dijous, 14 de novembre del 2024

L´AJUNTAMENT DE LES COVES INFORMA: TAXA DE GUALS

 







BOP Número 138 - 14 de noviembre de 2024

EDICTO DE NOTIFICACIÓN COLECTIVA DE LIQUIDACIONES Y ANUNCIO DE COBRANZA

SUMARIO

Resolución de Alcaldía n.º 508/2024, por la que se aprueban el padrón y las liquidaciones integrantes

de la TASA POR OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (VADOS), correspondiente a 2024.

TEXTO

Habiéndose aprobado el mencionado padrón fiscal y las liquidaciones integrantes de este, a efectos

de su notificación colectiva, se publica el mismo para su general conocimiento en cumplimiento de los

artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General

de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Dicho padrón y las liquidaciones integrantes de este, se expondrán al público por un plazo de veinte

días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, en el BOP, en las dependencias de la Corporación, así como en su sede electrónica .

http://lescovesdevinroma.sedelectronica.es

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General

Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del mencionado tributo en:

Localidad: les Coves de Vinromà

Ayuntamiento, oficinas municipales, plaça d’Espanya, 19

Horario: de 09:00 a 14:00, de lunes a viernes.

CONCEPTO TASA POR OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (VADOS)

PLAZO COBRO EN VOLUNTARIA HASTA EL 31/12/2024

FECCHA CARGA EN CUENTA 20/12/2024

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período

ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,

General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos

que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Les Coves de Vinromà, 12 de noviembre de 2024

La Alcaldesa,

(documento firmado electrónicamente)

Fdo. Dña. Irma Povedano Salvador

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