TERCERO.-
Informar que por parte de los servicios Municipales se realizarán las oportunas inspecciones, procediéndose a la ejecución forzosa de la limpieza de los solares cuyas personas propietarias no los hubieren limpiado en el plazo señalado mediante ejecución subsidiaria o multa coercitiva, todo ello de conformidad con los artículos 100 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previos los trámites que procedan.
CUARTO.-
Aprobar la ejecución de las actuaciones ejecutadas de forma subsidiaria por el Ayuntamiento a través de empresa contratada al efecto.
QUINTO.
- Proceder a la publicación en el en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los interesados durante el expresado plazo de 10 días, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
ADMINISTRACIÓ LOCAL / ADMINISTRACIÓN LOCAL Ajuntaments / Ayuntamientos 03686-2024-U LES COVES DE VINROMÀ 1 Número 92 - 30 de julio de 2024
Lo manda y firma electrónicamente la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en les Coves de Vinromà, a veintiséis de julio de dos mil veinticuatro.
Les Coves de Vinromà, a veintiséis de julio de dos mil veinticuatro
La Alcaldesa-Presidenta
Fdo. Irma Povedano Salvador
BOP
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