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dissabte, 29 de desembre del 2018
Bon dia
divendres, 28 de desembre del 2018
Otro casual presunto caso aislado:Ana Botella y concejales, condenados por la venta de pisos públicos a fondos buitre
El Tribunal de Cuentas condena al máximo responsable de la EMVS, a la excaldesa de Madrid y a sus concejales por el daño causado a las arcas públicas al vender las viviendas por debajo del precio de mercado
Ana Botella, condenada por la venta de pisos públicos a fondos buitre
Europa Press
JAVIER CASALMadrid 28/12/2018 - 08:00 h. CET
El Tribunal estima parcialmente la demanda presentada en 2017 por el Ayuntamiento de Madrid que reclamaba un daño patrimonial por estas operaciones superior a los 55 millones de euros.
En esa demanda el Ayuntamiento reclamaba una restitución del daño económico sufrido por las arcas municipales en dos procesos de venta realizados en octubre de 2013, en plena crisis económica, cuando el consistorio necesitaba hacer caja para tapar la deuda.
La venta se realizó por debajo del precio de mercado tal y como en su día reconocieron los informes de tasación y la Cámara de Cuentas que en 2016 ya alertó de las irregularidades con las que realizaron estas ventas de vivienda pública.
Manifestación en la Puerta del Sol contra la venta de viviendas / A. POZAS
El Tribunal de Cuentas cifra en casi 26 millones de euros (25.752.103 euros) los perjuicios ocasionados en los fondos de la empresa y declara responsable contable directo de este daño a Fermín Oslé, que entonces era el máximo responsable de la EMVS.
Al mismo tiempo, se declara responsables contables directos a la exalcaldesa Ana Botella y a todos los concejales del equipo de gobierno en aquel entonces que además formaban parte de la Junta de la EMVS: Concepción Dancausa, Enrique Núñez, Diego Sanjuanbenito, Paz González Dolores Navarro y Pedro Corral. Todos deben asumir el pago solidario de casi 23 millones de euros para restituir el daño.
La sentencia es muy dura con el proceso y detecta, como previamente había hecho la Cámara de Cuentas infinitas irregularidades y no solo por el precio de venta por debajo de su valor. Hubo ausencia de pliegos, no se realizaron los correspondientes estudios técnicos y en los concursos no se garantizó la libre participación a todos los interesados. Básicamente eran procesos ideados para que hubiera un beneficiado.
Los condenados deberán asumir los intereses hasta la ejecución completa de esta sentencia contra la que cabe recurso en un plazo de 15 días.
Habrá recurso
Los concejales condenados escriben, en un comunicado, que no intervinieron "ni directa ni indirectamente en la operación de venta de viviendas a la que se refiere el Tribunal de Cuentas". Explican que solo ratificaron "el plan de viabilidad que el Consejo de Administración de la EMVS había aprobado".
Van a recurrir la sentencia, no comparten su contenido y recuerdan que "la Fiscalía del propio Tribunal de Cuentas solicitó la desestimación de esta demanda al no apreciar responsabilidad contable".
https://cadenaser.com/emisora/2018/12/28/radio_madrid/1545977851_438837.html
Bon dia dels Sants Inocents
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dijous, 27 de desembre del 2018
El grup municipal socialista de les Coves informa:Calendari de festes locals, retribuïdes i no recuperables
Conselleria d’Economia Sostenible, Sectors Productius, Comerç i Treball
RESOLUCIÓ de 21 de desembre de 2018, del conseller d’Economia Sostenible, Sectors Productius, Comerç i Treball, per la qual s’aprova el calendari de festes locals, retribuïdes i no recuperables, en l’àmbit de la Comunitat Valenciana per a l’any 2019. [2018/12154]
COVES DE VINROMÀ, LES: 18 de març i 26 de desembre.
Text íntegre a partir de la pàgina 198 del DOCV
https://www.dogv.gva.es/datos/2018/12/27/pdf/docv_8452.pdf
El grup municipal socialista de les Coves informa: Bases reguladoras del Otorgamiento de Subvenciones a Asociaciones Culturales de la Provincia de Castellón para Programas Culturales 2019
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones: • Las Asociaciones culturales de la provincia de Castellón, debidamente inscritas en el Registro de Entidades culturales de la Diputación Provincial de Castellón. Se desestimarán las solicitudes presentadas por Asociaciones juveniles y taurinas, Asociaciones turísticas, Asociaciones y clubes deportivos, Asociaciones de padres y alumnos, Asociaciones de Jubilados y pensionistas, Asociaciones de consumidores, así como los autónomos. Se desestimarán asimismo, las solicitudes presentadas por las sociedades musicales y bandas de música, al disponer de otras líneas de ayudas con cargo a convocatorias efectuadas por la propia Institución Provincial. Asimismo quedan excluidos de la presente convocatoria los centros e institutos de educación primaria y secundaria de la provincia. No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación tacita de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación en los términos expresados en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial y en el resto de normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. CUARTA. ACTIVIDADES O PROGRAMAS SUBVENCIONABLES: Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se destinarán a financiar actividades y programas de promoción y difusión cultural destinados a espectadores: exposiciones, espectáculos, proyectos creativos desarrollados mediante participación comunitaria: cursos, talleres, etc. que tengan una continuidad a lo largo de todo el año. Quedan excluidas de esta convocatoria las siguientes ayudas: • Festejos taurinos • Actividades de carácter escolar. • Actividades deportivas. • Actividades estrictamente dirigidas a la promoción social y que son materia de servicios sociales. • Viajes de carácter cultural recreativo. • Actividades de recreo infantiles o juveniles. • Actividades de naturaleza ocupacional.
Text íntegre clicant sobre l´enllaç
El grup municipal socialista de les Coves informa: Aprobación inicial de expediente de modificación de créditos
AYUNTAMIENTOS
06344-2018 COVES VINROMÀ
El Ayuntamiento Pleno en Sesión de fecha 14 de diciembre de 2018 ha aprobado Expediente nº 22/2018 de Modificación de Créditos del vigente Presupuesto General. Lo que se expone al público, durante el plazo de QUINCE días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 151.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo , para que los interesados presenten por escrito las reclamaciones que estimen oportunas. En el supuesto de que durante dicho plazo no se presentaren se considerará definitivamente aprobado el expediente. les Coves de Vinromà 17 de diciembre de 2018.— El Secretario-Interventor, José Juan Pozo Rivas.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/obtenerPdfAnuncio.do?idAnuncio=102742
El grup municipal socialista de les Coves informa:Aprobación inicial de presupuesto para 2019
AYUNTAMIENTOS
06343-2018 COVES VINROMÀ
Aprobado inicialmente, con fecha 14 de diciembre de 2018, por el Pleno del Ayuntamiento, el Presupuesto General para el ejercicio del año 2019, se expone el público durante quince días hábiles el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del artículo 151 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación por los motivos que se indican en el apartado 2 del mismo artículo. En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaren reclamaciones, el Presupuesto se entenderá definitivamente aprobado. Les Coves de Vinromà, a 17 de diciembre de 2018.— El Secretario-Interventor, José Juan Pozo Rivas.
https://bop.dipcas.es/PortalBOP/obtenerPdfAnuncio.do?idAnuncio=102743
BOE d´avui:Els socialistes ens congratulem pel Reial Decret 1462/2018, pel qual es fixa el salari mínim interprofessional per 2019
DISPONGO: Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional. El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata
Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes. Artículo 2. Complementos salariales. Al salario mínimo consignado en el artículo 1 se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
Accediu al text íntegre clicant sobre l´enllaç:
https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/27/pdfs/BOE-A-2018-17773.pdf
Gentilesa de Jaime S,E, Avamet i Aemet
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