dimecres, 22 de novembre del 2017
Accident de trànsit
TRÁFICO | Sigue cortada la CV-151, carretera Borriol, entre las rotondas de acceso a la Universidad y rotonda de CV-10, sentido Borriol. Una pala cargada en un camión ha volcado invadiendo un carril
Comencen a carregar el primer vaixell amb pales de 73 metres
Los estibadores del puerto de Castellón realizaron las complejas tareas de carga observados por ingenieros. - GABRIEL UTIEL
CARGAMENTOS DURANTE AÑO Y MEDIO
Está previsto que hoy parta el buque y que atraque otro que cargará 6 aspas más. En la compleja maniobra participan dos grúas móviles de la terminal Noatum.
RAMON OLIVARES RUIPÉREZ
22/11/2017
22/11/2017
El buque Louis carga desde ayer las seis primeras palas extragrandes, de 73,5 metros, que saldrán del puerto de Castellón hacia el de Emshaven, en Holanda, después de que hayan sido fabricadas en la factoría de General Electric, a través de su filial LM Wind Power, en les Coves de Vinromà. Allí, en los países bajos, estas partes fundamentales de los aerogeneradores del parque eólico Merkur, serán ensambladas para después trasladar los 66 molinos de viento al mar del Norte alemán, donde generarán energía limpia para medio millón de hogares.
Pero primero deberá completarse la operativa, altamente compleja, en la que participan dos grúas móviles de la terminal de Noatum en PortCastelló. Desde primera hora de ayer los estibadores se afanan en una carga que los ingenieros de la compañía eléctrica siguen atentos.
De todas formas, los estibadores castellonenses ya tienen experiencia en estas cargas. A pesar de que es la primera vez que trabajan con estas aspas (las más grandes que se fabrican en España y las segundas más grandes de Europa), ya han cargado con dos grúas otras palas más cortas, como las de 65 metros que también se fabrican en les Coves.
SOLO DE DÍA/ Además, durante la semana pasada incluso se programaron unos equipos de trabajo que tenían como única finalidad ensayar la carga, a pesar de que no estaba todavía el barco. Es tal la preocupación por la correcta carga en las bodegas del buque que los trabajos, como sucede siempre con este tipo de carga, solo se realizan de día y en se interrumpen en cuanto oscurece.
Así las cosas, tras la primera jornada de trabajo de ayer, la previsión es que hoy acabe la carga de las seis primeras aspas. Tras ello, los estibadores se encargarán de asegurar la carga. Así, si da tiempo, hoy mismo partirá el Louis para trasladar su carga hasta Alemania, previo paso por el centro de ensamblaje de Holanda.
La curiosidad es que para hoy mismo está prevista la llegada del segundo buque que ha de almacenar en sus bodegas este preciado material. Tras varias semanas de viajes desde la factoría de LM Wind Power en les Coves de Vinromà (el primer traslado se realizó el 20 de octubre), las aspas esperaban turno sobre los muelles castellonenses para su desplazamiento en barco y a varias ya les ha llegado la hora. Partirán 198 a lo largo de año y medio.
Fernando Grande, actual portaveu socialista a la Vall d'Alba, ocuparà el lloc de Bell-lloc però no el càrrec de portaveu
PARTIDOS PSPV
Benlloch se va por "coherencia" y tras la "burla" de las primarias
EFECastellón22 nov. 2017
El portavoz del PSPV-PSOE en la Diputación de Castellón y alcalde de Vila-real, José Benlloch, ha presentado esta mañana su dimisión como diputado por "coherencia y principios", y ha tildado la resolución del Comité de Garantías sobre su reclamación por el proceso de primarias de "burla".
Fernando Grande, actual portavoz socialista en Vall d'Alba, ocupará su puesto de diputado, y la portavocía se elegirá próximamente, según han informado fuentes del partido.
El PSPV respecta la decisió de Benlloch i li agraeix la feina feta
València, 22 nov (EFE).- El secretario de Organización del PSPV-PSOE, José Muñoz, ha afirmado que respetan la decisión del portavoz socialista en la Diputación de Castellón y alcalde de Vila-real, José Benlloch, de dimitir como diputado y portavoz de la corporación provincial, y agradecen el trabajo realizado.
En declaraciones a los periodistas en los pasillos de Les Corts Valencianes, Muñoz ha dicho entender y respetar la decisión de Benlloch, ya que, según ha explicado, "liderar la portavocía requiere de ilusión y de ganas" y Benlloch "cree que no cuenta con esas dos cuestiones".
Ha afirmado que el partido considera que el alcalde de Vila-real "es un gran valor de presente y futuro para los socialistas castellonenses y valencianos", y que lo que "toca ahora es respetar su decisión y agradecer los servicios prestados".
Respecto de la reclamación presentada por Benlloch al proceso de elección de secretario provincial del PSPV-PSOE de Castellón, Muñoz ha destacado que el Comité de Garantías del partido "entiende que se ha cumplido con las garantías democráticas para que los militantes socialistas pudiera votar en un proceso transparente y garantista".
"Si el Comité de Garantías entiende que se han respetado las garantías para permitir que el derecho al voto se ejerciera de una manera correcta, no vamos a tomar ningún tipo de decisión porque se entiende que ha sido un proceso limpio y transparente", ha manifestado.
El dirigente socialista ha manifestado que este comité es el que decide en el seno del PSOE sobre las diferencias que se pueden producir en cuestiones de este tipo y ha insistido en que si decide que el proceso ha sido correcto, el partido "no tiene nada que decir a ese respecto y acata la decisión". EFE
Video amb les raons de Benlloch que deixa la Diputació de Castelló molest i "per coherència" després de perdre les primàries del PSOE
Per accedir al video clicar sobre aquest enllaç
http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/castellon/2017/11/22/5a1525ed268e3e58458b45b5.html
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- CARMEN HERNÁNDEZ
- Castellón
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Benlloch, y el tercer candidato Josep Lluís Grau, habían impugnado el resultado electoral de las primarias socialistas realizadas este fin de semana, en las que se proclamó vencedor por la mínima el candidato Ernest Blanch.El alcalde de Vila-real (Castellón) y hasta ahora portavoz socialista en la Diputación de Castellón, José Benlloch, ha dimitido este miércoles de todos sus cargos en la entidad provincial (portavoz y diputado) tras impugnar el resultado de las primarias del PSOE de Castellón y no ser atendido por el comité de garantías del partido.
Según ha explicado este miércoles, durante su comparecencia en la Diputación Provincial, la decisión de dimitir la toma "por principios y coherencia", que no por haber hecho nada malo.
Entre malestar y tristeza, el hasta ahora portavoz socialista ha asegurado que "unas veces se gana y otras se aprende" y que él no está en la entidad provincial "por una silla, un cargo o un sueldo". "Estoy para trabajar", añade.
Como jurista que es, dice, considera "inaceptable" la resolución del comité de garantías del PSOE que no aceptó la impugnación de los resultados de las primarias del domingo en Castellón y aúpa al candidato Ernest Blanch a la secretaría general del PSOE de esta provincia por una victoria mínima, sin acudir a la segunda vuelta.
Al respecto, Benlloch, quien era el principal competidor, asegura que la resolución del comité de garantían "no hay por dónde cogerla. El caso de Bejís va a hacer reflexionar al PSPV en Castellón".
Se refiere el alcalde de Vila-real a las supuestas irregulares detectadas en la custodia de la mesa electoral de Bejís, que fue trasladada al domicilio de la alcaldesa, María José Madrid, "porque el responsable debía irse a recoger aceitunas", según argumentaron fuentes del partido. Benlloch considera que de haberse anulado esa mesa, Blanch hubiera perdido la mayoría absoluta y, por tanto, habría una segunda vuelta de primarias.
No ha sido así, y ello ha precipitado la renuncia de Benlloch, quien, añade que "he vivido dos años y medio sin dirección política" y, pese a la tristeza del cómo se va, deja la Diputación "feliz porque estoy en paz y soy coherente".
El acta de diputado que deja Benlloch la ocupará el siguiente en la lista, esto es, Fernando Grande, concejal en el Ayuntamiento de Vall d'Alba, y el portavoz será elegido por la ejecutiva nacional del partido.
Saó covarxina: Noa Ros amb 21.519 visualitzacions
Club Mabel. Infantiles. Campeonas de España 2014.
Data de publicació: 17 de des. 2014Conjunto formado por : Helena Andrei, Marta Soliva, Noa Ros, Maria Añó y Marta Gimeno
NO INFORMAR, una variant de la INFOXICACIÓ
RTVE no informa de la manifestació del 18 N
El PSPV pedirá explicaciones al presidente de RTVE sobre la cobertura informativa de la cadena ante la manifestación del #18N por un #FinançamentJust http://bit.ly/2jdtqdB
LA PARAULA DEL DIA DE L'AVL
farmàcia
[22/11/2017]
La paraula farmàcia prové del grec pharmakeía, que significava ‘ús, tècnica dels medicaments’. S’havia format com un derivat de phármakon, ‘fàrmac’, amb què es feia referència a qualsevol substància que alterara la naturalesa del cos, fóra beneficiosa o perjudicial. I per això el phármakon tenia tant el significat de ‘medicament’ com el de ‘verí’. D’esta dualitat prové el símbol de la farmacologia, amb dos serps enroscades al voltant d’un bastó. En l’antiga Grècia, la serp era considerada un animal beneficiós, coneixedor dels secrets de la mare terra.
La forma farmàcia, en realitat, és un cultisme modern. Es difongué a partir del segle XVIII a través del francés pharmacie. Primer, per a referir-se la ciència que ensenya a preparar i combinar productes naturals o artificials com a remeis de les malalties o per a conservar la salut; i després, a l’establiment on es preparen i dispensen els medicaments.
El PSOE prepara un cartell per a Madrid amb Narbona a la Comunitat i Gabilondo a l'Ajuntament
La presidenta del partido se ha descartado como candidata a la alcaldía pero ve posible arrebatarle el gobierno regional a Cifuentes pactando con el Podemos de Íñigo Errejón
Cristina Narbona era, hace apenas unos días, la candidata elegida por Ferraz para aspirar a la alcaldía de Madrid en las elecciones de 2019. La presidenta del PSOE, no obstante, descartó tajantemente esa posibilidad en un desayuno informativo la semana pasada. Un anuncio que, sin embargo, no impide que esté presente en otras listas electorales.
22/11/2017 01:00
Según explican a El Confidencial Digital fuentes de la ejecutiva federal del PSOE, y bien relacionadas con la nueva dirección del partido en Madrid, Sánchez quiere, “sí o sí” a Cristina Narbona en Madrid. Por ese motivo, “hará todos los esfuerzos posibles” para que finalmente concurra en los comicios de 2019.
El secretario general, en ese sentido, podría lograr su objetivo si ofrece a la presidenta del PSOE ser cabeza de lista para la Comunidad en vez de para el Ayuntamiento. Narbona, aseguran desde su entorno, “prefiere concurrir en las autonómicas que en las municipales” porque “cree que se sentiría más cómoda en la Asamblea y, además, tiene más opciones de éxito”.
“Si PSOE y Podemos suman más que PP y C´s...”
En ese sentido, las fuentes consultadas por ECD aseguran que Narbona no descarta, en absoluto, poder convertirse en presidenta de la Comunidad de Madrid si finalmente es la candidata. Así, desde Ferraz recuerdan que en 2015 “estuvimos a un escaño” de que la suma de PP y Ciudadanos no diese mayoría, y “ahora hemos crecido para tener aspiraciones mayores”.
La presidenta del PSOE es consciente de que Ciufuentes, al frente del Gobierno regional, ha sufrido un importante desgaste y que Ignacio Aguado como candidato de Ciudadanos “no moviliza”. Podemos, por contra, “subirá con Íñigo Errejón al frente” y el PSOE “está subiendo”.
Por tanto, “es posible que la suma de los partidos de izquierda se imponga a la de los partidos de derecha”.
Confiada en ese escenario, Cristina Narbona no ha descartado, ni mucho menos, su candidatura a la Comunidad de Madrid. Desde Ferraz admiten que es “una posibilidad abierta”, que se planteará formalmenta a lo largo del próximo año. El primer paso, no obstante, ya se dio la semana pasada, cuando la presidenta del PSOE anunció que no aspiraría al Ayuntamiento.
Gabilondo, dispuesto a un “cambio de cromos”
Esa candidatura de Cristina Narbona a la Comunidad de Madrid tendría, en todo caso, consecuencias para Ángel Gabilondo, cabeza de lista en 2015 y actual jefe de la oposición en la Asamblea.
El ex ministro de Educación, que aceptó hace dos años la candidatura a las autonómicas como un “acto de servicio al partido”, ha dejado caer en varias ocasiones que no le importaría “repetir” en los próximos comicios, aunque siempre ha matizado que estaría donde le situara la actual dirección del PSOE.
Así las cosas, en Ferraz asumen que Gabilondo estaría “dispuesto” a protagonizar un “cambio de cromos”, encabezando él la lista del partido al Ayuntamiento de Madrid y dejando sitio a Narbona como candidata a la Comunidad.
Este nuevo reparto, de hecho, gusta al equipo de Sánchez, desde donde se apunta que “Ángel puede tener más tirón en la ciudad, mientras que Narbona es más conocida a nivel regional”.
Sumemfutur
M’acaben de cridar. A falta de la documentació oficial, ha segut proclamada la candidatura de #Sumemfutur a la Secretaria General Provincial del PSPV-PSOE de Castelló, encapçalada per aquest que vos escriu. Estem molt contents. Moltissimes gràcies a totes i tots! Ara, a fer un bon congrés el dia 16 de desembre per a que aquest partit ixque més fort i més unit. Un nou temps, per a una nova gent, a este partit. Una abraçada a totes i tots, de tot cor. Anem!
L' exemple del PORTELL formen als veïns en l'ús del desfibril·lador
22/11/2017
El Ayuntamiento de Portell ha instalado un desfibrilador en las oficinas municipales. Un total de 10 vecinos del municipio se han formado para su utilización mediante un curso práctico. El aparato se ha instalado en un edificio público, justo en la entrada del centro de los jubilados. Para mejorar los conocimientos de los ciudadanos, se organizarán nuevas sesiones didácticas que se desarrollarán gracias al proyecto Salvavidas. RD
Ernest Blanch, nou secretari general del PSPV de la província de Castelló
Ernest Blanch, nuevo secretario general de los socialistas de la provincia de Castellón, vota este domingo en Morella
Gana las primarias con más del 50 % de los votos, de forma que no será necesaria una segunda vuelta
20/11/2017 - 08:26h
Ernest Blanch será el próximo secretario general del PSPV en la provincia de Castellón después de obtener el 50,24 % de los votos en las elecciones primarias celebradas este domingo. Al haber conseguido mayoría absoluta, no será necesario hacer una segunda vuelta, que estaba prevista para el 26 de noviembre. La participación ha sido de un 70,6 % de los 2.065 militantes convocados.
Los otros dos candidatos, José Benlloch y Josep Lluis Grau, han obtenido el 32,14% y el 15,76% de las papeletas, respectivamente. El otro aspirante, Ángel Badenas, decidió retirarse de la carrera electoral 24 horas antes de que se abrieran las urnas. Lo hizo tras llegar a un acuerdo con Blanch por el que se comprometía a darle su apoyo a cambio de que éste asumiera su programa electoral.
El líder de los "jóvenes alcaldes"
Ernest Blanch tiene 43 años y es abogado. Nació en Morella y fue concejal de esa localidad, además de coordinador del grupo socialista en la Diputación de Castellón. Ahora es jefe de gabinete de la Consellería de Vivienda. Forma parte de la actual ejecutiva provincial -es responsable de acción electoral- y ha formado parte de listas electorales encabezadas por Francesc Colomer, secretario general saliente, por lo que sus rivales le consideraban el candidato oficialista.
El ya secretario general electo se presentó a las primarias abanderando el cambio generacional. Obtuvo el apoyo de los llamados “jóvenes alcaldes” , un grupo de dirigentes socialistas que en las últimas elecciones consiguieron el gobierno de numerosas localidades de la provincia a través de pactos con otras fuerzas de izquierda. Blanch será nombrado oficialmente líder de los socialistas castellonenses en un congreso que se celebrará el 16 de diciembre.
http://www.eldiario.es/cv/Ernest-Blanch-secretario-PSPV-Castellon_0_709729472.html
http://www.eldiario.es/cv/Ernest-Blanch-secretario-PSPV-Castellon_0_709729472.html
PRIMÀRIES PSOE José Benlloch presenta avui la seva dimissió com a portaveu i diputat provincial
El Comité de Garantías ha desestimado el recurso de Benlloch y Grau, por lo que Ernest Blanch se proclama como líder provincial del PSPV
Castellón
El actual portavoz del PSOE en la Diputación y alcalde de Vila-real, José Benlloch, presentará esta mañana en rueda de prensa su dimisión como portavoz y diputado provincial. Una decisión que toma después de que el Comité de Garantías rechazara ayer la reclamación de las candidaturas de Benlloch y de Pep Lluis Grau a la secretaria general del PSOE en la provincia de Castellón, después de que ambos aspirantes impugnaran, un día después de las primarias, el resultado de la mesa electoral de Bejís porque la alcaldesa custodió la urna en su casa. Sin embargo, el Comité desestimó ayer el recurso y a falta de la documentación oficial, Ernest Blanch se proclama como nuevo líder del PSPV en la provincia.
José Benlloch ofrecerá una rueda de prensa a las 11 de la mañana para explicar a los medios de comunicación los motivos que le han llevado a tomar la decisión de dimitir del cargo de portavoz y de diputado provincial. El alcalde de Vila-real y candidato a la secretaría general del PSPV en la provincia ya avanzó ayer que renunciaría a su cargo de portavoz si la nueva ejecutiva que forme el líder provincial no integra a todas las candidaturas, la de él y la del otro aspirante, Pep Lluis Grau.
Esto se produce después de conocer que el Comité Nacional de Garantías Electorales ha desestimado el recurso interpuesto por los candidatos José Benlloch y Pep Lluis Grau al impugnar este lunes a última hora los resultados de la mesa de Bejís porque la alcaldesa de la localidad, María José Madrid custodió la urna en su casa porque algunos afiliados tenían que irse a recoger oliva. Según dijo ayer la alcaldesa de Bejís en Radio Castellón, la impugnación del resultado de la mesa se ha producido por la decisión de cambiar de ubicación la mesa electoral, aunque ella asegura que como secretaria de organización tenía potestad para hacerlo y tomó la decisión para dar facilidades a los militantes.
Tras la decisión que tomó ayer en Valencia el Comité y a falta de una documentación oficial que llegará este miércoles, Ernest Blanch se ha proclamado secretario general del PSPV en la provincia de Castellón. En las redes compartía la alegría anoche, tras recibir la noticia y aseguraba que "ahora hay que trabajar para hacer un buen Congreso el próximo 16 de diciembre en Almenara para que este partido salga más fuerte y unido".
dimarts, 21 de novembre del 2017
VOLEM 156 Els valencians i valencianes exigim se'ns aplique l'article 156 de la Constitució Espanyola de forma immediata
Títol VIII. De l'organització territorial de l'Estat
Capítol tercer. De les Comunitats Autònomes
article 156
Les Comunitats Autònomes gaudiran d'autonomia financera per al desenvolupament i execució de les seves competències d'acord amb els principis de coordinació amb la Hisenda estatal i de solidaritat entre tots els espanyols.
Sinopsis artículo 156
Sinopsis | Versión para imprimir |
Antecedentes históricos y Derecho comparado.
En nuestro Derecho constitucional no se registran antecedentes reseñables. Ni el Proyecto de Constitución Federal de la I República (1873) ni la Constitución de la II República (1931) contienen normas relativas al poder financiero de los Estados Regionales o de las Regiones Autónomas que respectivamente reconocían los textos mencionados.
Por el contrario, pueden mencionarse algunas referencias del Derecho comparado que, sin duda, han ejercido cierta influencia en los artículos de la Constitución Española relativos a la financiación de las Comunidades Autónomas. Se trata de los artículos 119 de la Constitución de la República Italiana de 1947 (reconoce la autonomía financiera de las Regiones) y 104.a de la Ley Fundamental de la República Federal Alemana de 1949, que establece el marco de las relaciones financieras entre la Federación y los Länder.
Apartado 1. Principios de la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas
El artículo 156 de la Constitución, singularmente su apartado 1, reúne los principios esenciales relativos a la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas. En efecto, al tiempo que reconoce expresamente esa autonomía, establece dos principios básicos (coordinación y solidaridad) que enmarcan la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas. Se trata de un precepto cuyos principios han sido recibidos en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (modificada por la Ley Orgánica 3/2009), artículos 1 a 3, (en adelante LOFCA) pero cuyo desarrollo se debe, sobre todo, a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha precisado el significado que ha de darse a cada uno de esos principios.
La reforma realizada por la Ley Orgánica 3/2009 tuvo por objeto introducir en el marco jurídico general del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía las novedades que incorpora el Acuerdo 6/2009, de 15 de julio, del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas. Además introduce en el artículo segundo de la LOFCA dos principios fundamentales derivados de la reforma, que son, la garantía de un nivel base equivalente de financiación de los servicios públicos fundamentales, para que éstos puedan ser prestados en igualdad de condiciones a todos los ciudadanos, independientemente de la Comunidad Autónoma en la que residan, que se instrumenta mediante la creación del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, y por otro lado, la corresponsabilidad de las Comunidades Autónomas y el Estado. Finalmente se concreta la regulación y aplicación del principio de lealtad institucional.
La autonomía financiera supone, en palabras del Tribunal Constitucional, "la propia determinación y ordenación de los ingresos y gastos necesarios para el ejercicio de sus funciones", es decir, la capacidad de orientar los gastos propios de la Comunidad Autónoma y definir los ingresos necesarios para ello. A tal fin, el artículo 157 de la Constitución (véase comentario al citado artículo) establece los medios financieros de los que dispondrán las Comunidades Autónomas para hacer frente a los gastos que son inherentes al ejercicio de las competencias que tienen atribuidas. Precisamente, la vinculación existente entre autonomía financiera y competencias autonómicas ha dado pie al Tribunal Constitucional para expresar la primera de las ideas-fuerza o principios que lucen en el artículo 156.1 de la Constitución, es decir, la relación de instrumentalidad que vincula la autonomía financiera a la ejecución de las competencias autonómicas. Junto a ello, el Tribunal ha destacado los principios de coordinación y solidaridad como los otros dos grandes principios que han de regir el ejercicio efectivo de las potestades financieras que ostentan las Comunidades Autónomas.
La relación de instrumentalidad entre autonomía financiera y competencias autonómicas ha sido recogida en el artículo 1º LOFCA ("Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de las competencias que, de acuerdo con la Constitución, les atribuyan las Leyes y sus respectivos Estatutos") y enfatizada por el Tribunal Constitucional, entre otras, en la Sentencia 37/1987, de 26 de marzo, en la que el alto Tribunal afirma que "... la Constitución concede autonomía financiera a las Comunidades Autónomas para el desarrollo y ejecución de sus competencias (...) Con ello hay, en definitiva, un implícito reconocimiento constitucional del principio de instrumentalidad fiscal en la esfera de la imposición autónoma" (fundamento jurídico 13º). Asimismo, la STC 14/1989, de 26 de enero, se pronuncia en términos similares afirmando que la potestad de gasto de las Comunidades Autónomas no permite a éstas financiar o subvencionar cualquier clase de actividad, "sino tan solo aquéllas sobre las cuáles tengan competencias, pues la potestad de gasto no es título competencial que pueda alterar el orden de competencias diseñado por la Constitución y los Estatutos de Autonomía".
Pero la autonomía financiera reconocida a las Comunidades Autónomas no sólo se vincula a las competencias atribuidas a las mismas constitucional y estatutariamente, sino que se halla limitada por los principios ya mencionados de coordinación y solidaridad, que establecen los artículos 2º y 3º LOFCA y ha subrayado el Tribunal Constitucional en diversas sentencias (SSTC 11/1984, 75/1986, 146/1986, 179/1987 y 68/1996).
El principio de coordinación en materia financiera se ha visto recientemente reforzado, como consecuencia indirecta de la aprobación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento como parte de la Unión Económica y Monetaria. El citado Pacto, que trae su causa de lo establecido en el artículo 104 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, obliga a los Estados miembros a evitar déficits excesivos (superiores al 3 por 100 del PIB) y compromete a éstos a responder frente a las instituciones comunitarias en caso de incumplimiento. A este respecto, el Protocolo sobre el procedimiento de déficit excesivo, aprobado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, responsabiliza a los estados de que en sus respectivos territorios se observen las reglas asumidas por aquéllos en orden a evitar un déficit excesivo, de modo que el Estado responde por las diversas instancias de gasto -por tanto corresponsables del déficit-, reconocidas dentro de cada país.
Ello ha dado lugar, en el caso de España, a la aprobación de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria y a la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. En esta última queda reforzado el principio de coordinación, en la medida en que resulta imprescindible para asegurar que el nivel de endeudamiento de las Comunidades Autónomas no comprometa la consecución del objetivo de estabilidad presupuestaria que el Estado español se ha impuesto. A tal efecto, se atribuye al Consejo de Política Fiscal y Financiera la coordinación en esta materia, ampliando así las competencias que la LOFCA encomendaba ya al citado Consejo (artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica 5/2001).
Apartado 2. Las Comunidades Autónomas como órganos de colaboración en la gestión de los tributos estatales.
El apartado 2 del artículo 156 prevé la posibilidad de que las Comunidades Autónomas puedan actuar como delegadas o colaboradoras del Estado en la recaudación, gestión y liquidación de los tributos estatales, de acuerdo con lo que establezcan las Leyes y los Estatutos de Autonomía.
El desarrollo de este precepto ha sido llevado a cabo por los Estatutos de Autonomía de las Comunidades de régimen fiscal común, de modo que prácticamente en todos ellos se ha incorporado, como una cláusula de estilo, la posibilidad de que las Comunidades gestionen y recauden los tributos cedidos por el Estado, quedando en manos de éste la gestión de los demás tributos estatales, sin perjuicio de las delegaciones y colaboraciones que puedan acordarse también en relación con estos últimos (artículo 46 del Estatuto de Cataluña; artículo 54 del Estatuto de Galicia; artículo 60 del Estatuto de Andalucía; artículo 45 del Estatuto de Asturias; artículo 50 del Estatuto de Cantabria; artículo 36 del Estatuto de La Rioja; artículo 43 del Estatuto de Murcia; artículo 60 del Estatuto de Aragón; artículo 52 del Estatuto de Castilla-La Mancha; artículo 61 del Estatuto de Canarias; artículo 61 del Estatuto de Extremadura; artículo 63 del Estatuto de las Islas Baleares; y artículo 56 del Estatuto de la Comunidad de Madrid).
Asimismo, la LOFCA había previsto la gestión de los tributos cedidos en términos similares, remitiendo a lo que estableciera la Ley de Cesión de Tributos (artículo 19). Esa previsión se completaba con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 30/1983, de 28 de diciembre, de Cesión de Tributos del Estado a las Comunidades Autónomas, que delegaba en éstas la gestión y recaudación de los tributos cedidos. Esa norma fue derogada por la Ley 14/1996, de 30 de diciembre, de cesión de tributos a las Comunidades Autónomas y de medidas fiscales complementarias, que atribuía ciertas competencias normativas a las Comunidades Autónomas en relación con el Impuesto que grava la Renta de las Personas Físicas y los demás tributos cedidos. A su vez, ese modelo de financiación fue modernizado en 2002 mediante la modificación de la LOFCA (mediante Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre) y la aprobación de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Finalmente, la Ley Orgánica 3/2009 ha confirmado la atribución a las Comunidades Autónomas de competencias normativas en relación con los tributos cedidos, además de las tradicionales competencias de gestión, al haber elevado la cesión a las Comunidades Autónomas de algunos tributos, como el IRPF, el IVA, y los Impuestos Especiales, y se contempla igualmente el incremento de las competencias normativas de las Comunidades Autónomas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por otra parte la ley pretende clarificar también los límites para la creación de tributos propios por las Comunidades Autónomas. También en materia de Revisión Económico-Administrativa, en el art. 20 de la LOFCA, se produce una ampliación competencial, al posibilitar que sean asumidas por las Comunidades Autónomas las competencias para el ejercicio de la función revisora en vía administrativa de los actos de gestión dictados por las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas en relación con los tributos estatales..
Así pues, el cuadro hoy vigente respecto de las competencias tributarias asumidas por las Comunidades Autónomas en relación con los tributos cedidos, viene determinado por lo dispuesto en el artículo 19 LOFCA (en la redacción dada por la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre) y en los artículos 18 y siguientes de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, que ha venido a derogar la Ley 30/1983, de 28 de diciembre, de cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas, excepto para las Comunidades que hubiesen decidido no asumir el nuevo modelo de financiación.
Sobre el contenido del artículo pueden consultarse, además, las obras citadas en la bibliografía que se inserta.
Sinopsis elaborada por: Andres Jiménez Diaz, Letrado de las Cortes Generales. Profesor Asociado. Universidad Carlos III. Diciembre, 2003.
Actualizada por Luis Molina, Letrado de las Cortes Generales. Febrero, 2011.
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