dissabte, 3 de febrer del 2018

Un altre cas aïllat a cal pp de València: L'Audiència processa a Rafael Blasco per subvencions irregulars a ONG i la construcció de l'hospital a Haití

Imagen de archivo de Rafael Blasco, procesado en el caso Cooperación
Imagen de archivo de Rafael Blasco, procesado en el caso Cooperación - EFE
«CASO COOPERACIÓN»
La Audiencia procesa a Rafael Blasco por subvenciones irregulares a ONG y la construcción del hospital en Haití

Desestima el recurso del exconseller y otros ocho investigados contra el auto de incoación de procedimiento abreviado por el caso Cooperación

ABC
VALENCIA
02/02/2018 16:42h
Actualizado:
02/02/2018 16:43h

La Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso del exconseller Rafael Blasco y otros ocho investigados contra el auto de incoación de procedimiento abreviado por el caso Cooperación, que investiga supuestas irregularidades en subvenciones a varias ONG y la construcción de un hospital en Haití. Así mismo, ha incorporado a la causa a tres personas, entre ellas Fernando Darder, presidente de Esperanza Sin Fronteras.

Según informa el Tribunal Superior de Justicia valenciano, la sección segunda de la Audiencia recuerda que "el extenso auto -389 páginas- que acuerda la incoación de procedimiento abreviado describe en detalle la estrategia de los imputados para hacerse con los fondos públicos y los expedientes en los que se vieron beneficiados".

En su recurso, Blasco alega indefensión al atribuirle el auto hechos y delitos sobre los que no ha declarado con anterioridad, ya que al de prevaricación, malversación de fondos y cohecho se le une el de asociación ilícita o de grupo criminal.


Pero según el auto, la declaración como imputado "no obliga necesariamente" a oirlo "cada vez que aparece un matiz nuevo", o "un hecho relativamente distinto pero indudablemente vinculado al objeto procesal", y concluye que "ni hay indefensión ni se puede identificar ni siquiera una definida irregularidad procesal que pudiera haberla causado".

Respecto a la indefensión por la división de la causa en distintas piezas que argumenta Blasco que "le perjudica por la influencia que ejerce en testigos y peritos una condena previa por hechos relacionados", la sección segunda defiende que un supuesto "juicio paralelo" por el fraccionamiento "no afecta a la legalidad de la sentencia".

Tampoco considera el auto que haya vulneración del derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías por la forma en que se han conducido las diligencias testificales o por rechazar testificales propuestas por la defensa, porque las considera "no necesarias para los fines propios de la fase de instrucción y que ya fueron objeto de resolución procesal firme".

Sobre la imparcialidad que alegan de la instructora por considerar que su auto recurrido "no respeta la presunción de inocencia" y acude a "presunciones y supuestas deducciones en el vacío", señala que "no se puede alegar la pérdida de imparcialidad como consecuencia de su inevitable y necesaria implicación en la actividad investigadora".

El auto estima a su vez los recursos del Ministerio Fiscal y la Abogacía de la Generalitat contra el sobreseimiento acordado sobre Fernando Darder, Félix Sanz y Miguel Ángel Climent, que revoca y por tanto vuelven a estar investigados.

Igualmente, estima el recurso de la Coordinadora Valenciana de ONG contra el sobreseimiento respecto a José María Felip por la convocatoria de subvenciones de 2011 y acuerda continuar el procedimiento contra él.
http://www.abc.es/espana/comunidad-valenciana/abci-audiencia-procesa-rafael-blasco-subvenciones-irregulares-y-construccion-hospital-haiti-201802021642_noticia.html

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