dilluns, 1 de juny del 2020

Ximo Puig avanza que la Comunitat recibirá 377 millones para el Ingreso Mínimo Vital, que beneficiará a 280.000 personas, de las que 82.000 son menores


- El president propone al Gobierno "planes conjuntos" con las comunidades para el impulso a las infraestructuras, las energías renovables, la vivienda y la industria de la movilidad
- Reclama la reforma urgente de la financiación autonómica para que "la reconstrucción económica y social de España no se realice a distintas velocidades"
- Reivindica la necesidad de la unidad de acción y pide abandonar estrategias de crispación: "Algo va mal cuando baja la curva de la pandemia y suben los decibelios del debate"

València. El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha avanzado que la Comunitat Valenciana recibirá 377 millones de euros para la puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital que beneficiarán a 100.00 familias y, en su conjunto, a 280.000 personas, de las que 82.000 son menores.

El president de la Generalitat ha comparecido ante los medios de comunicación tras la reunión con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el resto de los presidentes y las presidentas de las comunidades autónomas para abordar la evolución de la pandemia de COVID-19 y las medidas para la desescalada.

Puig ha destacado en la rueda de prensa posterior a esta conferencia de presidentes y presidentas la "enorme relevancia" de la aprobación del Ingreso Mínimo Vital, que supone "un gran paso adelante para corregir las desigualdades entre personas".

En concreto, la inversión del Gobierno en la aplicación de esta medida en la Comunitat Valenciana será de 377 millones de euros e irá dirigido a 100.000 familias con rentas inferiores a los 310 euros mensuales, con un total de 280.000 personas beneficiarias, de las que 82.000 son menores (el 30%). El 15% de estas familias son monoparentales y más del 40% tienen menores a cargo.

Por provincias, habrá 125.000 personas y 45.000 familias beneficiarias en la provincia de Valencia, otras 125.000 personas y 45.000 familias en la provincia de Alicante y 28.000 personas y 10.000 familias en la provincia de Castellón.

El president, que ha destacado la necesidad de que haya coordinación entre administraciones para que el ingreso llegue a las personas beneficiarias de la manera más eficaz, pedirá un convenio para poder cogestionar esta renta mínima "lo más pronto posible".

Cuatro planes estatales para la recuperación

El president ha propuesto al Gobierno central en la duodécima conferencia de presidentes y presidentas la aprobación de cuatro "planes conjuntos" con las comunidades autónomas: un plan de infraestructuras, un plan de impulso a las energías renovables, un plan de vivienda para favorecer el acceso a la misma de la población juvenil y para reactivar la construcción y un plan para apoyar la industria de la movilidad.

Sobre el sector de la movilidad, ha solicitado la activación de un plan "ambicioso", "por el empleo que crea, por el desarrollo económico y la innovación que genera y por su implicación en la lucha contra el cambio climático".

"Si los coches son el principal agente de la contaminación en las ciudades, tenemos que reducirlo fomentando la renovación ecológica del parque automovilístico", ha dicho el president, que ha abogado también por medidas relacionadas con el transporte público, "uno de los más afectados en esta pandemia".

Reforma de la financiación autonómica

Puig ha reivindicado también la reforma urgente del modelo de financiación para evitar que la recuperación económica y social de España se realice a distintas velocidades. "No podemos permitir una reconstrucción de España a dos o tres velocidades distintas por una desigualdad de origen que acentúa, más todavía, la desigualdad de renta", ha argumentado el president.

"Tenemos que transitar hacia la equidad y por eso he insistido en la necesidad de una financiación autonómica justa", ha subrayado Puig, que ha pedido la "misma capacidad" para caminar hacia la recuperación sin desigualdades entre territorios.

Puig ha insistido en la importancia de la unidad de acción y la transversalidad para superar la crisis. "Convendría que algunos representantes políticos en España dejaran ya de gritar y de crispar. Si baja la curva sanitaria y estamos ganando la batalla de la pandemia y suben, por otro lado, los decibelios del debate, es que algo se está haciendo mal", ha enfatizado, para agregar: "se puede fiscalizar y criticar y, al mismo tiempo, dialogar y consensuar, porque acordar no es claudicar, pactar no es traicionar".

"La ciudadanía no ha hecho tanto de esfuerzo para escuchar peleas diarias en la televisión. No es tiempo para el grito y el bloqueo; es el tiempo para la palabra y la acción", ha añadido.

Puig ha señalado que los esfuerzos para lograr esa unidad de acción en la Comunitat Valenciana se centrarán no solo en los trabajos de la comisión parlamentaria para la recuperación de la Comunitat y en la Mesa del Diálogo Social impulsada por el Consell, sino también en "una tercera rama, fundamental para dar mayor solidez a esa voluntad de levantarnos juntos: el ámbito territorial".

Consenso territorial

Según ha anunciado, este mismo lunes ha convocado a una reunión "para trabajar juntos" en favor de la cohesión de la Comunitat, a los alcaldes de València, Alicante y Elche y a la alcaldesa de Castelló, así como a los presidentes de las tres diputaciones provinciales, al presidente de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, al presidente del Foro de Municipios de Interior y al presidente de la Mancomunitat de la Ribera Alta y presidente de la Comisión de Mancomunidades de la FVMP. Todos están convocados a un "consenso territorial e institucional" que aumente la eficiencia de las medidas para la recuperación, ha indicado.

Puig ha reiterado además su intención de solicitar la convocatoria de un pleno monográfico en Les Corts que permita "recoger todas las iniciativas que los distintos grupos puedan plantear con mirada europea", ya que resulta fundamental -ha defendido- que la Comunitat "elija bien" cómo, de qué manera y en qué "quiere inyectar el dinero europeo", especialmente después de que el presidente del Gobierno haya anunciado este domingo a las comunidades su participación en la gestión de los fondos concretados esta semana por la Comisión Europea.

Puig ha valorado también que el presidente del Gobierno haya comunicado que, a partir de la fase 3, las comunidades autónomas gestionarán la desescalada y podrán pedir que se levante el estado de alarma en su territorio.

Por otro lado, el president ha propuesto institucionalizar la conferencia de presidentes y presidentas autonómicos, porque "ha sido un mecanismo muy positivo para plantear iniciativas comunes", así como también todas las conferencias sectoriales. "Esta cooperación de espíritu federal tiene que fortalecerse para los retos que vienen y que no solo competen en las comunidades autónomas o al Estado, sino a todos y a todas", ha manifestado.

Además, ha informado de que ha pedido también en la reunión "un marco legal para la reactivación que permita, con seguridad jurídica, flexibilizar leyes para activar la inversión pública y privada".

El president ha subrayado, asimismo, que, a partir de este lunes, se entra en el ecuador de la desescalada, con València como la ciudad española más grande en fase 2, y la Comunitat Valenciana, como la segunda autonomía más poblada que accede en su totalidad a ella.

Fase final de la Liga ACB

De hecho, ha subrayado el president, esta semana València ha sido elegida para acoger la fase final de la Liga ACB de baloncesto por sus instalaciones y por fortaleza económica y social, pero también por su situación sanitaria. "Es un símbolo, un reflejo de que las cosas van bien, y será un gran escaparate de ese Mediterráneo vivo y seguro que queremos ofrecer este verano", ha indicado.

Puig, que ha atribuido a la ciudadanía el "mérito de estar saliendo de la pandemia", ha subrayado que la evolución positiva se aprecia en que se llegó a tener 386 personas en las UCI, mientras en la actualidad son 24 y que, de las 2.200 personas hospitalizadas, ahora hay 161.

Tal y como también ha expuesto, "las altas hospitalarias se han multiplicado de manera exponencial, ya que si hace dos meses eran 240; hoy son más de 12.122 los valencianos y valencianas recuperados de coronavirus", y la tasa de mortalidad está por debajo de la mitad de la media española.

Además, en las dos últimas semanas, el 84% de los municipios valencianos no ha tenido ningún caso positivo de COVID-19. Por otro lado, solo el 6% de las personas afectadas por el virus están ingresadas, y menos del 1% en UCI. Asimismo, la Comunitat posee una capacidad de diagnóstico con PCR en atención primaria muy elevada, que llega al 90% de los casos sospechosos. "De ellos, solo el 0,5% son positivos, y la tasa de reproducción se ha reducido al 0,75", ha concretado también.

El president, ha pedido, no obstante, "prudencia" porque "esa responsabilidad concéntrica, esa mirada por el bien común, ese sentimiento de ser pueblo y de ir todos a una es la vía valenciana frente al coronavirus".
31/05/2020

TOTA LA COMUNITAT VALENCIANA ES TROBA DES D´AVUI DILLUNS 01 DE JUNY EN FASE 2

Imatge
PRINCIPALS ACTIVITATS EN LA FASE 2 DE DESESCALADA C O R O N A V I R U S
Tota la Comunitat Valenciana es troba des de dilluns 01 de juny en fase 2:
Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, del Ministerio de Sanidad
Modificada per:
Orden SND/442/2020 y Orden SND/440/2020, ambas de 23 de mayo, y
Orden SND/445/2020, de 26 de mayo, todas del Ministerio de Sanidad
Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, del Ministerio de Sanidad
MOBILITAT
Es podrà circular per la província a la qual es pertanya a efectes del procés de desescalada i no es permetrà viatjar a altres províncies diferents de la de residència, llevat de les causes ja contemplades anteriorment: motius sanitaris, laborals, professionals o empresarials, de tornada al lloc de residència familiar, assistència i cura de majors, dependents o persones amb discapacitat, causa de força major o situació de necessitat o qualsevol altra d'anàloga natura.
Activitat física/franges horàries
Les persones de fins a 70 anys podran realitzar activitat física no professional a l'aire lliure dins de la seua província i en qualsevol franja horària excepte de la compresa entre les 10.00 i les 12.00 hores i entre les 19.00 i les 20.00 hores, que roman reservada als majors de 70 anys.
INDICACIONS GENERALS
Qualsevol activitat permesa haurà de desenvolupar-se en condicions de seguretat, mesures de prevenció i higiene, autoprotecció i distanciament social de seguretat.
L'ús de màscara és obligatori per a majors de 6 anys en la via pública, en espais a l'aire lliure i en qualsevol espai tancat d'ús públic o que es trobe obert al públic, sempre que no siga possible mantenir una distància de seguretat d'un mínim de dos metres.
Tots els locals i altres establiments, així com l'equipament, de les activitats permeses hauran de ser periòdicament desinfectats i higienitzats.
Es permet l'ús compartit de vehicles privats limitat a dues persones per cada fila de seients, amb màscara i respectant distància. No obstant això, les persones que residisquen en la mateixa llar podran compartir, sense que siga necessari l'ús de màscara, un mateix vehicle.
En el cas de motocicletes i ciclomotors (conductor i passatger) és obligatori l'ús de guants i casc integral amb visera o màscara, si no es conviu al mateix domicili.
Si tens símptomes compatibles amb coronavirus, has d'aïllar-te i romandre en casa, crida al 900 300 555 o sol·licita cita amb el teu centre de salut a través de la web de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública o de l'App GVA CORONAVIRUS.
MESURES DE CARÀCTER SOCIAL
Es pot mantenir contacte social en grups reduïts de no més de 15 persones,excepte en el cas de persones que conviuen.
Les persones que residisquen en un mateix domicili poden compartir un mateix vehicle privat.

Es permeten vetlatoris i soterrars amb un límit màxim de 15 persones en espais tancats, i de 25 persones si és a l'aire lliure o en la comitiva per al comiat de la persona que ha traspassat.
Es permet l'assistència a llocs de culte, sempre que no se supere un 50% del seu aforament.
Les cerimònies nupcials i altres celebracions religioses podran realitzar-se amb un aforament del 50% i sense superar les 100 persones en espais a l'aire lliure o les 50 persones en espais tancats.
COMERÇ AL DETALL
El comerç al detall i de prestació de serveis pot obrir reduint al 40% l'aforament als seus locals.
Els mercats a l'aire lliure o de venda no sedentària en la via pública han de limitar l'afluència a un terç dels punts de venda habituals o autoritzats.
Els parcs i centres comercials reobrin amb un aforament màxim en els establiments comercials del 40% i del 30% en les zones comunes.

HOSTALERIA I RESTAURACIÓ

Poden reobrir els locals d'hostaleria i restauració sempre que no superen el 40% del seu aforament.
Les terrasses dels establiments d'hostaleria i restauració poden acollir reunions d'un màxim de 10 persones i limitant-se al 50% el nombre de taules permeses.
S'ha de procurar el pagament amb targeta o altres mitjans que no suposen contacte físic entre dispositius, evitant, en la mesura del que siga possible, l'ús de diners en efectiu.
L'ocupació màxima dels lavabos serà d'una persona.
ÚS DE PLATGES
Es permet anar a les platges en grups màxims de 15 persones, excepte persones que convisquen.
En les zones d'estança dels usuaris, s'ha d'establir una distribució espacial per a garantir la distància d'un mínim de dos metres entre els usuaris mitjançant senyals en el terra limitant els espais.
Tots els objectes personals, com tovalloles, gandules i elements similars, hauran de romandre dins del perímetre de seguretat de dos metres establert, evitant contacte amb la resta d'usuaris.
Es recomana que els eixos dels para-sols no s'instal·len a distàncies inferiors de 4 metres.
Es permet la pràctica d'activitats esportives, professionals o d'esplai, sempre que es puguen desenvolupar individualment i sense contacte físic, permetent mantenir una distància mínima de dos metres entre els participants.
Es podrà fer ús de les dutxes, lavabos i vestidors limitant l'ocupació a una persona.
ALTRES ACTIVITATS
Obrin amb limitacions d'aforament:
Biblioteques (amb un 1/3 d'aforament)
Sales d'exposicions, monuments i equipaments culturals (fins a 1/3 d'aforament)
Cines, teatres, auditoris i espais similars, amb butaques preassignades (fins a 1/3 d'aforament)
En tots ells es permet la prestació de serveis complementaris, com botiga, cafeteria o similars, i no es permet ni guarda-roba ni consigna.
Les empreses registrades poden realitzar turisme actiu i de natura en grups limitats de 20 persones.
Els hotels i allotjaments turístics ja poden obrir utilitzant les zones comunes, però mantenint en aquestes 1/3 de l'aforament.
Els esportistes integrats en clubs participants en lligues no professionals podran realitzar entrenaments de caràcter bàsic de manera individual.
ACTIVITATS AMB CITA PRÈVIA
Obrin, però amb cita prèvia
Les piscines recreatives, amb un aforament màxim del 30%, garantint ladistància de seguretat i horaris per torns. No es podran utilitzar les dutxes de vestuaris ni fonts d'aigua.
Les instal·lacions esportives cobertes, que s'organitzaran per torns horaris i amb un límit de 30% d'aforament. Es podran utilitzar els vestidors.
Es podran visitar habitatges tutelats, centres residencials de persones amb discapacitat i centres residencials de persones majors. En aquest últim cas preferentment en supòsits excepcionals.
Es permetrà la realització de congressos, trobades, reunions de negocis i conferències, sense superar els 50 assistents i mantenint la distància de seguretat.
Les residències, edificis, centres i instal·lacions poden reobrir per a personal científic, tècnic i investigador.
*(Esta fitxa s'ha elaborat a partir de la informació emanada de les distintes autoritats sanitàries del nostre país i de la nostra comunitat autònoma, i té vigència des de l'1 de juny de 2020)
http://coronavirus.san.gva.es/documents/469630/609551/CONSE_fase2_VAL.pdf

FASE 2 HOSTALERIA I RESTAURACIÓ vigent a partir del 01/06


Coronavirus: Hostelería y restauración en Fase 2: medidas de ...

INDICACIONS GENERALS
Els establiments d'hostaleria i restauració reobrin amb una limitació del seu aforament al 40% per a consum dins del local amb els clients asseguts en la taula i amb les barres tancades al públic.
Les terrasses segueixen amb la limitació del 50% i amb una ocupació màxima de 10 persones per taula o agrupació de taules.
Tanmateix, caldrà assegurar-se que es mantinga la deguda distància física de, com a mínim, dos metres entre les taules o, si és el cas, agrupacions de taules.
Pot encomanar-se menjar i beguda per a portar en el mateix establiment.
No reobrin ni discoteques ni bars d'oci nocturn.
MESURES D'HIGIENE
Els locals han de posar a disposició del públic dispensadors de gels hidroalcohòlics.
S'ha de procurar el pagament amb targeta o altres mitjans que no suposen contacte físic entre dispositius, evitant, en la mesura del que siga possible, l'ús de diners en efectiu.
S'evitarà l'ús de cartes d'ús comú, optant per altres dispositius electrònics i s'eliminaran productes d'autoservei com tovalloles de paper, furgadents, setrill i altres utensilis similars.

Tanmateix, han d'utilitzar-se jocs de taula d'un sol ús.
L'ocupació màxima dels lavabos pels clients serà d'una persona i haurà de procedir-se a la neteja i desinfecció dels lavabos, com a mínim, 6 vegades al dia.
Tots els treballadors han de comptar amb EPIs adequats al nivell de risc, i l'ús de màscares és obligatori.
*(Esta fitxa s'ha elaborat a partir de la informació emanada de les distintes autoritats sanitàries del nostre país i de la nostra comunitat autònoma, i té vigència des de l'1 de juny de 2020)

http://coronavirus.san.gva.es/documents/469630/608034/CONSE_Hosteleria_VAL.pdf

fase 2 COMERÇ AL DETALL VIGENT A PARTIR 01/06


Coronavirus Córdoba: Así será la desescalada en Córdoba ...


INDICACIONS GENERALS
Cal reduir al 40% l'aforament dels locals, garantint la distància mínima de 2
metres entre clients.
Si el local disposa de més d'una planta, ha de mantenir-se eixa mateixa proporció del 40% en cadascuna d'elles.
Han d'establir-se sistemes que permeten la recollida escalonada dels productes per a evitar aglomeracions i disposar un servei d'atenció especial per a les persones majors de 65 anys.
Es podran realitzar accions espacials o de promoció (rebaixes o descomptes) assegurant que no es generen aglomeracions, garantint distància de seguretat i límit d'aforament.
MESURES GENERALS
Els locals realitzaran, com a mínim 2 vegades al dia, una d'elles obligatòriament al final del mateix, una neteja i desinfecció de les instal·lacions.
Es realitzarà una neteja i desinfecció de llocs de treball en cada canvi de torn, i les mesures de neteja s'estendran no només a la zona comercial, sinó també a zones privades dels treballadors.
El funcionament i la neteja dels lavabos ha de revisar-se, com a mínim, una vegada al dia, i cada hora en el cas dels centres o parcs comercials.
En venda automàtica, màquines de «vending», bugaderies d'autoservei i activitats similars, cal complir les mesures d'higiene i desinfecció adequades tant a les màquines com als locals.


Si es disposa d'ascensor, es limitarà el seu ús i la seua ocupació màxima serà d'1 persona, amb l'excepció d'aquelles que puguen precisar assistència d'un acompanyant i els casos en què es puga mantenir la distància de seguretat de dos metres.
Tots els treballadors hauran de comptar amb EPIs adequats al nivell de risc.
L'ús de màscares serà obligatori quan no puga garantir-se la distància de seguretat interpersonal.
El registre d'entrada amb empremta dactilar serà substituït per qualsevol altre sistema de control horari.
La distància entre venedor o proveïdor i client serà d'un mínim d'un metre.
En les perruqueries, centres d'estètica o fisioteràpia, caldrà utilitzar EPIs.
Els establiments hauran de posar a disposició del públic dispensadors de gels hidroalcohòlics.
En els establiments del sector comercial tèxtil, d'arreglaments de roba i similars, els vestidors hauran d'utilitzar-se per una única persona, després del seu ús es netejaran i desinfectaran.
AFORAMENT
Els establiments hauran d'establir sistemes que permeten el recompte i control de l'aforament.
Les portes que es troben en el recorregut entre el pàrquing i l'accés a botiga hauran de romandre obertes per a evitar la manipulació dels mecanismes d'obertura.

En els establiments i locals que disposen d'aparcaments propis per als seus treballadors i clients, quan l'accés a les instal·lacions, els lectors de tiquets i targetes de treballadors no puguen realitzar-se de manera automàtica sense contacte, aquest serà substituït per un control manual i continu per part del personal de seguretat.
MERCATS
Els mercats han de limitar l'afluència a un terç dels punts de venda habituals o autoritzats. Limitant l'afluència de clients assegurant el manteniment de la distància de 2 metres.
Els punts de venda del mercat hauran de disposar de papereres, que hauran de ser netejades freqüentment.
La distància entre els punts de venda ha de ser de 2 metres, indicada amb marques a terra, o mitjançant l'ús de balises, cartelleria i senyalització.
Es garantirà que els productes comercialitzats no siguen manipulats per part dels consumidors.
CENTRES I PARCS COMERCIALS
Els establiments dels centres i parcs comercials reobrin limitant el seu aforament al 40%.
Les zones comunes han de ser utilitzades pels clients només per al trànsit entre establiments comercials i el seu aforament queda limitat al 30%.
Sí que es permet estar en locals d'hostaleria i restauració, que han de seguir les condicions aplicades per a la Fase 2.

L'ús dels lavabos i sales de lactància seran controlades i netejades periòdicament. Les d'ús familiar comú només s'ocuparan per una única família.
Per a espais de més de quatre metres quadrats que compten amb més d'una cabina o urinari, l'ocupació màxima serà d'un terç del nombre de cabines/urinaris que tinga l'estança.
Les àrees recreatives com zones infantils, ludoteques o àrees de descans romandran tancades.
*(Esta fitxa s'ha elaborat a partir de la informació emanada de les distintes autoritats sanitàries del nostre país i de la nostra comunitat autònoma, i té vigència des de l'1 de juny de 2020)

diumenge, 31 de maig del 2020

PLA PROVINCIAL CONTRA ELS MOSQUITS: ELS AJUNTAMENTS SÓN ELS RESPONSABLES D´ACTUAR AL CASC URBÀ I SOLARS IN TERRENYS AMB CATALOGACIÓ D´URBANITZABLES

  Cabanes inicia ataques intensivos contra los mosquitos ante la ...
Pla Provincial Contra els Mosquits els consistoris municipals són els responsables d'actuar en zona urbana, que no només inclou el casc urbà dels municipis sinó tot tipus de solars i terrenys amb catalogació d'urbanitzables.

Control de plagas de mosquitos
La Diputación de Castellón formará a los técnicos municipales para mejorar la efectividad de las actuaciones frente a los mosquitos
· La diputada de Medio Natural, María Jiménez, insiste en que el tratamiento para combatir a los dípteros “es responsabilidad de todos” y pide a los ayuntamientos “implicación máxima” en las medidas a aplicar en suelo urbano · La Diputación de Castellón invierte anualmente un millón de euros en un plan para hacer frente a los mosquitos, siendo la única institución provincial que lo hace en la Comunitat Valenciana
· Jiménez recuerda que los tratamientos terrestres “son igual de efectivos que los aéreos” y que se solicitan a la Dirección General de Salud Pública “con informes técnicos”, por lo que niega arbitrariedad en la toma de decisiones
La Diputación de Castellón ha convocado una reunión con los técnicos municipales de los ayuntamientos de la provincia para reforzar la colaboración entre instituciones e impulsar la necesaria coordinación entre todos los implicados en la lucha contra el mosquito. Así lo ha anunciado la diputada provincial de Medio Natural, María Jiménez, quien señala que el 8 de junio el director del Plan Provincial Contra los Mosquitos, Ricardo Jiménez, junto a técnicos de la Diputación, “se reunirá con los responsables municipales, porque esto es una labor conjunta en la que es fundamental que todos cumplamos con lo que nos corresponde”.

La Diputación de Castellón invierte un millón de euros en el Plan Provincial Contra los Mosquitos, trabajando en una doble dirección: combatiendo directamente a los insectos en las zonas de marjal o con agua estancada en el medio natural, y elaborando estudios periódicos sobre la situación existente en cada municipio para que los ayuntamientos puedan dar las indicaciones oportunas a las empresas que tienen contratadas para combatir la plaga dentro de su término.

Como resalta María Jiménez, “nadie puede dudar del esfuerzo que realizamos pues, de hecho, somos la única de las tres diputaciones de la Comunitat Valenciana que tiene un plan de actuación tan importante como este”. Eso sí, insiste en que “debemos ser conscientes de que es muy complicado el control total de los mosquitos y que todos debemos ser activos para combatirlo”.

Reunión con los ayuntamientos

El pasado viernes 22 de mayo la diputada provincial mantuvo una reunión por videoconferencia con los ayuntamientos de toda la provincia para darles a conocer todas las pautas que hay que seguir, reunión en la que el director del Plan Provincial Contra los Mosquitos, Ricardo Jiménez, dejó claro que los consistorios municipales son los responsables de actuar en zona urbana, que no solo incluye el casco urbano de los municipios sino todo tipo de solares y terrenos con catalogación de urbanizables.

Sobre a petición de vuelos para fumigar, María Jiménez niega que se trata de decisiones arbitrarias porque “siempre están avaladas por informes técnicos, como tiene que ser”. En este sentido, destaca que los ayuntamientos que consideran que hay zonas de marjal que requieren este tipo de tratamientos “pueden trasladar sus peticiones a la Diputación, que analizará a nivel técnico la situación para determinar si hay que pedir el permiso oportuno a la Dirección General de Salud Pública de la Generalitat, que es la que al final debe dar o no la autorización”, destaca María Jiménez.

Tratamientos aéreos

El propio Ricardo Jiménez, en la reunión con los ayuntamientos, explicó a los presentes que los tratamientos que se aplican en el medio natural financiados por la Diputación son fundamentalmente terrestres y ocasionalmente aéreos, de acuerdo con la legislación vigente y la línea marcada por las autoridades sanitarias. Así, subrayó que la eficacia de ambos tratamientos “son equivalentes” y que la actuación aérea solo está justificada cuando se detectan grandes poblaciones de mosquitos y es preciso actuar en muy pocas horas sobre grandes extensiones de terreno.

Sobre este punto, la diputada provincial insiste en aclarar es que “tan efectivo es el tratamiento terrestre como el aéreo y que los vuelos solo son en casos excepcionales, normalmente marjales con mucha acumulación de agua, y cuando los informes del director técnico así lo consideran”.

María Jiménez reconoce que el largo periodo de lluvias vivido esta primavera, junto al calor, han llevado a una proliferación de mosquitos, pero insiste en que la Diputación trabaja sobre el terreno los doce meses del año. Con ello, pide por todo ello “responsabilidad” y que no se utilice el tema de los mosquitos “para politizar, porque nadie puede poner en duda que estamos haciendo todo lo que está en nuestras manos por combatirlos”.

La lucha contra los mosquitos es tarea de todos, contamos contigo’ es el eslogan del vídeo que ha editado la Diputación, en el que se solicita la implicación de la ciudadanía en la lucha contra estos insectos y se ofrece una serie de consejos útiles para el hogar. El vídeo incluye, entre otras recomendaciones, evitar la acumulación de agua en las terrazas, mantener limpias y bien cloradas las piscinas y balsas, lavar cada dos días los bebederos de animales y practicar un buen drenaje en las zonas de huertos urbanos.
http://el7set.es/art/35806/la-diputacion-de-castellon-formara-a-los-tecnicos-municipales-para-mejorar-la-efectividad-de-las-actuaciones-frente-a-los-mosquitos?fbclid=IwAR1uBWpuTVnHCD0KfJqDmKhoVl4WzKdvghmHuBKHIwsfPys4_RmarQr6iQc

A PARTIR DE L´1 DE JUNY, ja podem fer senderisme des de la fase 2 sense necessitat d'estar federat o contractar una empresa



ATENCIÓN, HA HABIDO UN CAMBIO DE ÚLTIMA HORA EN EL BOE DE FECHA 30 DE MAYO, QUE PERMITE REALIZAR SENDERISMO DESDE LA FASE 1 PERO DESDE EL 1 DE JUNIO.

Cambio del BOE en vigor desde el 1 de junio

En cuanto a la fase 2, un cambio de última hora reflejado en la disposición adicional quinta del BOE del martes 26 de mayo de 2020 –para seguir con la marcha a la que estamos ya acostumbrados con tanto BOE-, permite ya realizar senderismo por toda la provincia desde la fase 2 sin necesidad de contratar una empresa de turismo activo dada de alta o estando federado, por lo que ya no se distingue a federados o no federados.
Hasta ahora, hasta el 31 de mayo de 2020 incluido, solo se permite en fase 1 en la Comunitat Valenciana -y aquellas provincias que sigan en esta fase- la realización de la práctica senderista o deportiva de manera individual en el mismo municipio o término municipal, bajo las franjas horarias establecidas y sin coger un vehículo a motor para desplazarnos, además de estando federado (dentro de la provincia, pudiendo desplazarte y bajo los horarios de 06:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas dos veces al día) o con empresa de turismo activo con un máximo de 10 personas.
Con el nuevo cambio del BOE del 26 de mayo para fase 2, se permite la práctica senderista con hasta grupos de 15 personas y guardando las distancias establecidas, además de teniendo en cuenta una serie de normas en cuanto a las franjas horarias para no coincidir con mayores de 70 años.
Es por eso que la Comunitat Valenciana, o la provincia de Valencia, al entrar ya en fase 2 el próximo 1 de junio de 2020, podremos realizar senderismo de la siguiente manera.
Cuando la Comunidad Valenciana pase a la siguiente fase -fase 2-, para la práctica de senderismo se aplicará la Orden SND/414/2020 de 16 de mayo, una orden para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, aunque tras una última hora existen disposiciones y cambios adicionales reflejados en el BOE publicado el 26 de mayo de 2020, en la Orden SND/445/2020, por lo que se modifica la práctica deportiva sin distinción de federados y no federados, levantándose así ciertas restricciones para aquellas provincias que ya estén en fase 2 (o las que vayan a entrar).

En concreto, desde la fase 2 es posible hacer senderismo todas las veces que queramos al día excepto entre las franjas horarias de las 10:00 y las 12:00 o las 19:00 y 20:00 horas (reservadas para mayores de 70 años), según la Orden SND/445/2020 de 26 de mayo, donde se dice en la “Disposición adicional quinta para medidas de flexibilización para los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional” lo siguiente:

SND/445/2020 – …No serán de aplicación a los desplazamientos de la población infantil y a la práctica de la actividad física no profesional las franjas y limitaciones respectivamente previstas en el segundo párrafo del artículo 2.1 de la Orden SND/ 370/2020, de 25 de abril, y en el artículo 2.4 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, debiendo sujetarse la práctica de las dichas actividades a lo establecido en el artículo 7 de la presente orden.
SND/445/2020 – …No regirá limitación alguna respecto del número de veces al día en que se podrán realizar las actividades previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril y la Orden SND/380/2020, de 30 de abril.»

Modificación aparecida en el BOE del 26 de mayo que ya permite hacer senderismo desde fase 2

Como ya acabamos de mencionar, en cuanto al horario para realizar senderismo, tenemos que tener en cuenta que podemos realizarlo en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas a las que se refiere el artículo 2.2, párrafo primero de la Orden SND/414/2020, aunque habrá que esperar si nuestra comunidad autónoma acuerda que en nuestro ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.

Podemos hacer senderismo de manera individual o en un grupo máximo de 15 personas manteniendo todas las medidas sanitarias de seguridad y distanciamiento social según la Orden SND/414/2020, donde se dice que “[…] A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes. […]”.

Para realizar senderismo, por fin, se podrá circular con nuestro coche, moto, bici o vehículo que tengamos por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada -donde para el desplazamiento fuera de nuestra provincia podremos hacerlo sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza-. Es decir, podemos desplazarnos por toda la provincia de Valencia, en nuestro caso, para la práctica deportiva o senderista (desde fase 2) sin necesidad de estar federado o contratar una empresa de turismo activo:

SND/414/2020 – «[…] Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada.[…] «
SND/414/2020 – «[…] Para realizar estos entrenamientos, si fuera necesario, dichos deportistas podrán acceder libremente a aquellos espacios naturales en los que deban desarrollar su actividad deportiva como mar, ríos, o embalses, entre otros. […] «
SND/440/2020 – «[…] Se podrá proceder a la reapertura de los parques naturales siempre que no se supere el veinte por ciento de su aforo máximo permitido. A los parques naturales que reabran de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior, les serán de aplicación los apartados 2 a 4 del artículo 47 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo. […] «
Resumido (para cuando la provincia de Valencia o la Comunitat Valenciana pase a fase 2):
Se puede realizar senderismo en fase 2 por toda la provincia (NUNCA OTRA PROVINCIA DISTINTA A LA QUE RESIDES), desplazándote con el coche si fuese necesario pero fuera del horario establecido en fase 2 para paseos de mayores de 70 años, es decir: no se podrá realizar senderismo entre las 10:00 y 12:00 horas ni de 19:00 a 20:00 horas.
Se podrá realizar senderismo en grupos de máximo 15 personas, excepto si conviven juntos, y bajo las normas de seguridad y distancia establecidas.
Para realizar cualquier otro deporte que no sea senderismo, lo mismo: cualquier hora salvo la hora de paseo de los mayores (no será entre las 10:00 y 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas).
En las fases 0 y 1, estaba limitado al horario de 06:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00 horas, donde se ha ido ampliando sin franjas horarias para poblaciones de hasta 5.000 en un principio, 10.000 habitantes después, y para aquellos que sin estar empadronados, en los últimos 14 días, en municipios de hasta 10.000.
En todo caso, desde la fase 2 para la práctica deportiva o senderista deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes.

En fase 1 no podemos practicar senderismo –ni con los que vivimos o amigos, pero sí estando federados o con una empresa de turismo activo– si no es de manera individual, en el mismo municipio que resides o estás pasando la cuarentena, y en las franjas horarias establecidas para cada fase (no habrá franja horaria para localidades de menos de 10.000 habitantes, modificación aprobada el viernes 22 de mayo, por lo que se podrá realizar entre las 06:00 y las 23:00 horas no solamente en los pueblos de hasta 10.000 habitantes).
Hay que hacer hincapié en que los límites para dicha práctica durante la fase 1 se establecen dentro del mismo término municipal y sin coger un vehículo a motor, y esto se aplicará tanto en la fase 0 como fase 1 (aunque existe la excepción de los deportistas federados profesionales y federados no recogidos como deportistas de alto nivel, donde pueden en fase 1 realizar senderismo, por ejemplo, entre las 06:00 y las 10:00 y las 20:00 a 23:00 horas dos veces al día por toda la provincia).
El senderismo está considerado como una práctica deportiva, por lo que tenemos que atenernos a lo dispuesto para la realización de actividades deportivas en cada fase.

Los párrafos anteriores están recogidos en los distintos BOE´s, y no son una mera interpretación, por lo que legalmente, a todo lo mencionado, podemos realizar senderismo sin necesidad de estar federado desde la fase 2 siguiendo las normas antes mencionadas.
Para los que realizáis senderismo y no estáis federados en la FEMCV, tenéis que saber que al federarse se obtiene una licencia de montaña y/o escalada que lleva asociada una póliza de seguro, siendo una tarjeta o licencia deportiva, en forma de documento, que nos acredita como practicantes de esos deportes (senderismo, escalada, etc.) donde se incluye un seguro específico para esas contingencias y deportes asegurados, por lo que en caso de accidente es mucho mejor.
Recordad que también podéis contratar un seguro privado en el caso de que no queráis federaros, pero es conveniente ir a la montaña asegurado.

por ValenciaBonita |
https://www.valenciabonita.es/2020/05/17/senderismo-estado-de-alarma/




SANITAT DESACONSELLA, PERÒ NO PROHIBEIX, EL BANY EN RIUS I TOLLS

 
En aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce (ríos) con escaso caudal, se desaconseja el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020 (OJO, SE DESACONSEJA, PERO NO SE PROHÍBE EN BASE A LA LEY DE AGUAS QUE COMENTAMOS MÁS ADELANTE).
En los únicos lugares donde no está claro todavía es donde se controla acceso o hay cobro de parking, etcétera, donde tendrá que haber un control de aforo y acceso por seguridad en lugares como por ejemplo Playamonte (Navarrés), Sot de Chera (Gruñidor), El Motor (Gestalgar), Bugarra, Bolbaite, Les Fonts, Montanejos…entre otros. Para el resto de pozas y lugares, como embalses, bajo nuestra responsabilidad.
El Ministerio de Sanidad ha publicado un documento con recomendaciones para la apertura al público de las playas y zonas de baño. En las playas, los riesgos asociados al COVID 19 están relacionados con la interacción entre personas.


El baño en pozas, ríos y/o embalses no está prohibido, y si bien no se sabe exactamente su futura regulación porque en la gran mayoría de casos es competencia de ayuntamientos, confederación, etc, de momento no hay prohibición desde la fase 2 (recordemos que en fase 0 y 1 está prohibido el baño).

Por ejemplo: si ya en fase 2 te acercas a un lugar en el que ponga en cartelería con señalización algo como “zona peligrosa para el baño”, como por ejemplo L’illa de l’Esgoletja, la encantadora área recreativa con zona de baño de Sumacàrcer, no existe prohibición como tal, ya que en muchos ríos de la provincia de Valencia, la Confederación Hidrográfica del Júcar no impide el baño en zonas peligrosas del río Júcar o sus afluentes. Sin embargo, se advierte, mediante la cartelería mencionada, que puede ser peligroso bañarse por la corriente y que la responsabilidad queda delegada al bañista, algo que se advierte para evitar posibles accidentes derivados de la práctica del baño.

El derecho al baño está recogido en la Ley de Aguas como un uso común, pero ello no impide que se considere informar de circunstancias especiales y de la peligrosidad que cada tramo fluvial mediante cartelería. Por lo tanto, hay que ser conscientes de que si os bañáis en esas zonas tenéis que hacerlo con conocimiento, ya que es altamente recomendable saber nadar y ser responsables de las posibles consecuencias.

En cuanto a las medidas del Coronavirus, el Ministerio de Sanidad ha comunicado a fecha domingo 24 de mayo de 2020 que en aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce (ríos) con escaso caudal, se desaconseja por completo el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020 (OJO, SE DESACONSEJA, PERO NO SE PROHÍBE EN BASE A LA LEY DE AGUAS). Es decir: se puede uno bañar pero bajo su responsabilidad. En cuanto a zonas recreativas con baños de gran afluencia como Montanejos, Playamonte, Anna, el Motor de Gestalgar o la zona de Sot de Chera, deberán realizar condiciones para las distancias y seguridad de asistentes, o identificar y delimitar las zonas de baño, turnos, condiciones o prohibición total, aunque será algo que dependerá de cada Ayuntamiento o entidad que asuma dicha competencia del río, lago o embalse.

En zonas de alta montaña como pozas o cascadas en las que no hay gran afluencia, la responsabilidad de guardar las distancias o evitar el baño reside en los visitantes, quienes deberán seguir las recomendaciones del Ministerio de Sanidad aquí mencionadas en este artículo.

En estos casos, Ayuntamientos que tengan competencias en zonas de baño de agua dulce podrán emitir un decreto para prohibir el baño por la seguridad de las personas, así como mantener cerradas infraestructuras de parques de juego o instalaciones deportivas en áreas recreativas de zonas de baño si así lo consideran oportuno.
De igual manera, Confederación podría también emitir un comunicado o pedir un decreto o prohibición de baño al Ministerio, pero habrá que esperar, porque parece ser que tras el documento de recomendaciones, esto se quedará así.
Dicho esto, y para resumir, desaconsejamos el baño en ríos, lagos y embalses este verano, pero de momento no está prohibido. Habrá que estar atentos por si hay una nueva modificación del BOE para una correcta interpretación, pero de momento, habrá que seguir las normas establecidas para el baño en las playas, y en el caso del baño en ríos, lagos y embalses, si no existe prohibición expresa (recordad, en fase 0 y 1 no se puede, desde fase 2 sí), la responsabilidad reside en la persona que toma esa decisión de desoír las advertencias del Ministerio de Sanidad.
Valenciabonita
https://www.valenciabonita.es/2020/05/25/banarse-en-rios-y-playas-desde-fase-2/

dissabte, 30 de maig del 2020

Medidas de higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público Fase 2


Artículo 13. Medidas de higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público.
1. Los establecimientos y locales que abran al público en los términos del artículo 11 realizarán, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:
a) Una de las limpiezas se realizará al finalizar el día, o bien antes de la reanudación de la actividad al día siguiente.
b) Serán de aplicación las indicaciones de limpieza y desinfección previstas en el artículo 6.1.a) y b).
Para dicha limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, una pausa de la apertura dedicada a tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. Estos horarios de cierre por limpieza se comunicarán debidamente al consumidor por medio de cartelería visible o mensajes por megafonía.
Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores y mesas u otros elementos de los puestos en mercadillos, mamparas en su caso, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
Cuando en el establecimiento o local vaya a permanecer más de un trabajador atendiendo al público, las medidas de limpieza se extenderán no solo a la zona comercial, sino también, en su caso, a las zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
2. Se revisará cada hora el funcionamiento y la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta de los aseos en los establecimientos y locales comerciales minoristas.
3. En el caso de la venta automática, máquinas expendedoras, lavanderías autoservicio y actividades similares, el titular de las mismas deberá asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección adecuadas tanto de las máquinas como de los establecimientos y locales, así como informar a los usuarios de su correcto uso mediante la instalación de cartelería informativa. En todo caso, serán de aplicación las medidas previstas en el artículo 6.

Condiciones para el desarrollo de la actividad en establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados

El sector de mercadillos agoniza tras dos meses de parón y el ...
Artículo 11. Condiciones para la reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas que no tengan la condición de centros y parques comerciales.
1. Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre que cumplan todos los requisitos siguientes:
a) Que se reduzca al cuarenta por ciento el aforo total en los establecimientos y locales comerciales. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En los locales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente.
b) Que se establezca un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
c) Que cumplan adicionalmente con las medidas que se recogen en este capítulo con excepción de lo previsto en los artículos 12 y 17.
2. Lo dispuesto en esta orden, a excepción de las medidas de seguridad e higiene que se prevén en los artículos 4, 13 y 14, no será de aplicación a los establecimientos y locales comerciales minoristas que ya estaban abiertos al público de acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para los productos o secciones mencionados en el citado artículo.
3. Todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el establecimiento de los productos adquiridos por teléfono o internet, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local o su acceso.
4. Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
5. En el caso de los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos, que ya hubieran reiniciado su actividad conforme a lo dispuesto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, o la reinicien por decisión del Ayuntamiento correspondiente a partir de la entrada en vigor de la presente orden, se garantizará la limitación a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros.
Los Ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o habilitar nuevos días para el ejercicio de esta actividad, de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación.
A la hora de determinar los comerciantes que pueden ejercer su actividad, el Ayuntamiento podrá priorizar aquellos que comercializan productos alimentarios y de primera necesidad, asegurando que no se manipulen los productos comercializados en los mismos por parte de los consumidores.
Los Ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.

Lugares de culto, Fase 2

Fase 2: Las misas podrán celebrarse con un 50% de aforo (Castilla ...
Artículo 9. Lugares de culto.
1. Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo. El aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto. Se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
2. Serán de aplicación los requisitos previstos en el artículo 9, apartados 2 y 3, de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Artículo 8. Velatorios y entierros Fase 2


Desescalada | Los entierros y velatorios se podrán celebrar con un ...
Artículo 8. Velatorios y entierros.
1. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
2. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de veinticinco personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
3. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

Flexibilización de medidas de carácter social Fase 2

Te quiero, te quiero, te quiero...a dos metros" | SER Ávila ...
Artículo 7. Libertad de circulación.
1. Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
Las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional prevista en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas a las que se refiere el artículo 2.2, párrafo primero. Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar que en su ámbito territorial estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.
2. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Medidas de higiene y prevención: Aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

La Moncloa. 11/04/2020. El Gobierno lanza una guía de buenas ...
Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Artículo 4. Medidas de higiene y prevención para el personal trabajador de los sectores de actividad previstos en esta orden.
1. Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y de la normativa laboral, el titular de la actividad económica o, en su caso, el director de los centros las entidades previstas en esta orden deberán adoptar las acciones necesarias para cumplir las medidas de higiene y prevención para el personal trabajador de los sectores de actividad establecidos en esta orden.
En este sentido, se asegurará que todos los trabajadores tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo agua y jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos. Asimismo, cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo. En este caso, todo el personal deberá estar formado e informado sobre el correcto uso de los citados equipos de protección.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será también aplicable a todos los trabajadores de empresas que presten servicios en los centros, entidades, locales o establecimientos a los que resulta de aplicación esta orden, ya sea con carácter habitual o de forma puntual.
2. El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores, o bien se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.
3. La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo existentes en los centros, entidades, locales y establecimientos se modificarán, en la medida necesaria, para garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los trabajadores, siendo esto responsabilidad del titular de la actividad económica o, en su caso, del director de los centros y entidades, o de la persona en quien estos deleguen.
4. Asimismo, las medidas de distancia previstas en esta orden deberán cumplirse, en su caso, en los vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores, así como en cualquier otra zona de uso común.
5. Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente y, en su caso, con el correspondiente servicio de prevención de riesgos laborales. El trabajador se colocará una mascarilla, debiendo abandonar, en todo caso, su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
Artículo 5. Medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral.
1. Sin perjuicio de la adopción de las necesarias medidas de protección colectiva e individual, los centros deberán realizar los ajustes en la organización horaria que resulten necesarios para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios o centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible máxima afluencia o concentración, atendiendo a la zona geográfica de la que se trate, y de conformidad con lo recogido en los siguientes apartados de este artículo.
2. Se considerará que existe riesgo de coincidencia masiva de personas cuando no haya expectativas razonables de que se respeten las distancias mínimas de seguridad, particularmente en las entradas y salidas al trabajo, teniendo en cuenta tanto la probabilidad de coincidencia masiva de las personas trabajadoras como la afluencia de otras personas que sea previsible o periódica.
3. Los ajustes a los que se refiere el apartado anterior deberán efectuarse teniendo en cuenta las instrucciones de las autoridades competentes, así como, en su caso lo previsto en la normativa laboral y convencional que resulte de aplicación.

Artículo 6. Medidas de higiene exigibles a las actividades previstas en esta orden.
1. El titular de la actividad económica o, en su caso, el director de los centros y entidades deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden.
En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:
a) Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de ese producto se respetarán las indicaciones de la etiqueta.
b) Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
Asimismo, cuando existan puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la finalización de cada uso, con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación.
2. En el caso de que se empleen uniformes o ropa de trabajo, se procederá al lavado y desinfección regular de los mismos, siguiendo el procedimiento habitual.
3. Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.
4. Cuando en los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden haya ascensor o montacargas, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas, o en aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante.
5. Cuando de acuerdo con lo previsto en esta orden el uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares esté permitido por clientes, visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona para espacios de hasta cuatro metros cuadrados salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Para espacios de más de cuatro metros cuadrados que cuenten con más de una cabina o urinario, la ocupación máxima será de un tercio del número de cabinas/urinarios que tenga la estancia, debiendo mantenerse durante su uso una distancia de seguridad de dos metros. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.
6. Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV si el empleado que lo utiliza no es siempre el mismo.
7. Se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.
8. Lo previsto en este artículo se aplicará sin perjuicio de las especificidades en materia de limpieza y desinfección establecidas en esta orden para sectores concretos.


LES COVES ÉS UN DELS 74 MUNICIPIS CASTELLONENCS AFECTATS PEL MOSQUIT TIGRE

divendres, 29 de maig del 2020

Es convoca un procediment d’adjudicació de llocs de treball dependents de la Generalitat Valenciana en comissió de serveis, durant el curs 2020/2021, per a funcionariat de carrera del cos de mestres en centres públics docents no universitaris

CEIP La Moreria | Ayuntamiento de Les Coves de Vinromà
Centre / COVES DE VINROMÀ (LES)

Codi CEIP LA MORERIA

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport
RESOLUCIÓ de 26 de maig de 2020, de la Direcció General de Personal Docent, per la qual es convoca un procediment d’adjudicació de llocs de treball dependents de la Generalitat Valenciana en comissió de serveis, durant el curs 2020/2021, per a funcionariat de carrera del cos de mestres en centres públics docents no universitaris i per a mestres en centres públics de formació de persones adultes. [2020/3748]

Text íntegre a l´enllaç:
https://www.dogv.gva.es/datos/2020/05/29/pdf/2020_3748.pdf

El president de la Generalitat convoca una conferencia de alcaldes, presidentes de las diputaciones y la FVMP para que se sumen al Acuerdo para la Reconstrucción de la Comunitat Valenciana


 El jefe del Consell propone un pleno monográfico de Les Corts para abordar el papel de la Comunitat Valenciana en los planes de recuperación económica y social de la Unión Europea
- Anuncia la publicación de los datos de coronavirus por municipios y que la Generalitat ha recuperado 101 millones en 2019 en la lucha contra el fraude fiscal

València.
 El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha ofrecido a la sociedad valenciana un homenaje unitario a las víctimas de la pandemia de COVID-19 y ha subrayado que la confrontación "ni salva vidas ni empleos". "La crispación, no es la solución", ha afirmado.

Así, el jefe del Consell ha propuesto un acuerdo de les Corts Valencianes para consensuar los actos de memoria y homenaje que la Comunitat Valenciana hará en memoria de las víctimas. "Hemos de estar unidos en el dolor", ha remarcado Puig, quien ha tenido palabras de agradecimiento para la actitud responsable de los miembros de Les Corts, "que la ciudadanía valenciana ha valorado".

"Ahora tenemos que estar también unidos en la memoria de ese dolor", ha continuado el president de la Generalitat, "para despedir juntos a nuestras víctimas de una manera sentida".

Así se ha pronunciado el jefe del Consell en la sesión de control de la Cámara autonómica, donde ha recordado que "los valencianos y valencianas estamos sufriendo la mayor crisis que hemos vivido en nuestras vidas" y que la Generalitat "ha dado y está esta dando una respuesta proporcional a esa magnitud".

En este sentido, el president ha explicado que el Ejecutivo autonómico está actuando para "reforzar el estado de bienestar valenciano", a través de acciones en ámbitos como la sanidad, la protección social o la educación "como blindaje a futuras pandemias, crisis e incertidumbres".

Además, Puig ha recordado el impulso por parte del Consell de "un gran acuerdo valenciano para la reconstrucción" económica, social y cívica "sumando todas las miradas y haciendo posible que todos y todas participemos en este proceso".

Participación de diputaciones y ayuntamientos

El president de la Generalitat ha anunciado la convocatoria de un espacio de acuerdo local para avanzar, junto a ayuntamientos y diputaciones, en el diseño de políticas de crecimiento económico y protección social.

Así, en el marco institucional del Acuerdo para la Reconstrucción de la Comunitat Valenciana, el jefe del Consell ha avanzado que la semana próxima se convocará una reunión con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP), los presidentes de las diputaciones y alcaldes y alcaldesas para diseñar políticas conjuntas que contribuyan a impulsar la economía y profundicen en la cobertura social.

Además, en el ámbito de la Transparencia, el president Puig ha adelantado que, a partir de este jueves, se va a publicar, por parte de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, el informe detallado de la situación del coronavirus por municipios.

Pleno monográfico sobre el papel valenciano en Europa

"Hemos intentado hacer un ejercicio de responsabilidad desde el primer momento", ha asegurado el máximo responsable del Consell, quien ha informado de que los diferentes departamentos del Ejecutivo autonómico han llevado a cabo más de 130 actuaciones frente al coronavirus en 60 días. "Se ha hecho un esfuerzo enorme" y "se ha desarrollado una acción coordinada por parte del Gobierno valenciano", ha enfatizado Puig.

Por otra parte, el president de la Generalitat ha propuesto la convocatoria de un pleno monográfico de Les Corts para abordar el papel de la Comunitat Valenciana en los planes de recuperación económica y social de la Unión Europea.

Según el máximo responsable del Consell, Europa es "un pilar fundamental" en el proceso de recuperación de la pandemia de coronavirus y ha instado a los diputados y diputadas del parlamento valenciano a "trabajar juntos" ante las instituciones europeas.

Lucha contra el fraude fiscal

En su intervención en la sesión de control parlamentaria, el president de la Generalitat ha informado de que el Gobierno valenciano ha recuperado, a través de la Agencia Tributaria Valenciana, 101 millones en 2019 en la lucha contra el fraude fiscal.

Además, ha propuesto la creación de una agencia tributaria federal, con participación de las administraciones autonómicas, que, en su opinión, "ayudaría a ser más eficaces en la lucha contra el fraude fiscal".

El grup socialista municipal de les Coves, informa: Què és l'ingrés mínim vital, com es sol·licita i qui pot cobrar-lo

Una voluntaria reparte ayuda a domicilio en Madrid
La renta mínima, que se aprueba este viernes, llegará a 850.000 hogares en riesgo de pobreza
Su cuantía oscilará entre los 462 euros para un adulto y los 1.015 euros para una familia de cuatro miembros con dos hijos
29.05.2020 | actualización 11:22 horas Por CRISTINA PÉREZ
Una voluntaria reparte ayuda a domicilio en Madrid
PIERRE-PHILIPPE MARCOU / AFP
4 min.
El Gobierno aprueba en el último Consejo de Ministros del mes de mayo el ingreso mínimo vital, una prestación para los hogares más vulnerables. Cumple así in extremis un compromiso del acuerdo entre el PSOE y Unidas Podemos pese al tira y afloja entre ambos socios. El presidente Pedro Sánchez reiteró que la renta mínima se podrá empezar a cobrar en el mes de junio y llegará a unos 850.000 hogares.

¿Qué es la renta mínima?
Su nombre oficial es Ingreso Mínimo Vital (IMV) y se trata de una prestación mensual para los hogares en riesgo de pobreza que corre a cargo de la Seguridad Social. El Ministerio aclara que la medida "se suma a nuestro sistema de protección social y no será una medida transitoria".


¿Qué importe tiene?
La cuantía de la renta mínima oscila entre los 462 euros para un adulto que viva solo y los 1.015 euros para hogares de cuatro miembros con dos hijos. En el caso de las familias monoparentales se les garantiza una renta de entre 700 y 977 euros, dependiendo del número de hijos. Estos hogares tendrán un complemento de 100 euros.

¿A cuántos hogares beneficiará?
El Gobierno hizo una estimación inicial de un millón de hogares que luego rebajó a 850.000. La Seguridad Social calcula que unos 550.000 hogares padecen pobreza extrema en España, es decir, viven con menos de 230 euros al mes. El IMV pretende sacar de esa situación al 80 % de esas familias.

¿Cuáles son los requisitos?
Para solicitar la renta mínima es necesario ser residente en España, tener entre 23 y 65 años, haber vivido al menos tres años de forma independiente, cotizado un año a la Seguridad Social y tener unos ingresos mensuales inferiores a 230 euros por persona dentro del hogar. El límite de edad puede ser inferior si se tienen hijos a cargo.


¿Cómo se comprobará el nivel de renta?
A los solicitantes se les hará un test de patrimonio neto, ingresos menos deudas, y se descontará el valor de la vivienda habitual, aunque este no podrá sobrepasar un determinado umbral aún por definir.

¿Quién controla que se cumplan los requisitos?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social que vigilará los requisitos y que los hogares sean reales, es decir, que no se generen de forma "espúrea" para cobrar la renta mínima lo que se comprobará con el libro de familia y el padrón municipal.

¿Puedo trabajar y cobrar la renta mínima?
Sí, el empleo es compatible con el ingreso mínimo vital durante un tiempo, pero el Ministerio de Seguridad Social aún no ha detallado los plazos.

Me independizo para ir a la Universidad ¿puedo cobrarla?
No, uno de los requisitos es tener más de 23 años y haber cotizado al menos un año por lo que no pueden pedirla de forma indiscriminada todos los estudiantes universitarios españoles que estudien fuera de casa.

¿Cuándo se cobrará la prestación?
El Ejecutivo se ha comprometido a qué será en el mes de junio, a medida que vayan llegando las solicitudes y se pretende que alcance de manera inmediata a 100.000 familias necesitadas.

La renta mínima llegará a 100.000 hogares de forma inmediata

¿Cómo se cobrará el ingreso mínimo vital?
En un principio se barajó un cobro trimestral, pero finalmente se abonará de forma mensual mediante una transferencia bancaria.

¿Dónde se pide la renta mínima?
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha explicado que el acceso a la prestación será multicanal para facilitar que llegue a las familias más necesitadas porque un porcentaje significativo no la piden por su situación de marginalidad. Los beneficiarios pueden hacer la solicitud en la página del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) pero también colaboran en la tramitación los servicios sociales de las comunidades autónomas, los ayuntamientos y oenegés como Cruz Roja.

¿Cuánto costará la renta mínima?
La medida tendrá un coste anual de alrededor de los 3.000 o 3.500 millones de euros, según ha indicado el ministro de Seguridad Social.

¿Cómo se financiará?
El dinero saldrá de los presupuestos del Estado como todas las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y se financiará con la batería de impuestos ya planteada antes de que estallara la crisis sanitaria del coronavirus.

¿Es compatible con las ayudas de las CC.AA.?
Sí. El Gobierno ha consensuado con las comunidades autónomas que el ingreso mínimo sea “el mínimo de arranque” que después puede ser complementando con otras ayudas autonómicas ya existentes.

¿Se cobra en otros países?
Sí, tienen programas similares países como Reino Unido, Francia, Alemania, Bélgica o Italia (que la aprobó en 2019) y en países nórdicos, como Finlandia o Dinamarca, la renta mínima es un derecho social asentado.
https://www.rtve.es/noticias/20200529/ingreso-minimo-vital-todo-debes-saber/2014771.shtml

Fem ús responsable del museu i de la sala d´exposicions en la Fase 2 de la desescalada

Les Coves de Vinromà despide la Feria de Navidad con gran ...
ACTIVIDADES CULTURALES
Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos que, con carácter general, deben
tener en cuenta las siguientes medidas:
 Las salas que cuenten con mostradores de información y atención al público deberán instalar elementos y barreras físicas de protección en el área de recepción de visitantes.
 Instalación de carteles con normas y recomendaciones específicas para el público, así como de vinilos de señalización con indicaciones sobre la distancia de seguridad, para evitar que se formen colas o aglomeraciones en la entrada y/o salida.
 Los inmuebles deberán someterse de forma previa a la reapertura a una limpieza y desinfección selectiva de las partes accesibles al público. Si hay bienes culturales se deben seguir, además, las normas recomendadas por el Instituto del Patrimonio Cultural de España.
 Los lugares donde no pueda garantizarse la seguridad de los visitantes por sus condiciones especiales o por imposibilidad de realizar las tareas de desinfección necesarias, serán
excluidos de la visita pública.
No habrá servicio de guardarropa ni de consigna.
 Estará inhabilitado el uso de los elementos expuestos diseñados para un uso táctil por el visitante, así como las audioguías, folletos u otro material análogo.
PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD:
GUÍA DE LA FASE 2

Fem ús responsable de la biblioteca en la Fase 2 de la desescalada

Fase 2: Cartel con las recomendaciones para un uso responsable de ...

La Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria ha creado un cartel con las recomendaciones para un uso responsable de las bibliotecas en Fase 2, las cuales están recogidas en la Orden SND/414/2020. Como ya hizo con las medidas y servicios permitidos en las bibliotecas públicas españolas en Fase 0 y 1, en este cartel se recogen las principales medidas de flexibilización y servicios autorizados en las bibliotecas ubicadas en territorios que pasan a la Fase 2 de desescalada.

Este tipo de información visual me parece bastante acertada porque, por un lado, ofrece una información bastante visual y entendible y, por otro lado, resume a la perfección lo que puede llegar a ser una información compleja recogida en el Boletín Oficial del Estado. Aunque también es cierto que el documento elaborado por dicha subdirección general ha seguido la línea de priorizar la información clara y concisa.

10 recomendaciones para un uso responsable de las bibliotecas en Fase 2
Si tiene síntomas o está diagnosticado con COVID-19 no vaya a la biblioteca.
El aforo se ha reducido al 30 % para asegurar la distancia de seguridad.
Mantenga siempre una distancia de seguridad de 2 metros con el resto de las personas que se encuentran en la biblioteca.
Se recomienda que acuda solo a la biblioteca.
Menores de 14 años siempre acompañados por una persona adulta responsable.
La biblioteca cumple con las condiciones de limpieza y desinfección adecuadas.
Haga uso del gel hidroalcohólico a su disposición. Es recomendable la higiene de manos al entrar en la biblioteca.
Circule únicamente por las zonas permitidas para los usuarios.
Siga en todo momento las instrucciones del personal.
Utilice preferentemente las escaleras. El ascensor solo puede ser usado por una persona a la vez.
5 servicios disponibles en las bibliotecas en Fase 2
Información bibliográfica.
Préstamo y devolución:
Consulte en la web el catálogo de la biblioteca. Se recomienda la petición o reserva anticipada de las obras.
El personal de la biblioteca es el encargado de recoger y entregar los materiales prestados.
Las obras que se lleva en préstamo no están infectadas. Se han mantenido en cuarentena durante 14 días.
Consulta en Sala:
Con un tercio del aforo.
El puesto de lectura se desinfectará después de cada usuario.
Ordenadores de la biblioteca:
Se limpiarán después de cada uso.
Préstamo interbibliotecario.
3 servicios aún no disponibles en las bibliotecas en Fase 2
Las colecciones en libre acceso están cerradas al público:
Puede solicitar las obras al personal de la biblioteca.
No está permitido el estudio en sala.
La sala infantil está cerrada al público.
https://www.julianmarquina.es

Fase 2: Tot el que es podrà fer des del dilluns 1 de juny a la Comunitat Valenciana

El Gobierno autoriza el pase a la fase 2 de los 24 departamentos ...
El Ministerio de Sanidad ha anunciado que Valencia, Alicante y Castellón pasan a la Fase 2
LP.ES
Jueves, 28 mayo 2020, 21:26
El Ministro de Sanidad, Salvador Illa, y el director del director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, han anunciado este jueves que toda la Comunitat Valenciana pasará a la Fase 2 el próximo lunes, 2 de junio.


Esta relajación de las restricciones por el estado de alarma permitirán a los valencianos volver a cines, teatros y monumentos, así como a reuniones de más de 10 personas. Estas son algunas de las novedades que llegan con la Fase 2:

- Se podrá circular dentro de la provincia en grupos de 15 personas como máximo. No hay límite de integrantes del grupo si las personas son convivientes.

- Se eliminarán las franjas horarias para pasear y hacer deporte, así como para las salidas de niños y personas mayores.

- Se permite reabrir el interior de bares, restaurantes y cafeterías con un aforo del 40% del total. Las terrazas podrán abrir con hasta el 50% de las mesas, con una ocupación de 10 personas por mesa como máximo.

- Todos los comercios podrán reabrir, sin importar su tamaño, con un aforo del 40% del total.

- Reabrirán los centros comerciales con aforo del 30 % en las zonas comunes y del 40 % en los locales individuales. No se pueden emplear las zonas recreativas.

- Reabrirán las instalaciones deportivas cubiertas y las piscinas deportivas.

- Podrán reanudarse las visitas a residencias de personas con discapacidad y de personas mayores.


- Reabren los centros culturales como bibliotecas, museos, monumentos, cines, teatros, auditorios... respetando las restricciones de higiene y distancia de seguridad, así como de aforo.

- Los lugares de culto, como iglesias o mezquitas, podrán continuar su actividad con un aforo del 50% del total.

No se permiten todavía los desplazamientos entre provincias. Las discotecas y bares de ocio nocturno permanecerán cerradas por el momento.

https://www.lasprovincias.es/comunitat/fase-valencia-todo-podra-hacer-lunes-1-junio-20200528200209-nt.html

El grup socialista municipal de les Coves, informa: A partir del lunes, casi el 70% de la población española podrá retomar las actividades recogidas en la fase 2

28/05/2020. Rueda de prensa de Salvador Illa y de Fernando Simón. Rueda de prensa del ministro de Sanidad, Salvador Illa y de Fernando Simón...
Territorios que pasan a la fase 2
Castilla-La Mancha: Toledo, Ciudad Real y Albacete.
Comunidad Valenciana: Castellón, Valencia y Alicante.
Cataluña: Girona, Cataluña Central, Alt Penedès y El Garraf.
Murcia: Totana.
Andalucía: Granada y Málaga.
Castilla y León: ärea de salud de El Bierzo.

Coronavirus COVID-19
Pool Moncloa / Diego del Monte

- 28/05/20

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado esta tarde los territorios que a partir del próximo lunes pasarán a las fases 2 y 3. Esto significa, ha explicado, que más de 10 millones de personas se incorporarán a la fase 2. En total, casi el 70% de la población española podrá realizar las actividades recogidas en esa fase.

El ministro ha recordado que el proceso de transición a una nueva fase se lleva a cabo siguiendo el proceso de cogobernanza establecido. Como se viene realizando cada semana, el Ministerio de Sanidad mantiene reuniones bilaterales con las comunidades autónomas que presentan solicitudes para cambiar de fase u obtener una mayor flexibilización de las medidas.

Entre ayer y hoy, el ministro y su equipo se han reunido con los técnicos y consejeros de nueve gobiernos regionales. Illa les ha agradecido "el enorme trabajo que están realizando y su convencida colaboración para adoptar, en el proceso de desescalada, decisiones con el mayor grado de consenso".

Estas decisiones se toman en base a un análisis conjunto cuantitativo y cualitativo de distintos parámetros desde un punto de vista integral.

El ministro ha recordado que España ha pasado de tasas de contagio del virus de más del 30% a un porcentaje 30 veces menor. No obstante, ha hecho un llamamiento a la prudencia y a la responsabilidad. "El riesgo de posibles rebrotes existe y, por tanto, la cautela es el mejor aliado". En esta fase de transición, "un comportamiento igual de responsable y ejemplar como durante el confinamiento será la mejor receta para llegar a la meta que buscamos: la derrota del virus", ha concluido.

Las medidas establecidas para la fase 2 están detalladas en la Orden del pasado 16 de mayo, disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El pasado miércoles, se publicaron una serie de flexibilizaciones de las fases 1 y 2, respondiendo así a las demandas expresadas por algunas comunidades autónomas. El próximo sábado, el BOE publicará la orden relativa a las medidas establecidas para la fase 3.


Territorios que pasan a la fase 3
Islas Baleares: Formentera.
Canarias: La Gomera, El Hierro y La Graciosa.
https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/sanidad14/Paginas/2020/280520-desescalada.aspx